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 Tus escritos: Sobre la vocación y la ‘no-vocación’...- Josef Knecht

125. Iglesia y Opus Dei
Josef_Knecht :

Sobre la vocación y la ‘no-vocación’, en diálogo con Ana Azanza y con Mineru

Josef Knecht, 14 de diciembre de 2007

 

 

En su escrito del 10.12.07, Ana Azanza vuelve a sostener su tesis, que anteriormente intenté rebatir, sobre la inexistencia de la vocación al Opus Dei. Y lo hace porque Chispita (3.12.07) y Mineru (7.12.07) han vuelto a plantear este tema.

 

 

1. En diálogo con Ana Azanza.

 

En la argumentación de Ana (10.12.07) hay una excesiva generalización. Quienes han sido captados por el proselitismo de la Obra, ciertamente no tienen vocación (y en este punto Ana acierta); pero quienes ingresan con libertad y con conciencia vocacional –de que Dios los o las llama– sí la tienen. Y hay gente así. La casuística humana es muy amplia, y no hay que excluir que alguien reciba y sienta la llamada a la Obra, por muy imperfecta y errónea que sea la práctica proselitista impulsada por los directores del Opus Dei. Además de la inmensa variedad en la vida humana y de la rica multiplicidad de las circunstancias personales, no hay que olvidar que Dios está por encima de los errores humanos, de los fanatismos religiosos y de los “montajes” promovidos por esos fanáticos.

 

Siento de veras discrepar con Ana en este tema porque la historia “vocacional” mía en el Opus Dei se parece bastante a la suya. También yo fui captado y manipulado en mi juventud, pues los directores de la Obra vieron en mí, como en Ana, un joven educado en el más rancio catolicismo y me comieron el coco (o sorbieron los sesos) creando en mi entorno un ambiente coactivo y estimulante basado en cálculos y astucias psicológica y sibilinamente estudiados con el fin de condicionarme a pedir la admisión a la Obra; tampoco experimenté un periodo de discernimiento vocacional. La historia mía y la de Ana se asemejan, pues, mucho. En el momento actual, tengo clara autoconciencia de que no tuve vocación a la Obra, ya que, tras madurar humana y espiritualmente, he comprendido que fui víctima del proselitismo de la Obra. Padecí, pues, lo mismo que Ana, y en el plano personal Ana y yo hemos llegado a la misma conclusión: que no hemos tenido vocación a la Obra. Pero me diferencio de ella en que no extraigo de esa experiencia una conclusión general: en mi modesta opinión, puede haber gente en la Obra que no haya sido coartada. Sí, la vida es muy amplia, y la casuística puede ser casi infinita. Me diferencio de Ana en que mi postura es más flexible y no tan rígida como la de ella: “lo que me pasó a mí, pasó y pasa a todos”, es su argumento; pero creo sinceramente que esta generalización no se puede ni debe hacer...



Repito que, además, Dios está por encima de los errores humanos y de los fanatismos religiosos. Me explicaré. Según enseña el profeta Isaías, nacido hacia el 765 a. C., el ser supremo es un “Dios escondido” u “oculto”, un “Deus absconditus” (Isaías 45,15), lo cual significa, entre otras cosas, que Dios transciende infinitamente al mundo y al ser humano en el plano ontológico y que sobrepasa en el plano moral las mezquindades y los reduccionismos que los hombres nos hayamos forjado acerca de Él. Por tanto, quienes, motivados por el fanatismo religioso o el integrismo teológico, practican el proselitismo presentan un concepto mezquino, estrecho y reduccionista de Dios. El profeta Isaías –y siglos después Jesús de Nazaret en su controversia con los fariseos y con los mercaderes del Templo de Jerusalén– se contrapone a esa visión falsa y, en el fondo, idolátrica de Dios. Efectivamente, los directores y los sacerdotes de la Obra, cuando recurren a prácticas proselitistas, también incurren en ese grave reduccionismo teológico. Son igualmente reduccionistas a la hora de entender el sacerdocio cristiano; por eso, me alegré de comprobar que Ana Azanza ha superado la visión distorsionada que en el Opus Dei se vive acerca del sacerdocio, pues en su escrito del 5 de diciembre de 2007 así lo manifiesta: “Me ha parecido muy oportuna la defensa y comparación que hace Sirdan de lo que es un cura católico corriente y de lo que es un cura numerario. Está muy bien el artículo y creo que es de los que de verdad ayudan a poner en claro que es lo que hemos vivido y a sacudirse la obnubilación e idolatría hacia el opus que hemos sufrido en un momento de nuestra vida”. Suscribo y hago mías estas acertadas palabras de Ana.

 

Pues bien, de la misma manera que hay que superar la visión reduccionista y caricaturesca del sacerdocio vivida en la Obra, también hay que superar el reduccionismo teológico que los directores, las directoras y los sacerdotes de la Obra enseñan. En mi opinión –y sin afán de ofender–, Ana Azanza, al afirmar que la vocación no existe, todavía cobija en su corazón el concepto mezquino de Dios que las directoras le inculcaron cuando ella era jovencita. Quienes practican proselitismo deforman y empequeñecen el concepto de lo divino y quienes niegan que Dios pueda llamar y suscitar vocaciones incurren en un error muy similar. ¿Quiénes somos nosotros para poner puertas al campo y acotar la acción divina? Aunque los fanáticos proselitistas pretendan acallar la voz de Dios y sustituirla por la suya propia, el Deus absconditus sigue estando por encima de ellos y llama a quien quiera y como quiera; aunque otros, tal vez resentidos, pretendan acallar la voz de Dios pregonando que la vocación no existe, el Deus absconditus sigue estando por encima de ellos y llama a quien quiera y como quiera.

 

El libro bíblico de Job abunda en esta idea de la misteriosa transcendencia de Dios que puede hacérsenos incomprensible cuando un hombre justo padece injustamente sufrimientos. Las experiencias místicas de san Juan de la Cruz (1542-1591), bellamente plasmadas en su poemario, también exponen esta difícil dimensión de lo divino. Cito una estrofa de Canciones del alma:

 

 “Entréme donde no supe

y quedéme no sabiendo

toda ciencia trascendiendo.

Yo no supe dónde entraba

pero cuando allí me vi

sin saber dónde me estaba

grandes cosas entendí

no diré lo que sentí

que me quedé no sabiendo

toda ciencia trascendiendo”.

 

He mencionado a san Juan de la Cruz porque padeció injustamente juicios y encarcelamiento a consecuencia de los debates internos de la orden carmelitana. Pero, en atención a su magnanimidad, no permitió albergar resentimientos y no se dejó inficionar del concepto distorsionado de Dios que tenían los maquinadores de sus desgracias. ¡En eso radican precisamente la grandeza de la vida humana y la santidad! Y en eso consiste el misterio de Dios y también el misterio del hombre.

 

Dios es capaz de suscitar santidad incluso en el más fétido de los estercoleros humanos. Una prueba de ello es el testimonio de san Maximiliano Kolbe (1894-1941), que fue asesinado en el campo de concentración de Auschwitz, siendo esos campos de exterminio unas de las creaciones más diabólicas del género humano. Y, por supuesto, cuando afirmo que Dios suscita santidad en esas situaciones extremas o inhumanas, no estoy pensando en San Marqués (1902-1975), pues tengo bien claro que su proceso de canonización ha sido uno de los montajes más fraudulentos de la historia de la Iglesia contemporánea.

 

Otro buen ejemplo histórico que se puede aducir a este respecto es la dura prueba espiritual que tuvo que atravesar el gran teólogo y dominico francés Yves-Marie Congar (1904-1995), cuando en los años cincuenta del siglo XX fue censurado y castigado por el Santo Oficio romano. En el libro de Isabel de Armas, La voz de los que disienten. Apuntes para san Josemaría, Foca, Madrid 2005, págs. 207-212, Isabel cita un extenso texto del propio Congar en el que plasma de manera conmovedora su intimidad en aquellos dolorosos momentos de noche oscura del alma. Recomiendo encarecidamente a los lectores de Opuslibros ese texto de Congar citado por Isabel de Armas.

 

Todos estos personajes, a los que se podrían añadir santa Juana de Arco (1412-1431) o santa Josefina Bakhita (1869-1947), víctima de la esclavitud, a la que mencioné en mi escrito del 3.12.07, tienen como denominador común el hecho de que no se contagiaron de la energía negativa de sus torturadores, inquisidores y malhechores. Y por ello pueden resultar ejemplares para muchos ex-miembros de la Obra, pues, sobre la base de la transcendencia de Dios (Deus absconditus), no tiene sentido alguno guardar resentimientos de ningún tipo.

 

Uno de los motivos por los que me desvinculé del Opus Dei fue, precisamente, porque no quería comulgar con el concepto reduccionista de Dios –como si a Dios se lo pudiera meter en un canuto–, que los directores de la Obra pretendían inculcarnos. Y por ello deseo de todo corazón que de una vez por todas también Ana Azanza erradique de su conciencia ese falso concepto de Dios que las fanáticas directoras le inculcaron en los años en que perteneció a la Obra: un dios de diseño idolátrico ni existe ni suscita vocaciones, pero el Dios verdadero sí. Recordemos estas palabras de Benedicto XVI: “Dios es el fundamento de la esperanza; pero no cualquier dios, sino el Dios que tiene un rostro humano y que nos ha amado hasta el extremo, a cada uno en particular y a la humanidad en su conjunto” (Encíclica Spe salvi [30.11.07], nº 31). Aquel “Dios oculto” de Isaías se ha hecho hombre en Jesús de Nazaret, acontecimiento que recordaremos en la próxima Navidad.

 

Efectivamente, Ana Azanza tiene toda la razón del mundo cuando sentencia que hemos de sacudirnos la obnubilación e idolatría hacia el Opus que hemos sufrido en un momento de nuestras vidas. ¡Feliz Navidad, pues, a Ana y a todos!

 

 

2. En diálogo con Mineru.

 

Estoy de acuerdo con Chispita (3.12.07) en que se debe someter al Opus Dei a una reforma. Así lo he expuesto en mi escrito del 12.12.07.

 

Y también estoy de acuerdo con lo que Mineru afirma en su escrito del 7.12.07 acerca de la naturaleza de la vocación a la Obra. La tesis de Mineru, fundamentada en un serio análisis jurídico, concuerda bastante con la que expuse en mi escrito del 12 de octubre de 2007 cuando en él critiqué tesis del profesor José Luis Illanes. En contra de lo que digan Illanes y la “Escuela de Navarra”, la vocación al Opus Dei no se identifica con la vocación general de todo cristiano a la santidad, sino que es una vocación específica y debe encuadrarse en el fenómeno asociativo de la Iglesia.

 

No estoy tan de acuerdo con Mineru en lo que dice en su escrito del 12.12.07. Si he entendido bien, Mineru distingue entre una “vocación” teologal de tipo general y común a todo ser humano y una “vocación” excesivamente individualista adaptada a aspectos muy específicos de cada persona (inclinación, propensión, estímulo, afecto, etc., todo ello unido a una voluntad instrumental, distinta de la vocación absoluta o teologal). En parte estoy de acuerdo, ya que toda llamada divina se adecua a las características personales del llamado y a las circunstancias históricas del momento. Pero sí hay en la Iglesia vocaciones “específicas”, que son las que se corresponden con cada carisma o corriente de espiritualidad (por ejemplo: benedictinos, carmelitas, dominicos, franciscanos, jesuitas, teresianas y un largo etcétera); aunque estos carismas, con sus correspondientes vocaciones personales, no sean esenciales para la vida de la Iglesia, sí existen y, además, por cumplir una importante función histórica impulsada por el Espíritu de Dios, no pueden descalificarse de irracionales o carentes de razón de ser. No olvidemos que Benedicto XVI, en su reciente encíclica Spe salvi (nº 13-15), advierte que no debe presentarse la vocación cristiana de manera excesivamente individualista, ya que lo comunitario –y ahí intervienen los carismas concretos– es tan necesario en el Pueblo de Dios como lo personal (el término “carisma” significa “don” que se ha de poner al servicio de toda la comunidad cristiana).

 

El hecho de que un carisma determinado no sea esencial para la Iglesia explica que haya habido órdenes religiosas que, tras años de florecimiento, hayan desaparecido. También explica que, excepcionalmente, la autoridad eclesiástica haya suprimido por vía administrativa la existencia de una orden, como fue el caso de los templarios en el siglo XIV, y es posible que esto vuelva a ocurrir, en el futuro, con alguna otra institución eclesial que se lo haya ganado a pulso por su mezquindad: ¿quién sabe? Pero esta casuística no anula por completo la validez de los carismas ni de las vocaciones específicas mientras sigan vigentes. El Espíritu de Dios sopla donde quiere y como quiere, adaptándose lógicamente a las circunstancias históricas de la humanidad y a las características personales del llamado.

 

Además, Mineru (7.12.07) acierta cuando nos hace ver que, para que un laico coopere orgánicamente con los sacerdotes de una prelatura personal, no necesita recibir de Dios ninguna vocación. Así es. La figura jurídica de prelatura personal no está diseñada para acoger carismas de la Iglesia, y, por tanto, los clérigos de la prelatura y los laicos cooperadores no necesitan recibir ninguna vocación divina para pertenecer a ella o cooperar en ella. Pongamos el ejemplo de una prelatura personal consistente en la atención pastoral de los católicos no-españoles inmigrantes y residentes en España o el  ejemplo de otra prelatura personal dedicada a la atención pastoral de católicos sordomudos; en estos dos casos, ni los sacerdotes de la prelatura ni los seglares cooperadores reciben vocación ni carisma alguno de parte de Dios. Los carismas son formas concretas y específicas de espiritualidad y, para ellos, no está prevista la figura jurídica de prelatura personal, sino otras figuras jurídicas también de tipo asociativo: órdenes religiosas, institutos seculares, movimientos o asociaciones laicales, etc. Las prelaturas personales, por el contrario, están concebidas para “promover una conveniente distribución de los presbíteros o de llevar a cabo peculiares obras pastorales o misionales a favor de varias regiones o diversos grupos sociales” (canon 294 del Código de derecho Canónico). Una prelatura personal es, pues, una asociación de sacerdotes que tiene esa finalidad; y, además, no todas las prelaturas personales han de contar con la presencia de laicos cooperadores. Como se puede comprobar, esta definición de prelatura personal no contempla la acogida de los carismas de la Iglesia y, por eso, para pertenecer a ella o cooperar en ella, no hace falta recibir una vocación especial.

 

En cambio, los estatutos del Opus Dei sí especifican que sus miembros reciben de Dios una vocación con el fin de comprometerse a vivir la espiritualidad o carisma propio de la Obra. Así nos lo ha recordado Mineru en su escrito del 7.12.07. (Además, no se olvide que la presencia de laicos en la Obra es esencial, mientras que en una prelatura personal no es ni siquiera necesaria).

 

Todo este planteamiento es contradictorio desde varios puntos de vista y, por eso, ha llevado a varios especialistas de Derecho Canónico a la conclusión de que el Opus Dei no debería ser una prelatura personal, sino que debería adoptar otra figura jurídica mejor adaptada a su “carisma” específico, ya que las prelaturas personales no están previstas para acoger carismas, sino para una mejor distribución del clero pensando en atender peculiares tareas pastorales. Además, el espíritu de la Obra es, en teoría, eminentemente laical, y las prelaturas personales son una figura jurídica exclusivamente clerical (los laicos cooperadores de los clérigos no pueden pertenecer a ellas como miembros plenos). A estas contradicciones ya me referí con más detalle en mi escrito del 25 de abril de 2007; en ese escrito intenté dar una explicación de esas extrañas contradicciones, apoyándome en varios especialistas en Derecho Canónico.

 

Daniel M., consciente de este mismo galimatías, propuso en su escrito del 1 de octubre de 2007 la sugerencia de que la prelatura del Opus Dei pasara a llamarse “Prelatura personal consagrada de la Santa Cruz y Opus Dei”; de esta forma, esa denominación expresaría la naturaleza espiritual del carisma que realmente se vive en la Obra: una vocación de personas consagradas, en conformidad con el artículo de Elena Longo publicado en la revista Claretianum 46 (2006), págs. 413-497. Según Daniel, puesto que las prelaturas personales son una figura jurídica de tipo asociativo y no de tipo jerárquico, pueden acoger carismas como las demás figuras jurídicas de tipo asociativo. Yo no comparto del todo esta opinión de Daniel, ya que, a tenor de lo que se afirma en el canon 294 arriba citado, las prelaturas personales no deberían acoger carismas específicos de determinadas espiritualidades, sino tan sólo distribuir debidamente el clero secular para que cubra peculiares y difíciles necesidades pastorales.

 

También se puede leer sobre este tema el libro de Isabel de Armas, La voz de los que disienten. Apuntes para san Josemaría, Foca, Madrid 2005, págs. 159-165, en que se plantea si es correcto o no que el Opus Dei sea una prelatura personal.

 

En fin, comprendo que este tema de la naturaleza jurídica de las prelaturas personales y el encaje del Opus Dei en ese ropaje jurídico sean cuestiones difíciles y arduas. Pero deseo resaltar que incluso en este ámbito, más estrictamente técnico, se hacen patentes las muchas contradicciones que emanan de la peculiar mentalidad de los directores de la Obra.

 

Termino reiterando mi más cordial felicitación navideña a mis amigos de Opuslibros.

 

Josef Knecht

14 de diciembre de 2007, fiesta de san Juan de la Cruz


Publicado el Friday, 14 December 2007



 
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