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Opus Dei: ¿un CAMINO a ninguna parte?

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CORRESPONDENCIA

 

Lunes, 19 de Diciembre de 2011



La CUENTA DE CONCIENCIA.- Haenobarbo

La “Cuenta de Conciencia”

Haenobarbo, 19 de diciembre de 2011

 

 

La carta que el prelado del Opus Dei dirigió a su presbiterio y a los cooperantes de la prelatura el pasado 2 de octubre contiene un párrafo o mejor dicho, una mención, hecha como de pasada dentro de un párrafo, que a mi juicio es medular y es casi diría la razón de ser de toda la carta, porque es precisamente el tema por el cual la Santa Sede le exige aclaraciones al Opus Dei y a su Prelado.

El párrafo que ha sido destacado ya en varios de los escritos publicados en Opuslibros, es el siguiente,  la mención, va en negrita:

Los fieles de la Prelatura, porque aspiramos a nuestra santificación personal y a realizar la misión del Opus Dei en la Iglesia, no tenemos inconveniente, de ordinario, en hablar con quienes nos indican los Directores —aunque sea alguien más joven—,siempre con plena libertad y con fe en la gracia divina, que se sirve de instrumentos humanos. La charla fraterna no es una cuenta de conciencia. Si en esa dirección espiritual se nos pregunta algo —y, en ocasiones, puede ser bueno y hasta necesario que nos pregunten—, procederán con mucha delicadeza, porque nadie está obligado, concretamente, a decir en la Confidencia lo que es materia de confesión.



(Leer artículo completo...)




Los ingresos económicos de los numerarios.- JM

 

 

"Conoceréis la Verdad, y la Verdad os hará Libres..."

(Juan 8:32)

 

La cuestión de los ingresos económicos de los numerarios es uno de los principales temas canónicos que puede resultar en un serio problema para la Obra.

 

Vamos a dividir el problema en 3 grupos: los que hicieron la Oblación antes del 1982, los que hicieron entre 1982 y 1999 y los que hicieron la Oblación después del 1999.

 

Las constituciones de 1950, y los reglamentos previos establecían que los miembros llamados numerarios deberían dedicar todo el fruto de su trabajo profesional al Opus Dei, ingresando este dinero en la caja del centro. Algunos nos acordamos que hasta hace muy poco tiempo el secretario llevaba cuenta de la cuenta bancaria de los numerarios que, con excepciones, no tenían tarjeta de crédito. Pero llegó 1982 y la prelatura personal. Con ella vinieron los Estatutos de 1982 que no contemplan esta obligación para los numerarios, sino dar destino a los bienes patrimoniales y el testamento.

 

En 1999, nuestro prelado, Don Javier Echevarría, ha emitido siete decretos generales, -que están en las sedes de las comisiones regionales y en las delegaciones- en los que regula aspectos que no estaban en los estatutos de 1982, entre ellos determina que los numerarios y adscritos tienen la obligación de ingresar el fruto de su trabajo (salario o sueldo.

 

Esto crea un vacío jurídico complejo.

 

1) Los numerarios y adscritos que hicieron la Oblación antes de 1982. Canónicamente estaban obligados a ingresar su sueldo hasta 1982. Cuando los nuevos estatutos de 1982 fueron aprobados pasaron a estar sometidos a este nuevo reglamento jurídico y por lo tanto ya no tenían la obligación de hacer el ingreso (solamente donaciones voluntarias para ayudar a sostener la prelatura y sus apostolados)

 

2) Los que hicieron la Oblación entre 1982 y 1999.  Estos asumían unos compromisos ente los que no estaba el de ingresar todo el fruto su trabajo, ni tampoco el de hacer testamento.

 

3) Los que hicieron la Oblación después de 1999 ya estaban obligados por el decreto del prelado y con las observaciones que haremos, deben ingresar su sueldo.

 

Es necesario hacerse algunas preguntas:

 

1) Los que hicieron la Oblación entre 1982 y 1999, ¿están obligados por el decreto del prelado? Me parece que no, porque no se pueden añadir obligaciones a un contracto entre dos partes sin el conocimiento y consentimiento de la otra parte.

 

2) ¿Y los que hicieron la Oblación después de 1999? Bueno, estos pueden preguntar si el Prelado tiene autoridad para cambiar los Estatutos o Codex Iuris Particularis de 1982, bien eliminando o añadiendo derechos y obligaciones.  Y los que han leído hasta aquí pueden preguntar: ¿y a ti qué te importa esto? Bueno los que somos miembros del Opus Dei y principalmente los que tenemos cargos de dirección y de formación, tenemos que saber qué enseñar correctamente a nuestros hermanos y hermanas.

 

Los que han sido del Opus Dei pueden tener interés en ello, por si desean que la Obra les devuelva el dinero que no tenían ninguna obligación de entregar, porque lo entregaron por un engaño de la prelatura. Esto puede ser demandado a un tribunal canónico y estoy seguro de que el Opus Dei estará encantado de hacer lo que es justo.

 

JM





Más nombramientos de obispos, de sacerdotes de la Prelatura.- Artemisa

Sigo perpleja comprobando que se siguen produciendo nombramientos de obispos (Perú y Orense) de sacerdotes de la prelatura.

 

¿Por qué el Papa hace caso omiso de la amplia información de que dispone? Pues porque le da la gana.

 

Está rodeado de opusinos, ya sean laicos o sacerdotes u obispos y además debe de recibir supuestamente, dinero a manta del opus. Poderoso caballero es don dinero…

 

Ya nos podemos esforzar hasta la extenuación en divulgar las interioridades del opus, que no interesan nada en las estancias vaticanas.

 

Vamos a rezar para que el tiempo de tribulación se acorte y se haga justicia en la tierra y no tengamos que esperar a verla en la otra vida. Qué asco de dinero, siempre comprando voluntades y siempre sembrando el mal.

 

Tengamos esperanza en Dios, pues poca podemos tener en los hombres….

 

Artemisa





Siguiendo con la discusión de los datos personales.- Jaraysedal

Estimado Anonymous

     Estoy completamente de acuerdo contigo en que la Resolución de la AEPD (Agencia Española de Protección de Datos) de 14/09/2011 altera los presupuestos fácticos de la propuesta de resolución  y sus antecedentes y además no lo explica: simplemente donde antes habia un fichero de datos personales por esas relaciones de altas y bajas ahora no existe. Da un argumento jurídico: "la obligación de inscribir en el Registro de la Agencia los ficheros se extiende a todos aquellos que se encuentran organizados de manera estructurada y organizada como dispone el artículo 3.b) de la LOPD que considera como tal "Todo conjunto organizado de datos de carácter personal, cualquiera que fuere la forma o modalidad de su creación, almacenamiento, organización y acceso." (…). Sin embargo, en este procedimiento no se ha podido constatar la existencia de criterios de estructuración, organización y búsqueda de la información de los datos de los miembros del OPUS DEI. El mero acumulo de datos sin criterio alguno no tiene la consideración de fichero a los efectos de la LOPD, pues para adquirir tal es necesario que los datos de carácter personal se encuentren contenidos en un archivo estructurado, según criterios específicos relativos a las personas, a fin de que se puedan acceder fácilmente a los datos que se tratan". Pero no explica por qué esas relaciones no se encuentran estructuradas y organizadas  según criterios específicos relativos a las personas y por ello no constituyen un fichero de datos personales. Da por supuesta la falta de organización del fichero, circunstancia que no se había discutido en las actuaciones.

     El Tribunal Supremo en la sentencia de noviembre de este año da un varapalo a esa argumentación: sí existe el elemento organizativo como muestra el hecho de que habiendo pedido la cancelación de sus datos la interesada, éstos fueron localizados con la sola mención de su nombre y apellidos, ergo, la mera ordenación por nombres y apellidos o por fechas de admisión es el elemento organizativo necesario para la existencia del fichero de datos de carácter personal y quedan sujetos a las disposiciones de la LOPD.

     Insisto: la AEPD no podrá obviar en el futuro la doctrina del Tribunal Supremo y el Opus debería cancelar de oficio todos los datos de exmiembros que tenga.

     Y dejo aquí la discusión, que solamente parece interesarnos a nosotros dos.

     Feliz Navidad

Jaraysedal. 

     PS  No conozco los intríngulis de la AEPD y la pertenencia o no al Opus de sus Letrados





Aclaraciones sobre la infalibilidad magisterial.- Giovanna Reale

Constato que mi aportación del 9.12.2011 ha causado un debate entre Charlypitt (14.12.2011) y Ramón (16.12.2011). Quisiera aclarar algún concepto al respecto. No niego, como ya afirmé en una anterior aportación (29.10.2011), que el Espíritu Santo asista a la Iglesia en el mantenimiento de la fe y en su profundización ni tampoco niego que el Magisterio episcopal, en el marco de la sucesión apostólica, cumpla una función clave en esa custodia-crecimiento de la fe revelada. Mis comentarios se limitaron a proporcionar una sugerencia de mejora (no una negación total) al ejercicio práctico del Magisterio episcopal y papal, pues me parece fuera de lugar adoptar una actitud propia de “club de infalibles” o de jerarcas superiores a los demás seres humanos a la hora de ejercer ese Magisterio. Hay procedimientos más inteligentes y eficaces de ejercerlo. Mi crítica pretendía ser constructiva y no destructiva.

 

El problema de Charlypitt, que me malentendió, se debe tal vez a que –con independencia de que, según Ramón, Charlypitt siga la actual tendencia de “estos tiempos de orgullo católico, de reacción restauradora, de sacar músculo fervoroso”– los textos publicados por escrito en una página web a veces no se entienden bien en todas sus dimensiones, máxime si el tema tratado es destacadamente sensible por razones religiosas, ideológicas o sentimentales. Por Internet no siempre nos conocemos personalmente, no nos vemos las caras, carecemos de antecedentes sobre quién es quién, no captamos los matices propios de las intervenciones en directo, un autor tiene unos conocimientos o presupuestos culturales que un lector no tiene y viceversa, etc. Todo ello explica que de vez en cuando la comunicación entre internautas se dificulte hasta el punto de que surjan malentendidos de este tipo.

 

Por último, aunque Ramón exagera cuando dice que la fe no depende de lo que diga la Iglesia (pues es en la Iglesia donde la fe se transmite), comparto en lo sustancial su opinión, que coincide con la que manifesté en mi aportación del 29.10.2011: el Magisterio de la Iglesia no debería ejercer los carismas recibidos por el Espíritu Santo para aferrarse al poder terrenal controlando con prepotencia las conciencias de los demás creyentes, sino para servir al resto de la Iglesia y a la humanidad entera. Por tanto, mi sugerencia sobre el ejercicio de ese Magisterio no se limita sólo a aspectos metodológicos, sino también a sus fines; y subrayo que se trata de una sugerencia formulada desde la más estricta lealtad, pues, como sabrá Charlyplitt, las legítimas discrepancias no son sinónimas de rebeldía.

 

Giovanna Reale





Hacemos un esfuerzo juntos?.- Boquerón

Hola a todos, me temo que vengo a pedir...

Vengo a pediros un ultimo esfuerzo para que acabemos el año con los deberes hechos y lleguemos a la meta que nos puso Agustina cuando nos comunicó que hacian falta 24.000 Euros para el sostenimiento de Opuslibros.

Nos quedan 15 dias y ya sé que son tiempos dificiles para muchos y todos tenemos gastos extras durante la Navidades pero creo que nos lo debemos a nosotros mismos, a Agustina y a los futuros usuarios de esta página. Veo que a dia 15 de Diciembre estamos en 20.751 Euros así que SOLO nos quedan 3.249 para llegar a buen puerto.

Yo propongo lo siguiente: yo pongo 1.249 Euros. Puedo pedir voluntarios que ayuden con los 2.000 restantes? Poquito a poquito, lo que cada uno pueda... no os llenaria de orgullo saber que nos valemos por nosotros mismos? A mí sí. Y sobre todo es una pequeña muestra de agradecimiento a Agustina que se pelea por todos nosotros.

Gracias Agustina por otro año de lucha y trabajo.

Boquerón

El lunes 19 haré la transferencia.  




 

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