ROMA, 19-III-87
1. Discernimiento de la vocación
Como fruto sobrenatural del apostolado del Opus Dei, dirigido a los hombres y mujeres de todos los ambientes, pues de cien almas nos interesan las cien, muchas personas —generosas y capaces de enamorarse de Jesucristo y de servirle plenamente— sienten la santa inquietud de una posible vocación a la Obra. Para secundar la acción de la gracia, se procura conducirlas como por un plano inclinado, de manera que vayan adquiriendo —poco a poco— una sólida vida interior y una honda formación doctrinal. Al mismo tiempo, se procede con mucho sentido sobrenatural, para llegar a la amistad sincera, conocer bien a esas personas y comprobar que poseen realmente las cualidades y las disposiciones propias de la vocación al Opus Dei. Este modo de actuar es un deber de justicia con la Obra y una muestra más de la conducta noble y delicada con las almas: se evita que alguien pueda engañarse, siguiendo un camino para el cual no es idóneo.
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Para percatarse convenientemente de las disposiciones y circunstancias de un alma, no basta, como es lógico, un conocimiento superficial, de una temporada corta: entre otras razones, porque hay personas que pueden cambiar fácilmente de manera de ser o de forma de pensar, en poco tiempo, bajo la influencia de alguna situación extraordinaria —por ejemplo, muerte de parientes más allegados, disgustos familiares, crisis sentimentales— o de un curso de retiro, etc., sin que ese cambio esté fundamentado realmente en una decisión que abrace toda la vida. Por eso, la labor de selección exige tiempo, trato continuo, que permita valorar prudentemente la seguridad de la vocación; y aconseja la intervención de algún Director y de algún sacerdote. Esta es precisamente una de las misiones de las obras de San Rafael y San Gabriel, y de la labor de Cooperadores.
Entre otras circunstancias, es preciso considerar la normalidad psíquica, condición necesaria para un desarrollo armónico de la personalidad; por eso, resulta imprescindible tener en cuenta los antecedentes personales y familiares de cada uno, para evitar que puedan manifestarse trastornos mentales, quizá como consecuencia de unas exigencias espirituales y humanas, no soportables con una salud defectuosa.
También es importante la valoración objetiva de las virtudes humanas —sinceridad, generosidad, fortaleza, lealtad, laboriosidad—, que facilitan el ejercicio de las sobrenaturales. Como en la espiritualidad de la Obra el trabajo es fundamental, porque la santificación personal se apoya —como la puerta en el quicio— en el desempeño de un oficio o trabajo en medio del mundo,
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es preciso subrayar a esas almas la grave obligación de realizar su propio quehacer profesional con la mayor perfección posible. Por eso, quienes no comprendan la necesidad de trabajar bien, con constancia, o no tengan capacidad para desempeñar seriamente sus ocupaciones profesionales, dan muestra clara de no estar en condiciones de vivir las exigencias de la vocación. No se requiere que sean profesionales extraordinarios, sino que trabajen a conciencia, con sentido de responsabilidad, con amor de Dios y con perseverancia, sin abandonos y ligerezas, con sentido sobrenatural.
En alguna ocasión puede suceder que una persona, sin trato previo, manifieste con insistencia, llevada por un santo entusiasmo, la convicción de que el Señor le llama a la Obra. Es la hora de moderar su impaciencia, y de ponerle en contacto de alguna manera con la labor de San Rafael o de San Gabriel —quizá se le puede nombrar Cooperador—, hasta llegar a la certeza moral de su llamada al Opus Dei.
Se debe extremar la prudencia cuando pretenden venir a la Obra personas demasiado jóvenes, más aún si viven en internados o en residencias estudiantiles semejantes. Conviene seguir el mismo criterio con alumnos de colegios, aunque no sean internos ni mediopensionistas, si se prevé que esas vocaciones podrían dar lugar a contradicciones o susceptibilidades por parte de quienes dirigen esos centros de enseñanza. Si se trata de vocaciones claras, se les ayuda y sostiene en su vida espiritual, hasta que pase el tiempo y cesen las circunstancias que aconsejaron aplazar su decisión. Es ésta una manifestación más del clima de paz y de comprensión en el que se desenvuelve siempre la labor de
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proselitismo. El espíritu sobrenatural con que se trabaja, lleva en estos casos a diferir el ejercicio de un derecho, para evitar que nadie pueda sentirse desplazado, herido o molesto. Se cuida también de modo especial la prudencia con las personas recientemente convertidas.
De ordinario, es preferible poner dificultades a los que desean solicitar la Admisión, con el fin de consolidar sus deseos de entrega. Como regla general, no se les permite que la pidan enseguida, sino que se les hace esperar algún tiempo. Durante este período, se les va preparando como si hubieran ya solicitado la Admisión —viven poco a poco las Normas, charlan con el Director, etc.—, sin participar en los medios de formación colectiva propios de los miembros de la Obra. De esta forma, su determinación será más madura y profunda, y, por tanto, más segura.
Por otra parte, se da con frecuencia el caso de personas que van a otro país para pasar allí una temporada corta —por motivo de estudio, de trabajo, de descanso, porque asisten a un curso internacional, etc.—, y que, durante ese tiempo, participan en los medios de formación de las labores de San Gabriel o de San Rafael, como hacían quizá en su propio país. Si alguno quiere solicitar la Admisión, de ordinario, es más prudente que lo haga en su propio país, ya que en esas condiciones provisionales, difícilmente se podrán conocer con objetividad tanto sus circunstancias, como las posibilidades que habrá de atenderle en el futuro. En consecuencia, se ponen los medios para que, al regresar a su nación —o a aquella en la que va a vivir con estabilidad—, se integre aún más en la labor de San
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Rafael o de San Gabriel, y se concrete el camino que el Señor quiere para él. No obstante, si la permanencia en ese país se prolonga, no hay inconveniente en admitirle como miembro de la Obra, consultando antes a la Comisión Regional. En cualquier caso, no se deja solicitar la Admisión a una persona, si se presume razonablemente que no se la podrá atender bien.
Necesitan dispensa para solicitar la Admisión las personas que se hayan vinculado a una orden, congregación o instituto religioso o secular; quienes hayan llegado a recibir, al menos, los ministerios previos al diaconado; los hijos de padres que fueron religiosos o sacerdotes.
En algunos países, es frecuente que las familias envíen a sus hijos a un seminario o a una escuela apostólica, para que estudien algún curso de la primera enseñanza o de enseñanza media. En estos casos, aunque no se trata de una verdadera permanencia en uno de esos centros, hay que solicitar a la Comisión Regional la dispensa oportuna para que esas personas sean admitidas en la Obra, si reúnen todas las demás condiciones que exige la vocación y si, además:
a) el candidato ha ido a uno de esos centros enviado por su familia, y el tiempo de la estancia ha sido breve, no más de dos cursos;
b) no le ha quedado ninguna costumbre o hábito que no se acomode completamente al espíritu de la Obra;
c) ha transcurrido tiempo suficiente —al menos dos años—, desde que salió del centro correspondiente.
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Si no se dan las condiciones de a) y c), puede pedirse esa dispensa solamente en casos extraordinarios. Y, en general, se tenderá a no plantear este tipo de dispensas, sobre todo si se trata de una persona que desea solicitar la Admisión como Numerario o Agregado.
Los Consejos locales han de tener en cuenta algunos hechos personales que impiden la Admisión: personas estelirizadas, o que hayan consentido o inducido a la esterilización del propio cónyuge; personas divorciadas civilmente o que estén en circunstancias que hagan prever razonablemente que llegarán a esa situación; solteros o casados que han consentido o inducido al aborto de un propio hijo; personas que tienen algún hijo natural; quienes han vivido en concubinato.
Esta indicación no supone, como es natural, menoscabo de nadie, ni constituye una regla general que excluye a priori a todos los que se encuentren en esas situaciones. No faltarán nunca almas alejadas de Dios, incluso grandes pecadores, que, al calor del espíritu de la Obra, recomiencen su vida y lleguen a alcanzar después un alto grado de santidad y de eficacia apostólica. Cada persona es un caso particular, que debe contemplarse con calma, para ayudarle a vivir cada día mejor su vida cristiana y a encontrar su camino divino.
Por otra parte, no se puede cerrar las puertas a personas que manifiestan un arrepentimiento sincero de una grave conducta anterior —que, en estos casos, incluye la reparación por el posible mal ejemplo—, si reúnen los demás requisitos necesarios. Pero es preciso asegurar que no hay peligro de escándalo. Y, cuando de una mal comportamiento anterior se han seguido
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consecuencias externas irreversibles, o graves compromisos morales o jurídicos, se debe extremar la prudencia, antes de permitir que esas personas soliciten la Admisión. No se trata, por tanto, de abrir la mano; sino de estudiar caso por caso con la máxima prudencia, graviter onerata conscientia, y teniendo siempre muy presente el buen nombre de la Obra y remoto scandalo. Por tanto, puede haber excepciones, pero, por la importancia de la materia, antes de permitir que pidan la Admisión, es necesario elevar la oportuna consulta a la Comisión Regional y solicitar la correspondiente dispensa ad validitatem, con los datos necesarios para poder estudiarla.
Para tener un conocimiento suficiente de cada candidato, antes de dejarle pedir la Admisión en la Obra, habrá que enterarse siempre —preguntándole si es preciso— si se encuentra en alguna de las circunstancias que requieran la dispensa previa y recoger los datos oportunos.
Si excepcionalmente no se conoce cualquiera de estos hechos que impiden la Admisión, hasta después de que el interesado haya sido admitido, o incluso después de que se haya incorporado temporalmente a la Obra, el Consejo local debe solicitar a la Comisión Regional la sanación de esos actos. Sin embargo, como no haber manifestado esas circunstancias puede indicar una falta importante contra la sinceridad, es preciso que el interesado dé muestras claras de haber adquirido el espíritu de la Obra, antes de solicitar esa sanación o de permitirle hacer la Oblación o, en su caso, la Fidelidad.
Para dejar que un hijo ilegítimo solicite la Admisión como Numerario o Agregado, siempre que reúna
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las demás condiciones, se necesita permiso de la Comisión Regional. Esta indicación se aplica también a los hijos adoptivos, a no ser que se trate de hijos legítimos y naturales de un matrimonio, adoptados por otro; y siempre que se conozca bien a los padres naturales.
Puede ocurrir alguna vez que desee pedir la Admisión, como Numerario o como Agregado, una persona que tenga contraída alguna obligación económica, de carácter jurídico o simplemente moral. En este caso, se ha de solicitar antes permiso a la Comisión Regional, informándole detalladamente sobre la cuantía, duración y motivos de esa obligación. Este criterio se aplica también a situaciones habituales en el país —por ejemplo, préstamos para cursar la carrera, o ayudas a los estudios de los hermanos de sangre—, o a obligaciones de las que jurídicamente responde el interesado, aunque, en principio, no vayan a gravar directamente sobre él: por ejemplo, créditos personales que amortizarán los padres. Entre estos compromisos económicos, se incluyen los que provienen de tener a su cargo la atención material de miembros de su familia; y la obligación moral de sacar adelante a sus hermanos, que en algunos países recae sobre el hijo mayor o el que tiene estudios superiores. Conviene extremar la prudencia, cuando las familias de los candidatos necesiten su ayuda. Ese deber de justicia —atender a padres o hermanos— puede, en ocasiones, impedir la entrega en la Obra como Numerario, y ser motivo para que pidan la Admisión como Agregados o Supernumerarios.
En el caso de que, con el permiso oportuno, llegue a pedir la Admisión como Numerario, se le expone, con
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claridad y con delicadeza, su deber en justicia de hacer frente con sus medios y con los que obtenga de su trabajo, a las obligaciones contraídas: ninguno grava a la Obra, y todos sienten el grato deber de sostener a su familia sobrenatural mientras pueden hacerlo, porque la Obra tendrá que cubrir los gastos de muchos de sus hijos cuando la vejez, la enfermedad, etc., les incapaciten económicamente. Además, se le recuerda la realidad de la pobreza y la necesidad de sostener económicamente las labores apostólicas.
Para solicitar la Admisión como Numerario se requiere una capacidad intelectual que permita adquirir la formación científica y doctrinal exigida por el espíritu de la Obra, y alcanzar el suficiente prestigio en el ejercicio del trabajo profesional, como medio para hacer una labor apostólica eficaz: no hace falta una inteligencia extraordinaria, sino ser constantes, personas que empiecen las tareas y las sepan terminar con espíritu sobrenatural, sin dejarlas para después.
Uno de los aspectos fundamentales, que se ha de cuidar ante las posibles vocaciones —y más concretamente para los Numerarios—, es el conocimiento previo de las circunstancias familiares. Este conocimiento resulta necesario para ayudar en la formación y para juzgar con más objetividad sobre la idoneidad de cada uno. Concretamente, la salud es imprescindible para desempeñar el trabajo apostólico de los Numerarios; se extrema la prudencia especialmente, cuando los posibles candidatos —o algunas personas de su familia— presenten síntomas de desequilibrio nervioso, padezcan sonambulismo, o tengan alguna limitación física importante que haga difícil la convivencia en familia.
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La edad es también un dato importante antes de aconsejar a alguien que se plantee la vocación: las personas jóvenes, a las que no debe faltar la madurez, son las más capaces de comenzar el camino como Numerarios, de identificarse con el espíritu de la Obra, de formarse pronto y bien.
Aunque la doctrina de la Iglesia está muy clara, la caridad puede exigir que no se reciba en la Obra a una persona determinada, sin el consentimiento expreso de su familia. Por tanto, si se prevé que alguno, que desea solicitar la Admisión como Numerario, tropezará con graves dificultades familiares, se consultará a la Comisión Regional antes de permitírselo.
Dentro de la unidad de vocación en la Obra, uno de los criterios, para discernir que el Señor llama a una persona precisamente como Agregado, es comprobar que, si residiera permanentemente en un Centro, no podría cumplir perfectamente los deberes que le imponen sus circunstancias personales, familiares y profesionales.
En algún caso, verdaderamente excepcional, puede parecer conveniente al Consejo local que un Agregado pase a Numerario, o que alguien pida la Admisión como Agregado para pasar después a Numerario; el Consejo local consultará antes a la Comisión Regional, aclarando, por ejemplo, si se ha producido o se prevé un cambio notable en las circunstancias personales o familiares del interesado, si existe la capacidad necesaria para adquirir la formación propia de los Numerarios, si se demuestra durante un cierto tiempo su perfecta adaptación a la vida en familia, etc.
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2. Aspirantes
La edad mínima para incorporarse a la Prelatura, mediante la Oblación son los dieciocho años. Por tanto, nadie puede ser admitido antes de los diecisiete, ni se toma en consideración la petición de Admisión de quienes no hayan cumplido los dieciséis años y medio.
Las personas que, a partir de los catorce años y medio, deseen pedir la Admisión, sólo podrán solicitarla como aspirantes, mediante carta dirigida al Consiliario. Los aspirantes deben reunir las condiciones y disposiciones previstas para los candidatos. Al cumplir los dieciséis años y medio, si perseveran en su propósito, y el Consejo local correspondiente lo autoriza, escriben una nueva carta pidiendo la Admisión en la Obra.
Los aspirantes no pertenecen jurídicamente a la Obra; por consiguiente, no tienen los derechos y los deberes de sus miembros. Como es evidente, no pueden hacer vida en familia; y no quedan bajo la jurisdición propia de la Prelatura. No obstante, se cuida con el mayor esmero su formación, para que crezcan en vida interior y vibración apostólica, y su vocación se afiance y se haga más madura; y ellos corresponden con esfuerzo para asimilar bien el espíritu de la Obra, y para consolidar en sus almas la disposición de entrega total a Dios, porque de hecho hay este acuerdo mutuo.
Servatis servandis, se aplican a los aspirantes las indicaciones del Programa de formación inicial. En este Programa, elaborado con tanto cariño por nuestro Padre, se sintetizan los aspectos centrales de la formación doctrinal, ascética y apostólica, que necesitan las nuevas vocaciones para corresponder a la llamada y
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para perseverar en el camino. A través de esas clases, aprenden desde el principio —con un tono familiar, alentador y flexible— que nuestra vida es de renuncia, de trabajo intenso; y que nuestra alegría es consecuencia de saberse hijos de Dios y fruto de la entrega sin condiciones al servicio de la Iglesia y de las almas.
Para designar a los encargados de atender su charla periódica, o de explicar las clases del Programa de formación inicial, se tendrán en cuenta las mismas recomendaciones que para las vocaciones recientes. Mientras sean aspirantes, se les da al menos una clase a la semana sobre el apartado II de ese Programa. Por ejemplo, se puede dedicar una clase a cada parágrafo de los tres en que están divididos los temas, o una al parágrafo I, y otra al II y III juntos. Al cabo de dos o tres semanas de haber solicitado la Admisión, pueden asistir al Círculo Breve, en el que se explican los temas señalados en el Programa de formación inicial, I, n. 18.
De ordinario, se organizan cursos de retiros exclusivamente para ellos, que duran tres días completos, empezando la tarde anterior al primer día y terminando la mañana siguiente al tercero. También en este caso, los cursos de retiro serán diferentes para aspirantes a Numerarios y a Agregados.
Durante este tiempo, se procura que asistan al menos a una Convivencia especial —de 20 ó de 15 días de duración, según se trate respectivamente de aspirantes a Numerarios o a Agregados—, en la que reciben alrededor de la mitad de las clases del apartado IV, del Programa de formación inicial.
Las clases del Programa de formación inicial se or-
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ganizan exclusivamente para los aspirantes; en cambio, no hay inconveniente en que asistan junto con las vocaciones recientes al Círculo Breve, a la meditación semanal y al retiro mensual. Puede aplicarse también este criterio para los cursos de retiro y para las Convivencias, cuando no sea posible organizarlas sólo para los aspirantes o éstos sean pocos. Si asisten a una actividad con vocaciones recientes y permanecen menos días del total previsto, los temarios correspondientes tendrán unidad y se explicarán completos.
Se les proporcionará la suficiente doctrina y se irá formando su conciencia, a través de la charla fraterna y de la charla periódica con el sacerdote; y también a través de las clases de Doctrina Católica —Catecismo, Cursos básicos de formación humana y cristiana, etc.— que se organicen para otros chicos.
Cuando soliciten la Admisión como miembros de la Obra, si han recibido con aprovechamiento el apartado II del Programa de formación inicial, se tomará en consideración lo señalado en el apartado I, n. 6.
Para la petición de Admisión como aspirantes, se aplican los requisitos señalados con carácter general, en cuanto a dispensas y permisos, para la petición de Admisión como miembros de la Obra; se tramitan, por tanto, antes de dejarles solicitar la Admisión como aspirantes.
3. Petición de Admisión
La petición de Admisión se ha de hacer en el momento oportuno. Los Consejos locales evitan que se precipite o se retrase esta decisión, sin dejarse influir,
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por ejemplo, por la proximidad de una fiesta o fecha determinada: todos los días son igualmente buenos para entregarse al Señor.
Dirigen al Padre la carta de petición de Admisión quienes la solicitan como Numerarios o Agregados; y al Consiliario, los que la solicitan como Supernumerarios.
En el momento en que una persona pide la Admisión como Numerario o Agregado, queda bajo la jurisdición de la Prelatura, según las normas de la Constitución Apostólica Ut sit, n. 3.
Si alguno no está confirmado, el Consejo local toma las medidas oportunas para que reciba cuanto antes este sacramento.
4. Admisión e incorporación
Formación inicial
El principal y mejor proselitismo consiste en procurar que no se pierdan las vocaciones que el Señor envía a la Obra. Esta es la primera exigencia de la caridad y de la justicia con los miembros de la Prelatura y, especialmente, de parte de quienes llevan encargos de dirección o de formación. Por eso, al establecer la necesaria jerarquía de valores en el ejercicio de su misión, ponen siempre en primer término la formación de sus hermanos, ya que sólo así se multiplica la eficacia de toda la labor apostólica.
Concretamente a los Directores locales compete el deber gravísimo de cuidar de la formación personal de
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las vocaciones recientes, desde el momento en que reciben la llamada. El Señor les pedirá estrecha cuenta de esta obligación grave de caridad y de justicia. En consecuencia, han de sentir todo el peso de ese maravilloso deber, y desvivirse por cumplirlo; así harán un gran bien a esas almas, sin exponerlas al peligro de descaminarse, porque no se les hayan proporcionado los medios —a los que tienen derecho—, que necesitan para ser fieles.
El Consejo local se ocupa de que las vocaciones recientes reciban, con la mayor puntualidad, los medios de formación: la dirección espiritual, la charla fraterna periódica, el Círculo Breve, etc., para afianzar en esos hermanos suyos los cimientos de una profunda vida interior. Si todos deben recibir esos medios, los necesitan especialmente quienes llevan poco tiempo en la Obra, sobre todo, si son Numerarios que viven aún con su familia. Una criatura recién nacida precisa una atención amorosa y constante, también porque cualquier cosa puede hacerle daño.
Para atender las charlas de las nuevas vocaciones, se designa a quienes están más capacitados, con el fin de que alimenten cuidadosamente la vida espiritual de cada uno y les ayuden, con comprensión y energía, a superar las dificultades que puedan encontrar, sin omitir nunca palabras de aliento que les impulsen en la lucha diaria. Cuantos se ocupan de la formación de esos hermanos suyos, meditarán la importancia de su tarea y su responsabilidad ante Dios y ante la Obra.
La formación espiritual tiende a llevar a las almas como por un plano inclinado, para que —sin saltos
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bruscos— vayan creciendo en vida interior. Se les va explicando poco a poco el plan de vida, para que lo completen paulatinamente, continuando la práctica iniciada por lo general en la obra de San Rafael o de San Gabriel. Sin embargo, no es indispensable que el candidato cumpla todas las Normas y Costumbres para que se le conceda la Admisión.
Desde el comienzo, se despierta en ellos la preocupación del proselitismo y el sentido de responsabilidad, en todos los aspectos: no sólo no deben ser gravosos, sino que han de ayudar a los apostolados con todo su esfuerzo.
Es misión principalísima de los Consejos locales proporcionar a las nuevas vocaciones, con don de lenguas, la doctrina contenida en el Programa de formación inicial, que se integrará —desde el primer día— con la enseñanza práctica del espíritu de la Obra: por medio de pequeños encargos, urgiéndoles con ejemplos vivos a aprovechar el tiempo de estudio o de trabajo, a hacer apostolado y proselitismo, etc.
Se pone la máxima diligencia para cumplir el Programa de formación inicial, especialmente en circunstancias extraordinarias —vacaciones, verano, etc.—, que exigen medios también extraordinarios para conseguir continuidad en su contacto frecuente y periódico con otras personas de la Obra. Corresponde al Consejo local vigilar y comprobar, periódicamente, que las charlas y las clases de formación no sufren retrasos.
Asimismo se impulsa con solicitud y cariño la actividad apostólica de las vocaciones recientes, que ha de ser más extensa y profunda a partir de su respuesta ge-
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nerosa a la llamada de Dios; es decir, se les hace conscientes de su responsabilidad de constituir, desde el principio, una ayuda real para la labor apostólica.
Por otra parte, para evitar el correteo inútil —y a veces perjudicial— por los Centros de la Obra, al que algunos se podrían dedicar fácilmente —sobre todo los jóvenes, movidos por su mismo entusiasmo—, se les explica desde el primer momento que deben solicitar permiso al Director de su Consejo local para visitar otros Centros. Y el Director sólo dará permiso para acudir a las sedes de alguna labor de apostolado corporativo. De este modo, se facilita el trabajo de los demás; y se puede ofrecer al Señor, con generosidad y con alegría, la mortificación de no corretear, que sería una falta de orden y una pérdida de tiempo, y ocasión de satisfacer una curiosidad sin objeto.
Puntualidad en la Admisión y en las incorporaciones
La Admisión, la Oblación o la Fidelidad se hacen puntualmente, en cuanto ha transcurrido el tiempo prescrito en los Estatutos de la Prelatura, ni un día antes ni un día después: seis meses, para la Admisión; un año, entre la Admisión y la Oblación; cinco años, entre la Oblación y la Fidelidad. Sobre el Consejo local recae la responsabilidad de poner los medios oportunos para que siempre pueda ser así.
Por ese motivo, se requiere dispensa para hacer la Admisión, la Oblación o la Fidelidad antes de cumplirse esos plazos. Sin esa dispensa, los actos serían nulos,
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y el Consejo local tendría que informar inmediatamente a la Comisión Regional.
Los plazos, señalados en los Estatutos, son suficientes para que los Directores formen bien a los interesados y los conozcan a fondo: gravarían su conciencia los Directores que, por negligencia o desorden —por ejemplo, por no dar puntualmente las clases del Programa de formación inicial, o por no realizar los trámites con suficiente antelación— ocasionaran demoras, aunque fueran mínimas: no se puede jugar con las almas. La expresión formación previa no quiere decir que se supediten los plazos a este requisito: significa que ha de impartirse antes de la Admisión y de la Oblación, que no pueden retrasarse.
No justificaría el más pequeño retraso en la Admisión, o en la Oblación, el hecho de que se presentasen inconvenientes para terminar esas clases dentro del tiempo señalado, o para atender adecuadamente a una persona, de forma que se le pueda conocer muy bien. Por tanto, si surgen dificultades extraordinarias, se superan con medidas también extraordinarias. Por ejemplo, si un Supernumerario, que no ha hecho la Admisión o la Oblación, se traslada, por causas imprevisibles, a un sitio muy alejado de un Centro, tanto el interesado como quienes le atienden, deben emplear medios proporcionales, consultando antes, si es preciso, a la Comisión Regional: una Convivencia especial organizada para ese Supernumerario; una estancia breve de alguno de la Obra en el lugar de residencia del Supernumerario, pagada por éste, etc. En resumen, es impensable que alguien no siga adelante, porque no se le hayan explicado esas clases.
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A las personas idóneas, que hayan recibido la formación prescrita, vivan bien los puntos fundamentales del espíritu de la Obra y demuestren efectivos deseos de entrega, no se les retrasará la Admisión, la Oblación o la Fidelidad, aunque, como es lógico, haya aspectos en los que después tengan que mejorar: la formación no acaba nunca y la santificación es obra de toda la vida (Camino, n. 285). Para renovar la Oblación, se aplicará un criterio análogo.
Los Consejos locales carecen de facultades para dar de baja a un miembro de la Obra, a no ser que éste, antes de hacer la Oblación, decida no seguir adelante; ni pueden autorizar ningún retraso de la Admisión, de la Oblación ni de la Fidelidad.
Si, por alguna causa grave y fundada, el Consejo local considera, en conciencia, que una persona no está en condiciones de que se le conceda la Admisión, la Oblación o la Fidelidad en el tiempo establecido, tendrá en cuenta que lo normal será —por el bien de la Obra y del interesado— facilitarle la salida, cuando no haya lucha para vencer esa dificultad; en estos casos, al informar a la Comisión Regional, se indicará expresamente si el interesado pone o no los medios para vencer.
Cómputo del tiempo para la Admisión y las incorporaciones
En el caso de que un Supernumerario pida —será siempre con una carta dirigida al Padre— la Admisión como Numerario o como Agregado, si todavía no se le
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ha concedido la Admisión como Supernumerario, el plazo para hacer la Admisión como Numerario o Agregado se cuenta desde que la solicitó como Supernumerario. Si ya ha sido admitido como Supernumerario, el Consejo local puede sugerir a la Comisión Regional que le compute el tiempo que llevaba como Supernumerario, para que se le conceda la Admisión como Numerario o Agregado. A partir de la fecha de la nueva Admisión, debe transcurrir un año hasta la Oblación. Sin embargo, en casos excepcionales, el Consejo local puede solicitar a la Comisión Regional que se adelante la fecha de la Oblación, teniendo en cuenta el tiempo que llevaba como Supernumerario.
Si ya hubiese hecho la Oblación o la Fidelidad como Supernumerario, se puede pedir a la Comisión Regional que le conceda la Admisión que solicita, si tiene la formación necesaria. Una vez que haya recibido la formación prescrita en el Programa de formación inicial, se puede pedir a la Comisión Regional que se compute el tiempo que llevaba como Supernumerario, para que haga la Oblación como Numerario o Agregado. Sin embargo, mientras no haga la Oblación como Numerario o Agregado, ha de seguir renovándola como Supernumerario. Después, se puede seguir el mismo trámite para que el interesado haga la Fidelidad, antes de que transcurran cinco años desde la fecha de su Oblación como Numerario o Agregado, computando total o parcialmente el tiempo desde que hizo la Oblación como Supernumerario.
Aunque se compute el tiempo que una persona llevaba en la Obra, para que haga la Admisión o la Obla-
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ción como Numerario o Agregado, nunca se dispensa de la formación específica previa.
Cuando excepcionalmente, con la oportuna dispensa, un Agregado pasa a Numerario, su Admisión y su Oblación conservan validez. Por lo tanto, el plazo requerido para la Oblación o la Fidelidad se computa desde el día en que hizo la Admisión o la Oblación, respectivamente. El interesado debe solicitar de nuevo la Admisión como Numerario, con una carta dirigida al Padre.
Admisión
Con la antelación determinada por la Comisión Regional respecto de la fecha de la Admisión, de la incorporación temporal o definitiva, el Consejo local informará con claridad y brevedad sobre cómo vive el candidato las exigencias ascéticas de su vocación divina; es decir, fidelidad al espíritu de la Obra; cumplimiento del plan de vida espiritual (Normas y Costumbres); aprovechamiento de los medios de formación; apostolado y proselitismo; cumplimiento de los encargos apostólicos; ayuda al sostenimiento de las labores apostólicas; santificación del trabajo: laboriosidad y aprovechamiento del tiempo, con el consiguiente prestigio profesional; relaciones familiares en cuanto afecten a su vida espiritual; otras circunstancias que puedan ser de interés para el apostolado: aptitudes, carácter, salud, etc.
Si se trata de una persona que va a hacer la Admisión o la Oblación, debe constar que ya ha recibido, o
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que recibirá antes de la fecha prevista, todas las clases correspondientes del Programa de formación inicial.
Para la Admisión, se entrega, además, en sobre aparte, la carta de petición de Admisión y el impreso "Academia-Residencia", en el que constan brevemente los principales datos personales y familiares.
El Defensor mantendrá una conversación con el interesado, antes de que se le conceda la Admisión, la Oblación o la Fidelidad, para conocer sus circunstancias y cerciorarse de su rectitud de intención. El Defensor puede delegar en otro Numerario: si no se indica nada en contrario, se entiende que delega habitualmente esa función en el Director del Centro respectivo; en ausencia del Director, y previo acuerdo del Consejo local, en el Subdirector o en el Secretario.
La persona que atienda esta conversación, se asegura de que quien va a hacer la Admisión y la Oblación conoce suficientemente los temas correspondientes al Programa de formación inicial. A esta charla asistirá otro miembro de la Obra: un Numerario mayor, sacerdote o seglar; o, para el caso de Agregados o Supernumerarios, también un Agregado que forme parte de un Consejo local. En ese momento, se tratarán, además, las siguientes cuestiones:
—si actúa con plena libertad: con un querer seguro, consciente y responsable;
—si conoce todas las obligaciones que lleva consigo la Admisión, la Oblación o la Fidelidad;
—especialmente, si se da perfecta cuenta de que la vocación exige una vida de trabajo continuo, porque la
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espiritualidad del Opus Dei se apoya en el trabajo profesional ejercido en medio del mundo, que es el medio específico eficaz para lograr la santidad, haciendo un apostolado fecundo;
—si entiende expresamente, como un rasgo fundamental de nuestro espíritu y como característica substancial de nuestra vocación, que la adscripción a la Obra no supone un cambio de estado, ni comporta la llamada vida consagrada; que no somos religiosos ni podemos ser equiparados a los religiosos desde ningún punto de vista, y que ha venido a la Obra para entregarse a Dios, con esa condición expresa;
—si es capaz de obtener, con su trabajo profesional, los medios necesarios para su sustento y para contribuir generosamente al sostenimiento de las labores apostólicas.
Cuando, a juicio del Numerario en el que ha delegado el Defensor, no existe ningún obstáculo para que el candidato sea admitido, o haga la Oblación o la Fidelidad, lo comunica así al Defensor. En caso contrario, o si tiene alguna duda positiva, le informa de los motivos por los que parece conveniente proponer la denegación; o —en caso muy excepcional— sugerir un breve retraso en la concesión de la Admisión o de la incorporación a la Obra. Cuando el Numerario que ha recibido la delegación vive en ciudad distinta de la sede de la Comisión Regional, escribe al Defensor inmediatamente después de esa conversación; si vive en la misma ciudad, le informa de palabra.
En el caso de la Oblación y de la Fidelidad, el delegado se asegura de que el interesado tiene la decisión
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de obligarse del modo establecido en los Estatutos; y recordará a los Numerarios y Agregados que —como exigencia de la virtud de la pobreza y del desprendimiento— si poseen bienes patrimoniales, han de ceder libremente la administración y disponer del uso y usufructo a favor de quienes prefieran; y que, antes de hacer la Fidelidad, han de haber otorgado testamento, también con completa libertad, de sus bienes patrimoniales presentes y futuros.
Cuando la Comisión Regional concede la Admisión a una persona, lo comunica por escrito al Consejo local correspondiente. Ya se entiende que, aunque se reciba con tiempo esta comunicación, el candidato no debe ser admitido hasta que haya transcurrido el plazo prescrito.
Los Numerarios y los Agregados hacen la ceremonia de la Admisión en el oratorio de un Centro de la Obra, y se hallan presentes el Consiliario —que puede delegar en otro sacerdote—, el Director del Centro al que esté adscrito el interesado —o la persona designada por el Director—, y otro miembro de la Obra. Si el Consiliario no dispone expresamente otra cosa, se entiende que delega habitualmente en el sacerdote que forma parte del Consejo local o que es confesor del Centro del Numerario o Agregado; y —en su defecto— en cualquier sacerdote Numerario con licencias del Ordinario de la Prelatura. Después, se comunica a la Comisión Regional la fecha de la ceremonia.
Los Supernumerarios no hacen ninguna ceremonia de Admisión; es suficiente la concesión por la Comisión Regional y la comunicación al interesado. La fe-
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cha de Admisión de los Supernumerarios es la que determina la Comisión Regional en el momento de concederla. Si no se indica ninguna, se presume que la Admisión está concedida para el día en que se cumplen los seis meses desde la petición de la Admisión, nunca para antes.
Cuando un Numerario o Agregado tiene que hacer la Admisión, la Oblación o la Fidelidad y, por enfermedad, por encontrarse aislado o por otra causa razonable, le resulta imposible o muy difícil acudir al oratorio de un Centro de la Obra, puede hacerla en su casa o en cualquier otro lugar, pidiendo permiso a la Comisión Regional. Este permiso lo puede conceder el Consejo local para casos urgentes; basta informar inmediatamente después a la Comisión Regional, explicando los motivos.
Aunque alguno no llegue a hacer la Admisión, se envía a la Comisión Regional el impreso Academia-Residencia y la carta de petición de Admisión.
Incorporación a la Obra
Cuando la Comisión Regional comunique la concesión de la Oblación o de la Fidelidad, antes de nada, los Numerarios y Agregados harán las disposiciones establecidas sobre sus bienes patrimoniales, evitando que estos trámites retrasen la fecha de la incorporación.
Además, para que la incorporación sea válida, es necesario que concurran tres actos, que han de tener lugar en el mismo día, en el siguiente orden:
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1° la preparación previa, sólo en el caso de la incorporación definitiva, que es un requisito indispensable; si algún miembro de la Obra la hubiera hecho antes, no la repite;
2° la declaración contractual, a que se refiere el n. 27 del C.I.P., que es elemento esencial, fuente del vínculo que une la Prelatura con sus miembros, y que determina los mutuos derechos y obligaciones; para su validez, es necesaria la presencia del interesado ante tres personas: el representante de la Prelatura y dos testigos (un Numerario y otro miembro de la Obra);
3° La ceremonia dispuesta por nuestro Padre en el Ceremonial, que es un requisito para la validez de la incorporación de los Numerarios y Agregados; los Supernumerarios no tienen que hacerla.
Estos actos se han de llevar a cabo del modo y en el orden establecido; de tal manera que la ceremonia, no precedida del contrato, no tiene ningún valor: es como si no existiera. Y tampoco adquiere vigencia el contrato, si no va seguido de la ceremonia. Lo mismo se aplica, en su caso, a la preparación previa para la incorporación definitiva.
Si, por error, estos actos se realizan en un orden distinto del establecido, se ha de solicitar la sanación correspondiente, sin repetir nada. Si la declaración contractual y la ceremonia se llevaran a cabo en días diferentes, y se obtiene la sanación, la fecha de la incorporación será la del día en que se concedió la sanación.
La declaración contractual se hará fuera del oratorio, delante de un crucifijo y de una imagen de la Vir-
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gen, y ante tres personas: el representante de la Prelatura y dos testigos (un Numerario y otro miembro de la Prelatura). Primero el interesado, puesto de rodillas; después, el representante de la Prelatura. Los Supernumerarios la harán ordinariamente en su casa, o en otro lugar oportuno, si no fuera posible hacerla en su domicilio.
El interesado declarará:
"Yo,............., en pleno uso de mi libertad, declaro que tengo el firme propósito de dedicarme con todas mis fuerzas a la búsqueda de la santidad y a ejercer el apostolado, según el espíritu y la praxis del Opus Dei; y me obligo, desde este momento hasta el próximo día 19 de marzo (me obligo para toda mi vida, si se trata de la Fidelidad):
1° —a permanecer bajo la jurisdicción del Prelado y de las demás autoridades competentes de la Prelatura, para dedicarme fielmente a todo aquello que se refiera al fin peculiar de la Prelatura;
2° —a cumplir todos los deberes que lleva consigo la condición de Numerario (o Agregado o Supernumerario) del Opus Dei, y a observar las normas por las que se rige la Prelatura, así como las prescripciones legítimas del Prelado y de las demás autoridades competentes de la Prelatura, en lo que se refiere a su régimen, espíritu y apostolado".
La Prelatura, representada por aquél que designe el Consiliario —si no dice otra cosa, el Director del Centro correspondiente o, en su ausencia, la persona que le sustituya— declarará:
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"Yo,..........., en representación del Prelado, declaro que desde el momento de tu incorporación a la Prelatura y mientras esta incorporación siga en vigor, el Opus Dei se obliga:
1° —a proporcionarte una asidua formación doctrinal-religiosa, espiritual, ascética y apostólica, así como la peculiar atención pastoral por parte de los sacerdotes de la Prelatura;
2° —a cumplir las demás obligaciones que, respecto a sus fieles, se determinan en las normas por las que se rige la Prelatura".
La preparación necesaria para la Fidelidad, que vincula en conciencia y se realiza siempre antes de la declaración contractual propia de la Fidelidad, se hace fuera del oratorio, de rodillas y delante de un crucifijo y de una imagen de la Santísima Virgen, en presencia del Director del Centro al que pertenezca el interesado o de otro miembro designado por el propio Director. Si es posible, convendrá que asista también otra persona de la Obra. De ordinario, se hace en la sede de un Centro; pero, en el caso de los Supernumerarios, cuando existan dificultades para el desplazamiento —por ejemplo, por enfermedad—, puede realizarse en sus casas. En el caso de la preparación necesaria para el nombramiento de Inscrito se procede de la misma forma, pero han de estar presentes el Director del Centro y otro Numerario.
Cuando algún Agregado o Supernumerario tenga una notable dificultad en entender la lengua latina, no hay inconveniente en que utilice, para la preparación necesaria para la Fidelidad, la traducción aprobada del texto correspondiente.
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Sólo debe proponerse a la Comisión Regional la concesión de la Fidelidad a los Supernumerarios que se distingan por su entrega y por el espíritu de servicio con que han colaborado en las labores apostólicas de la Obra. Entre estos Supernumerarios se incluyen: a) los que son ya de edad avanzada y han demostrado durante años una fidelidad profunda a su vocación; b) los que, por su identificación con el espíritu de la Obra y por sus cualidades personales, tengan condiciones para recibir el encargo de Celador o de Consultor. De esta forma, no será necesario dispensar de ningún requisito a los que se nombren Celadores o Consultores.
Los Numerarios y Agregados que vayan a hacer la Fidelidad, deben adquirir un anillo de oro —o de otro material, si hay una razón importante que lo aconseje—, en cuyo interior se inscribirá la fecha de la Fidelidad. Si resulta natural, se puede pedir a la familia el anillo o el importe correspondiente, aunque, por tratarse de un asunto personal, no hace falta dar explicaciones. Si alguien recibiese como regalo un anillo muy rico, con piedras preciosas, sería mejor utilizarlo para un vaso sagrado o una custodia, y sustituirlo por otro más modesto, que no sea de gran valor. Si una persona, al pedir la Admisión, usa ya un anillo, o tiene después la oportunidad de que se lo regalen, puede seguir llevándolo —si no hay motivos que lo desaconsejen— y hacer a su tiempo la Fidelidad con ese anillo.
Como se ha vivido desde el principio, los Numerarios y Agregados llevan siempre el anillo de la Fidelidad: es un recuerdo continuo de su compromiso de amor, y un motivo más de presencia de Dios. Si esta
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costumbre choca notoriamente en el ambiente de algún sitio, se consulta a la Comisión Regional la posibilidad de no usarlo. Cuando se extravía el anillo, no es necesario sustituirlo por otro.
Peligro grave de muerte
Cuando algún miembro de la Obra se encuentra en grave peligro de muerte, y manifiesta vivamente deseos de hacer la Admisión, la Oblación o la Fidelidad, se presume la dispensa del tiempo necesario y se procede del siguiente modo: si la gravedad del enfermo lo permite, se acude a la Comisión Regional; si la urgencia del caso es grande, el Director local, con su Consejo, puede también conceder, de modo extraordinario, la Admisión, la Oblación y la Fidelidad; pero lo comunica inmediatamente a la Comisión Regional.
Si el peligro de muerte es inminente, y al enfermo le resultan muy fatigosas las ceremonias, aunque sean sencillas, el Padre le dispensa de hacerlas; basta, por tanto, comunicarle que se le ha concedido la Admisión, la Oblación o la Fidelidad, y que el Padre le ha dispensado de las ceremonias correspondientes.
Como ya se ha señalado, el interesado ha de manifestar previamente que desea hacer la Admisión o la incorporación: en casos extremos, después de preguntarle, será suficiente que asienta con un gesto, o —si puede— que repita una jaculatoria, y esto suple a la ceremonia.
La Admisión, la Oblación y la Fidelidad, concedidas de esta forma, dejan de existir en el momento en
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que el enfermo es dado de alta: su situación dentro de la Obra vuelve a ser la que tenía antes. Puede suceder que, en algunas ocasiones, desaparezca después el peligro inminente de muerte, pero persista la gravedad del enfermo por tratarse de una enfermedad crónica. En estos casos, aunque lógicamente no esté superada la enfermedad, la Admisión, la Oblación o la Fidelidad dejan también de ser válidas; por tanto, en el momento oportuno, se procede del modo habitual.
Se entiende que, si se cumple el plazo establecido para hacer la Admisión, la Oblación o la Fidelidad, mientras perdura la gravedad, no es necesario repetir la ceremonia; y la fecha de la Admisión o de la incorporación será la del día en que le correspondía hacerla de acuerdo con ese plazo.
Obligaciones que se contraen con la incorporación a la Obra
El vínculo que une al Opus Dei es un compromiso de amor, como gustaba tanto decir a nuestro Padre, que obliga a sus miembros a una dedicación plena y total a los fines de la Prelatura. Los miembros de la Obra han de considerar detenidamente que contraen, siempre de cara a Dios, un compromiso firme y estable, con un contenido teológico, moral y ascético bien preciso, que tiene el vigor y la obligatoriedad de una dedicación vocacional, en el que se empeñan enteramente la honradez cristiana y la fidelidad debida a una llamada específica, recibida de Dios. Ese compromiso impulsa a los fieles de la Prelatura a luchar por
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ejercitar con plenitud, según el espíritu de la Obra, todas las virtudes cristianas, y entre éstas —sobrenaturalizándolas—, las virtudes humanas, con la plena exigencia que proviene de la vocación específica a la búsqueda de la santidad en medio del mundo. Esas virtudes, en la medida en que están preceptuadas por leyes divinas o eclesiásticas, obligan en la misma forma que esas leyes determinan.
Además, se adquieren unas obligaciones específicas —que precisan el modo de practicar esas virtudes y la dedicación a Dios—, que nacen del vínculo con la Prelatura. Al referirse a este punto, la Santa Sede se expresa así en su Declaratio (I, c): "... graves et qualificatas obligationes ad hoc assumentes... non vi votorum, sed vinculi contractualis iure definiti".
Se indican a continuación algunas de estas obligaciones, con el fin de que sirvan de pauta para tener siempre conciencia muy clara de que, al don excelso de la vocación a la Obra, se ha de responder con una exigencia igualmente grande, plena, que se aplica a todos los aspectos de la entrega:
—la disponibilidad, cada uno según su estado y circunstancias, para dedicarse a las tareas apostólicas de la Obra;
—el deber de obedecer con finura, sentido sobrenatural y prontitud al Padre —y a los Directores que le representan—, en todo lo referente a la vida interior y al apostolado;
—el empeño de trabajar, de convertir esa tarea profesional en instrumento de santificación y apostolado, haciendo de cada día una Misa; y de obtener tam-
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bién los medios para el propio sustentamiento y para sostener las labores apostólicas, cumpliendo con exactitud las normas específicas sobre el desprendimiento y el uso de los bienes terrenos;
—el celo por acercar almas a Dios, con un apostolado constante, lleno de comprensión hacia las almas y de deseo de convivir con todos los hombres; y el derecho y el deber de hacer proselitismo, para promover vocaciones a la Obra;
—el deber de fraternidad, de ayudar a los demás fieles de la Prelatura en su camino de santidad, usando todos los medios que estableció nuestro Fundador;
—el cuidado atento de las amables exigencias de la vida en familia;
—el celibato apostólico vivido por amor —los Numerarios y Agregados— y, para todos, la necesaria virtud de la santa pureza, practicada con la mayor delicadeza posible;
—el deber de cultivar la filiación divina, como fundamento de la vida espiritual de los miembros de la Obra;
—el optimismo y la alegría, tan propios del espíritu de la Obra, que nacen de la condición de hijos de Dios;
—el esfuerzo —¡maravilloso honor!— por conocer e imitar a nuestro amadísimo Fundador, como modelo querido por Dios hasta el final de los siglos; y de acudir a su intercesión en el camino de santidad y apostolado;
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—el puntual empleo —como un grato derecho y deber— de los medios de formación que la Obra proporciona abundantemente.
Los fieles de la Prelatura experimentan con igual fuerza el compromiso de cultivar y defender, en todo momento, las características divinas de la Obra: su naturaleza y sus fines sobrenaturales, su unidad, los modos apostólicos queridos por el Señor, el Derecho propio —santo, perpetuo e inviolable— que nuestro queridísimo Fundador, por Voluntad divina, estableció para siempre, y la Santa Sede ha sancionado.
De acuerdo con los principios generales de la Teología Moral, estos compromisos, que se adquieren siempre voluntaria y libremente, obligan en conciencia, con una gravedad proporcional a la materia de que se trate en cada caso. Por tanto, faltar a alguno de esos deberes en materia grave —es decir, en algo que se refiere a un aspecto esencial de los compromisos, tal como lo establecen los Estatutos—, constituiría un pecado grave contra la virtud de la fidelidad, e incluso contra la estricta justicia, si se tratara de lesión de derechos de la Obra o de sus miembros; y, en su caso, se podría causar también escándalo para los demás o grave daño para el buen nombre del Opus Dei.
Al recordar todo esto, los miembros de la Obra se dispondrán a ser cada día más fieles a su compromiso de amor, y —sin escrúpulos— evitarán cualquier síntoma de aflojamiento en la lucha personal. Por eso, el examen —el diario, el semanal en los Círculos, el de los días de retiro— ha de ser exigente, sin soslayar ningún punto de la entrega.
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Renovación de la Oblación
Todos los años, unos días antes de la fiesta de San José, los Directores locales recuerdan a los que deben renovar su Oblación —Numerarios, Agregados y Supernumerarios—, la naturaleza de este acto, sus consecuencias jurídicas y ascéticas y el modo de realizarlo. Los Consejos locales tienen en cuenta las distintas circunstancias personales —viajes, enfermedad, etc.—, para que ninguno deje de recibir esta preparación próxima. Descuidar este deber sería una negligencia grave.
Esta explicación se da en una charla del Círculo Breve o del Círculo de Estudios, y en las charlas personales, dejando muy claro que cada uno se obliga a cumplir todos los deberes que lleva consigo la condición de fiel de la Prelatura, hasta el siguiente 19 de marzo. Por tanto, si alguno voluntariamente no tuviera intención de obligarse en algún aspecto concreto —por ejemplo, a buscar la santificación propia y ajena a través del trabajo ordinario; o, si se trata de un Numerario o Agregado, a guardar perfecta continencia de cuerpo y espíritu—, o de ajustarse a los plazos señalados, realizaría un acto inválido, y dejaría ipso facto de pertenecer a la Obra.
Aunque, a efectos litúrgicos, la fiesta de San José se traslade a otro día, ese acto se hace siempre el 19 de marzo. Hasta el momento de la Fidelidad, cada uno renueva privadamente la Oblación ese día: basta que reitere por un año el propósito de cumplir las obligaciones que asumió al hacer la Oblación. Lo comunica luego de palabra al Director de su Centro —directamente, o a través de la persona que recibe su charla fraterna o
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del Celador—, si es posible, el mismo 19 de marzo. Cuando se encuentra fuera de su residencia habitual, y existe allí un Centro de la Obra, lo comunica al Director de este Centro, quien, inmediatamente y por escrito, informa al del Centro al que está adscrito el interesado. Si alguno no puede hacer esta comunicación de palabra, escribe cuanto antes a su Director —al menos, en el plazo de ocho días—, para manifestar que ha renovado el contrato.
Una persona de la Obra que, por inadvertencia, no renueve la Oblación el día de San José, puede hacerlo en cuanto advierta esa omisión, en la forma acostumbrada, siempre que hubiera tenido intención virtual de renovar. El Consejo local informará con urgencia a la Comisión Regional de ese retraso, para que sea sanada esa renovación.
Si el motivo de no renovar no ha sido una circunstancia involuntaria, pero el interesado manifiesta enseguida —el día siguiente, o inmediatamente después, en el primer día hábil— su arrepentimiento y su deseo de continuar, el Consejo local puede comunicarlo a la Comisión Regional, para que solicite la dispensa necesaria y la sanación subsiguiente: pero esta petición, explicando las razones y las circunstancias que parezcan hacerla aconsejable, sólo debe tramitarse si existe algún motivo muy excepcional.
Los Consejos locales han de cuidar muy bien lo señalado en los párrafos anteriores, pero, a la vez, evitarán una casuística inútil.
Quienes están en disposición de hacer la Fidelidad, deben esperar hasta el día en que les corresponde —se-
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gún la fecha de su Oblación—, aunque la Comisión Regional haya comunicado ya que está concedida. Si el 19 de marzo no ha llegado esta confirmación, y les corresponde hacer la Fidelidad poco antes, o ese mismo día, o en fecha próxima, deben renovar también la Oblación del modo habitual: si no, quedarían fuera de la Obra.
Si por excepción, y con la oportuna dispensa, pasa a Numerario un Agregado que ya ha hecho la Oblación, la renovará como Numerario en la siguiente fiesta de San José.
Si alguno no hubiera renovado, el Consejo local del Centro lo comunicará dentro del mes de marzo a la Comisión Regional.
El Consejo local carece de facultades para denegar el permiso de renovar la Oblación: esa determinación es competencia de la Comisión Regional. Aunque una persona presente alguna dificultad —todo lo que vale, cuesta—, si lucha por superarla y desea renovar, de ordinario no se le negará el permiso. En cambio, si los Directores ven en conciencia que alguien no puede vivir la total dedicación que exige la vocación, lo comunicarán con la debida antelación a la Comisión Regional. Si, negado el permiso, esa persona renueva, su renovación es inválida.
5. La perseverancia en la entrega
A través de los diversos medios de formación, se recuerda continuamente a los miembros de la Obra que la vida es lucha, ordinariamente en cosas peque-
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ñas; a veces, porque el Señor lo permite, en cosas grandes; pero sólo mientras hay lucha, se mantiene la vida, y se llega a la victoria superando esos obstáculos ágilmente, realizando este ejercicio —este deporte sobrenatural— con afán de superación, pensando en el premio, como cristianos llamados a la santidad, a la plenitud de la vida de la gracia, que tendrá su perfecto cumplimiento con la visión beatífica en el Cielo. Para llegar a este término, es necesario pedir al Señor la perseverancia final, don gratuito para el que dispone también la perseverancia actual y habitual en la vida cristiana, en el lugar en que Dios ha colocado a cada uno.
La última piedra es lo interesante. En la existencia, si no se consigue poner la última piedra, la vida entera no sirve de nada. Es preciso, por tanto, luchar contra la comodidad, contra el desorden, contra el peso de las propias miserias, contra el posible mal ambiente externo, todo un conjunto de falsas excusas, que no faltarán nunca, pero que con la gracia de Dios son siempre superables.
¡Vale la pena ser fieles, vale la pena aspirar a poner la última piedra, con la ayuda del Señor! Se comienza por un trato íntimo —de amigo, de verdadero amor— con Cristo Jesús, porque sin El no se puede nada. Es preciso estar pendientes de El en el tabernáculo, mientras se trabaja, o en el momento de la distración.
Y, a la vez, servir a los demás, también siempre. La labor no termina cuando las almas comienzan a andar cristianamente: esto es mucho, pero no es todo. Importa seguir vigilantes para que los buenos sean mejores; para que los que no conocen a Cristo, le descubran;
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sabiendo que todos —cada uno de nosotros en primer término— estamos necesitados de la ayuda de Dios —y de su misericordia— y de la ayuda de los demás. Muy grave es abandonar la posibilidad de que surjan nuevas conversiones y nuevas llamadas de Dios a una mayor dedicación a su servicio; pero más grave sería contribuir con la indiferencia, con omisiones personales, con una falta de atención sobrenatural y humana, a que alguno pierda el camino neciamente o por ceguera.
Nada de lo que se refiera a los demás, por pequeño que sea, puede resultar indiferente. Cada uno, por tanto, ha de sentir la responsabilidad de sostenerse y de sostener a los demás, porque el verdadero amor a Dios lleva consigo un continuo servicio a todas las almas, y concretamente a las de aquellos con los que se convive. Hay obligación de no privar a los demás de la caridad de la oración, del ejemplo, de la mortificación, de la oportuna corrección, de la alegría sobrenatural y humana y de la delicadeza. Todos han de sentir siempre aquel grito del Apóstol: ¿quién enferma que yo no enferme con él?
No hay que extrañarse, sin embargo, de que, a pesar de todo, surja en alguno la tentación de volver la cara atrás —cfr. Luc. 9, 62—: porque el demonio, con la complicidad de las debilidades de cada uno, trata de derribar el edificio de la vida interior.
Con la gracia de Dios, siempre serán pocos los miembros de la Obra que abandonen su vocación, entre otros motivos, porque —además de haber comprobado previamente que reúnen condiciones, en relación, sobre todo, con una serie de virtudes humanas básicas:
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sinceridad, reciedumbre, espíritu de trabajo, etc.— todos piden la Admisión con un conocimiento suficiente de las exigencias de la entrega; porque son vocaciones maduras, de personas que ya han superado las posibles crisis espirituales de la adolescencia; porque reciben una formación sincera, abierta, que les ayuda a valorar, en medio de la realidad del mundo, la hondura sobrenatural de su camino; porque cada uno tiene recursos sobrados para desenvolverse social y económicamente; y sabe que lo mismo que no necesita de la Obra para vivir, él tampoco es necesario para la Obra: nadie está en el Opus Dei por conveniencia; porque ninguno se siente nunca coaccionado o forzado humanamente a seguir el camino; su entrega a Dios fue libre, y libre sigue siendo su perseverancia: todos saben que, para salir, tienen la puerta abierta.
De todos modos, resulta inevitable que algunos se vayan. Es una prueba más del vigor sobrenatural y de la salud de espíritu de la Obra. Como todo cuerpo sano, se resiste a asimilar lo que no le conviene, y expulsa inmediatamente lo que no asimila. Y no sufre por eso: se robustece. En concreto, no puede extrañar —lo contrario no sería normal— que durante el año y medio de prueba, algunos no sigan adelante. En la gran mayoría de los casos, no son defecciones: se trata simplemente de que los Directores —o el mismo candidato— comprenden con claridad que no está en condiciones de continuar.
No obstante, como exigencia fundamental de la caridad cristiana, y como deber de justicia, las personas que se ocupan en tareas de formación y de dirección, han de estar muy atentas, para descubrir desde el prin-
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cipio los síntomas de la infidelidad, apartando los obstáculos que se puedan presentar y proporcionando en cada momento los medios necesarios para vencerlos: no estarían exentos de pecado si, por negligencia, por inadvertencia culpable, por no haber tomado a tiempo las medidas necesarias o por haber descuidado su formación, alguno se apartara del camino emprendido.
El amor a las almas mueve a no dejar que se separe, o se aleje de la Obra, nadie que se haya acercado con el noble deseo de servir a Dios. Si en un alma se presenta alguna vez esa situación, hay que recordarle que los miembros de la Obra, por ser cristianos corrientes, que viven en la calle, y aman al mundo sin ser mundanos, saben los peligros que les acechan, y cuentan con la gracia de Dios que todo lo puede. Los peligros —los ha habido siempre— no se ignoran: se afrontan hablando con sinceridad. De este modo, se adquiere una conciencia bien formada, capaz de superar, con la práctica de las virtudes, el ambiente que no sea de Cristo. Cuando se habla claramente, con la verdad de Dios, el diablo —padre de la mentira— no puede hacer nada.
Unas veces, la tentación aparece de forma descarada; las más, solapadamente, hasta con pretextos de caridad (cfr. Camino, n. 134). Pero en todos los casos hay que ayudar a quien la sufre, para que sepa descubrir los engaños del enemigo y para que venza, con la gracia de Dios.
De vez en cuando, esas tentaciones se pueden presentar ante el esfuerzo que supone luchar contra "el cuerpo de muerte" que clama por sus fueros perdidos
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(Camino, n. 707), o contra el corazón, cuando haga sentir que es de carne (Camino, n. 504). Es el momento de ayudar a esa alma, para que no se asuste ni se extrañe: que siga luchando con optimismo y con entusiasmo, porque la santa pureza es una afirmación gozosa; que fomente su esperanza; que se acoja confiadamente a la protección de su Madre Santa María y a la defensa que le presta su Ángel Custodio; que rece y mortifique sus sentidos, su imaginación y su curiosidad; que no tenga la cobardía de ser "valiente" (Camino, n. 132), que se aparte decididamente de las ocasiones, aunque tenga que ser heroico; que sea salvajemente sincero con Dios, consigo mismo y con las personas que dirigen su alma; que profundice en humildad. Sí pone los medios recomendados tradicionalmente por la ascética cristiana, la victoria final es segura, aunque se pierda alguna batalla.
En otras ocasiones, las dificultades provienen de las lecturas, así como de consejos de personas amigas más o menos íntimas o, incluso, de los propios parientes. Entonces, la prudencia y la fortaleza de los que dirigen sabrán aconsejar, en cada caso, la conducta más acertada para disipar esos obstáculos, quizá aparentes, y así, irle conduciendo poco a poco, como por un plano inclinado muy tendido.
La comodidad y la cobardía pueden originar también retrocesos en la marcha de alguno. Hay que exigirle entonces con cariño, pero con fortaleza, para que responda con generosidad a lo que Dios le pide: que sepa desprenderse de su egoísmo, de su poltronería, de sí mismo; que se esfuerce, sea fiel y confíe en la gracia de Dios.
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La soberbia, frecuentemente disfrazada de humildad, es el obstáculo más fuerte, si se presenta; normalmente, no suele aparecer sino al cabo del tiempo. Tiene manifestaciones de susceptibilidad, de espíritu crítico, de falta de docilidad, etc. En estos casos, es preciso hacer ver claramente al interesado que esas ideas o reacciones son tapujos de su soberbia. Para vencerla, tiene que ser sincero consigo mismo, para serlo con Dios; y dejarse llevar dócilmente. Si es necesario, hay que decirle las cosas con mucha claridad y fortaleza, que es muestra de caridad, y así lograr que con la gracia de Dios reaccione: no se puede ceder, ni quedarse entre dos aguas.
Para ayudar eficazmente a un alma que atraviesa una mala temporada, los que la atienden han de intensificar su propia vida interior, e invocar la ayuda del Espíritu Santo para que les ilumine. Han de ejercitar especialmente las virtudes de la prudencia y de la fortaleza, para descubrir las verdaderas causas de esa enfermedad espiritual, sin dejarse engañar por las falsas razones que el interesado inconscientemente pueda aducir, para justificar sus palabras o sus acciones; y para aplicar con decisión y energía los remedios convenientes. En su oración personal encontrarán la luz y la fuerza, para ser buenos instrumentos en manos de Dios.
Al sentir esta preocupación por las almas, es necesario, además, trabajar con los pies en la tierra. Cada persona necesita una medicina apropiada, porque cada enfermo es un caso particular; pero es importantísimo estar atentos a las causas que producen reacciones análogas, para prevenir a los interesados.
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En resumen, cuando algún miembro de la Obra manifiesta el deseo de abandonar su vocación, es de justicia que los Directores pongan todos los medios que estén a su alcance, haciendo lo posible y lo imposible, para que —respetando siempre su libertad— reaccione y sea fiel a la gracia de la llamada. Es éste el mejor proselitismo: procurar que no se pierdan los que ya son instrumento, red; conseguir que no se rompa la red. Este grave deber de justicia es aún más imperioso cuando se trata de alguna persona que —por su edad o por los servicios que ha prestado a la Obra— se debe considerar como uno de nuestros hermanos mayores.
Hay que tener en cuenta que las crisis que pueden sobrevenir alguna vez, no se presentan nunca de improviso: van precedidas de una larga etapa, con síntomas precisos, que los Directores y los que conviven con esa persona determinada pueden y deben advertir. Por eso, si se diese el caso de una defección de la que no se supiese explicar las causas, nuestro Padre no excusaba de pecado, y en ocasiones de pecado grave, a los Directores y a los que hubieran convivido con aquel hijo suyo, porque no habrían sabido facilitarle los medios para perseverar; medios a los que tenía derecho. Se le debe ayudar a tiempo, y siempre es tiempo.
Cuando hay caridad —que es cariño humano y sobrenatural—, es muy fácil darse cuenta de las necesidades de los demás. La caridad verdadera —cariño auténtico—, que se ha vivido siempre en la Obra, sabe descubrir esos síntomas y valorarlos convenientemente, y ayudar con la corrección fraterna, cuando el mal está sólo en sus comienzos y es fácil de curar. Los Directores —con caridad y con fortaleza, con prudencia y
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con autoridad— deben poner en estas ocasiones los remedios espirituales convenientes: disponen de toda la farmacopea. En general, las almas se rehacen, si encuentran en sus Directores caridad —cariño— y fortaleza.
A los que intentan abandonar su vocación, se les debe ayudar espiritualmente, y —sin coacción ninguna— tratar de que reaccionen. Posiblemente, están cegados, obcecados, y es entonces cuando necesitan más que nunca de la serenidad de juicio del Director, que les enseñará a valorar los problemas con sentido sobrenatural; y procurará emplear también, si es conveniente, medios humanos nobles, para evitar las circunstancias que sean, o puedan ser, la ocasión o el origen de esas tentaciones contra la vocación.
Cuando se llega a una crisis así, hay apasionamiento en quien la sufre, y por lo tanto, se han de poner —con un derroche de caridad y de paciencia— todos los medios para atraerlo al buen camino. Es necesario aconsejarle que lo piense bien y durante más tiempo; que espere y medite despacio ese paso, haciéndole ver la Bondad de Dios, para que no se precipite y tome decisiones de las que podría lamentarse siempre; se le mostrará la ayuda que la fidelidad supone para su salvación y el daño que la infidelidad puede hacer a los demás. Se procurará hacerle comprender que otra actitud, al cabo del tiempo, le llenaría de pena y le avergonzaría delante de Dios, de su conciencia y de los hombres; que negarse a recibir la ayuda sobrenatural que se le ofrece, precisamente en ese momento de ceguera, es tentar a Dios Nuestro Señor, exponiéndose a perder la felicidad terrena —el gaudium cum pace— y
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tal vez la eterna. Como, de ordinario, suele faltar la sinceridad a quien padece esta crisis, hay que tratarle con mucho cariño —lleno de sentido sobrenatural—, para que acabe abriendo completamente el alma, y sea humilde y dócil. Es el camino seguro para perseverar, con la gracia de Dios, que no le faltará.
En concreto, convendrá enterarse con prudencia de qué clase de amistades cultiva; si tiene intimidad con alguna persona; si se aconseja con algún eclesiástico (ajeno a la Obra), en lugar de hacerlo con sus hermanos; qué correspondencia envía y recibe, pues quizá escriba a parientes, a amigos o a otras personas que le hagan muy poco bien; qué libros lee.
En este tiempo —y aún después— es natural que le falte el gusto en cumplir los deberes de su compromiso de amor, que —después de haber abandonado los medios de santidad que el Señor da en la Obra— sienta desgana por las cosas de Dios. Todo esto podrá superarlo si voluntariamente hace penitencia, con la aprobación del Director, y pone todos los medios sobrenaturales que el espíritu de la Obra le ofrece. Por su parte, los Directores han de rezar mucho, hacer rezar, y ofrecer mortificaciones, para que Nuestro Señor le ilumine y le haga volver sobre sus pasos.
Si se trata de un Numerario, es muy conveniente que tenga el mayor tiempo posible de vida en familia con las demás personas del Centro, acompañándole prudente y delicadamente. Si, después de agotar todos los medios, no reacciona, en algunos casos —después de ponderarlo bien—, el Consejo local puede pedir a la Comisión Regional que le conceda la dispensa de la vi-
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da en familia durante unos meses, multiplicando entonces los detalles de atención y de cariño, para que durante ese tiempo pueda pensar las cosas despacio y se decida a ser fiel. Muchas veces, por este medio, se logra una reacción favorable y se consigue que desaparezcan las dificultades.
Si, en alguna ocasión, un Numerario o Agregado, sin licencia del Director, abandona el Centro al que está adscrito, y no se consigue dar con su paradero, se informa enseguida a la Comisión Regional, y a nadie más. En ese caso, convendrá que un sacerdote Numerario —prudente y con experiencia— vaya a hablar con la familia, para exponer las cosas con prudencia y con claridad, a fin de que, si es posible, se logre saber dónde se encuentra el interesado. Cuando se consigue hablar con él, se comunica a la Comisión Regional y, con mucha caridad y fortaleza, se ponen los medios para ayudarle a seguir luchando.
Como es natural, de todos estos casos, los Consejos locales informan enseguida y oportunamente a la Comisión Regional.
Los que no siguen adelante
Cuando, a pesar de todo, alguno no persevere, hay que tratarle siempre con mucha caridad y delicadeza: ayudarle, disculparle, comprenderle; también entonces, hacer con él lo que querríamos que hiciesen con nosotros, si nos encontrásemos en las mismas dolorosas circunstancias.
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Tenemos una bendita experiencia, que no deja de ser una gracia especial de Dios: los que abandonan su vocación mantienen siempre un cariño grande a la Obra; es lógico que sigan amando lo que amaron. El hecho de que no siguieran adelante, no es razón para que no continúen unidos —pegados— a la Obra; y colaborando de alguna forma —con su oración, con su limosna— en los apostolados. En cualquier caso, los Directores han de tomar las medidas —dictadas por la caridad y por la prudencia— para que no se perturbe el buen espíritu de los demás, ni se creen confusiones o situaciones equívocas: por ejemplo, si mientras no pasen muchos años, se les permitiera que con demasiada frecuencia y confianza visitasen nuestros Centros, o se les invitara a comer allí; si se tuviera con ellos una excesiva familiaridad, en el trato y en las conversaciones, como si no hubiera pasado nada; si se les contaran cosas de la vida en familia, o si se les hiciera intervenir prematuramente y con cierta autoridad y responsabilidad en actos o en trabajos relacionados con la Obra y que, por ser públicos, pudieran tener una cierta difusión. La mejor manera de manifestar su buena disposición es que ayuden generosamente —según su capacidad— en las labores de apostolado, al menos durante bastante tiempo.
Si alguno, que ha solicitado la Admisión como Numerario o Agregado y no ha hecho la Oblación, carece de las condiciones que deben reunir estos miembros, o no desea seguir, el Consejo local puede decidir que continúe como Supernumerario. Únicamente deberá consultar previamente a la Comisión Regional, si existen dudas sobre la conveniencia de esa determinación.
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Antes de decidir, el Consejo local ha de asegurarse de que esa persona reúne las condiciones necesarias, está dispuesta a afrontar con generosidad las exigencias que comporta la entrega como Supernumerario, y no hace esa petición por comodidad o por tibieza en su respuesta a la vocación: es decir, se ha de llegar a la conclusión clara de que no tiene condiciones para Numerario o para Agregado; de lo contrario, resulta preferible nombrarle Cooperador, si lo desea. En su caso, queda adscrito a un Centro de Supernumerarios que no tenga su sede en el mismo Centro de San Rafael al que pertenecía hasta ese momento.
No es preciso que escriba otra carta pidiendo la Admisión, puesto que ya está admitido como Supernumerario desde la fecha de su petición de Admisión como Numerario o Agregado; si hubiera sido admitido como Numerario o Agregado, no tiene que repetir las clases del Programa de formación inicial que haya recibido. No obstante, a veces puede ser prudente dejar pasar un tiempo, para confirmar que el interesado reúne las condiciones para hacer la Oblación, pero nunca más de año y medio desde que pidió la Admisión como Numerario o Agregado. No será necesario superar ese plazo, porque la formación que habrá recibido será más intensa y más extensa, que la requerida en ese mismo tiempo para los Supernumerarios.
Quien en su momento no quedó como Supernumerario, si reúne condiciones y lo desea, podrá solicitar más adelante la Admisión como Supernumerario, previa consulta del Consejo local a la Comisión Regional. En cambio, no volverá a solicitar de nuevo la Admisión como Numerario o Agregado, sino muy excepcional-
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mente. El Consejo local no puede conceder ese permiso, porque sería inválido. Ha de comunicar a la Comisión Regional las circunstancias del caso, y esperar la respuesta.
Si una persona causa baja después de haber hecho la Oblación como Numerario o Agregado, se le puede recibir como Cooperador. Si posteriormente muestra tener condiciones y lo desea, puede solicitar la Admisión como Supernumerario, de manera excepcional y después de transcurrir, por lo menos, cinco años desde que causó baja; tampoco el Consejo local tiene facultad para dar este permiso: ha de consultar previamente a la Comisión Regional.
Cuando un Supernumerario no sigue adelante antes de hacer la Oblación, se procura que quede como Cooperador. Si alguno desea, al cabo del tiempo, solicitar de nuevo la Admisión como Supernumerario, o como Numerario o Agregado, y el Consejo local considera que hay razones excepcionales para atender esa petición, las comunica a la Comisión Regional, por si es posible atender esa solicitud.
Cuando un Supernumerario causa baja, después de haber hecho la Oblación, puede quedar como Cooperador, si lo desea; en algún caso, del todo excepcional y después de transcurrir mucho tiempo, se puede consultar a la Comisión Regional la posibilidad de que vuelva a solicitar la Admisión como Supernumerario.
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