Bienvenido a Opuslibros
Inicio - Buscar - Envíos - Temas - Enlaces - Tu cuenta - Libros silenciados - Documentos Internos

     Opuslibros
¡Gracias a Dios, nos fuimos
Ir a la web 'clásica'

· FAQ
· Quienes somos
· La trampa de la vocación
· Contacta con nosotros si...
· Si quieres ayudar económicamente...
· Política de cookies

     Ayuda a Opuslibros

Si quieres colaborar económicamente para el mantenimiento de Opuslibros, puedes hacerlo

desde aquí


     Cookies
Utilizamos cookies propias y de terceros para obtener datos estadísticos de la navegación de nuestros usuarios y mejorar nuestros servicios. Si continúa navegando, consideramos que acepta su uso. Puede obtener más información aquí

     Principal
· Home
· Archivo por fecha
· Buscar
· Enlaces Web
· Envíos (para publicar)
· Login/Logout
· Ver por Temas

     Login
Nickname

Password

Registrate aquí. De forma anónima puedes leerlo todo. Para enviar escritos o correos para publicar, debes registrarte con un apodo, con tus iniciales o con tu nombre.

     Webs amigas

Opus-Info

NOPUS DEI (USA)

ODAN (USA)

Blog de Ana Azanza

Blog de Maripaz

OpusLibre-Français

OpusFrei-Deutsch


 Tus escritos: De Seminarios y Ordenaciones en el Opus Dei.- Haenobarbo

110. Aspectos jurídicos
Haenobarbo :

De Seminarios y Ordenaciones en el Opus Dei

Haenobarbo, 22 de febrero de 2008

 

 

En su último escrito, Josef Knecht, apunta un dato que tenía medio olvidado: a fines de los 80 “del siglo pasado”, Aralar fue erigido por la Prelatura como Seminario Internacional. Por qué? Para qué?, no bastaba el Colegio Romano, erigido en el corazón mismo de la cristiandad? Y esto me ha reavivado otros recuerdos.

 

La erección de Aralar como Seminario Internacional de la Prelatura, no estaba en los planes originales. En los años 80 y en realidad desde las mismas discusiones conciliares, el tema de la formación de los futuros sacerdotes estaba en el candelero. En esos años se produjeron, por parte de las autoridades competentes, varios documentos sobre la materia, en los que se revalorizaba la figura del seminario en relación con la formación sacerdotal...



 

 La praxis anterior al Concilio había abierto quizá mucho la mano en esta materia, al punto que muchos sacerdotes no habían pasado materialmente por ninguno, no obstante estar formalmente adscrito a alguno de los seminarios existentes: muchos estudiaban por libre, o bien a la sombra de algún sacerdote piadoso y competente, que los tomaba a su cargo y respondía por la seriedad de los estudios y a lo mas se examinaban en un seminario. Así se ordenaron los primeros sacerdotes del Opus Dei: el fundador eligió los maestros mas doctos que pudo conseguir, los reunía en algún lugar y ahí en privado les impartía las asignaturas y los hacía examinar: dejemos de lado las razones, si acaso las hubo, por las que no quiso que asistieran a clases formales en algún seminario. No viene hoy al caso.

 

Mas adelante se erigió el Colegio Romano, que en condiciones muy precarias funcionó en el pensionato, -la casa del portero- de lo que sería Villa Tevere, donde los alumnos estudiaban sentados en las escaleras, o trepados en andamios mientras vigilaban a los obreros y más tarde también en Terracina, cuando el fundador se dio cuenta que necesitaban un poco de aire para no perecer en el intento. Todo esto con gran espíritu de sacrificio y desde luego con un altísimo nivel de excelencia académica... seguramente.  

 

Ahí mismo, con maquinillas de escribir en las rodillas, redactaban las tesis doctorales que luego defendían con honores en el Angelicum o en el Laterano. Obviamente jamás en la Gregoriana.

 

Pues bien, en medio de este ambiente de revalorización de la figura del Seminario, se erige la Prelatura Personal, con facultad de erigir Seminario Internacional, para la formación de su propio clero. 

 

Mientras el Prelado no fue obispo, se vio en la necesidad de buscar un obispo que ordenara, con las debidas cartas dimisorias, a los diáconos y presbíteros de la Prelatura. Este obispo, desde luego no era el primero que pasaba: se procuraba invitar a ordenar a cardenales y obispos de especial relieve y en varias oportunidades a aquellos que no fueran especialmente afectos a la Obra, de modo que vieran con sus propios ojos a la familia reunida, o a aquellos que por sus funciones podían influir en el resultado final de la configuración jurídica.

 

Más tarde le pareció oportuno cederle al Sumo Pontífice la ordenación de sus sacerdotes. Se decía que lo hacia para que el número de sacerdotes ordenados por el Papa fuera significativo: en la práctica el Opus Dei ponía la mitad y a veces un poco mas del total de los ordenandos, la otra mitad provenía de diversas diócesis y congregaciones religiosas.

 

Tanto para que el Papa ordenara, como para que lo hiciera cualquier otro obispo, es necesario proveerlos de la documentación necesaria que avale los estudios realizados, la edad del candidato, el hecho de estar bautizado y en su caso las dimisorias -que en el caso del papa no se daban- si se habían cumplido los intersticios entre una y otra ordenación etc. ¡Y ahi, saltó la liebre!!!!!

 

En los corrillos romanos empezó a comentarse que los clérigos de la Prelatura sólo pasaban dos años en el Seminario, cuando lo que la Iglesia venía urgiendo desde los tiempos del Concilio, era que al menos viviesen materialmente en el seminario los cuatro años de los estudios teológicos. Pero la Prelatura no podía mantener estacionados en Roma cuatro años a sus seminaristas. Entonces se les ocurrió la idea de erigir formalmente Aralar como sede también del mismo Seminario Internacional, de forma tal que los alumnos del Colegio Romano, pasaran a Aralar, donde su presencia se notaba menos y así poder  documentar cuatro años de permanencia en el Seminario.

 

Mas o menos por esta época, el Papa dejó de ordenar a los sacerdotes de la Prelatura. No conozco las razones que lo motivaron. Sólo puedo apuntar tres datos que quizá pueden ayudar a una explicación o al menos a parte de ella, siempre salvando las intenciones.

 

Por una parte es cierto que habían murmuraciones y comentarios, sobre todo por parte de religiosos, en el sentido de que la Prelatura buscaba lucirse, aportando mas de la mitad de los ordenandos, cuando muchas Ordenes y Congregaciones y aun diócesis, no podían ofrecerle al Papa mas de dos o tres candidatos. Esto bien visto recto corde et animo volente, no eran más que humanos celos, pero los celos son humanos y hay que contar con ellos... supongo que todos deberían alegrarse de que hubiera mas ministros del Señor sin importar su procedencia... pero eso es otro tema.

 

Por otra parte, el Prelado, convertido ya en obispo y por lo tanto con la sacra potestas necesaria para ordenar, se estaba privando de ejercerla, cosa que de algún modo deslucía la figura de la Prelatura como parte de la estructura jerárquica de la Iglesia.

 

En tercer lugar, el tema de los intersticios, también era objeto de comentarios. El intersticio no es otra cosa que el tiempo que debe mediar entre la recepción de una y otra Orden sacra. En el derecho antiguo, cuando aun existían las llamadas Ordenes Menores y el subdiaconado –todas ellas de derecho humano, la dispensa de intersticios era cosa común: de hecho las Ordenes Menores solían recibirse todas juntas sin respetarlos, y para las Ordenes Mayores, la dispensa era cosa común. Después del Concilio, suprimidas las Ordenes Menores y el Subdiaconado y revitalizada la figura del Diácono como preparación próxima al presbiterado y como asistente del presbítero y de la comunidad en la que ejercía su ministerio, la idea de que el intersticio de dos años, entre la recepción de una y otra ordenación debía respetarse fue tomando carta de estado. 

 

En la Prelatura los diáconos no sirven prácticamente para nada, apenas para solemnizar alguna celebración mediante el uso de espléndidas dalmáticas con gorjal y todo, y por lo tanto mantenían la dispensa de intersticio como práctica común: los diáconos se ordenaban en verano en Torreciudad y unos meses después, previa la dispensa, recibían la ordenación sacerdotal. 

 

Esta irregularidad, respecto a lo que la Iglesia universal impulsaba, se hizo patente cuando la documentación correspondiente empezó a llegar a la oficina del Maestro de Ceremonias Pontificias, y de hecho fue observada: la Prelatura debería procurar respetar los intersticios. Y así, quizá alguno de los lectores haya notado que en esa época las ordenaciones de diáconos y presbíteros empezaron a distanciarse un poco más, aunque nunca llegaron a los dos años preceptivos: que hacia la Prelatura con unos señores de sotana polulando por los pasillos durante dos años sin poder celebrar Misa ni confesar? Sin hacer otra cosa que predicar? Sin poder pasar a la otra sección a ejercer su ministerio? (la dispensa del diaconado es mas sencilla que la del presbiterado... ojo con el dato y a volar la imaginación!!). Vistas todas estas cosas, no era mas sencillo que el obispo ordenante fuera el propio Prelado?...

 

Peto veniam et poenitentiam por esta disertación tan larga y farragosa, pero por más que he tratado no he podido hacerla mas concisa, al menos para que las cosas tengan una mínima explicación.

 

Haenobarbo


Publicado el Friday, 22 February 2008



 
     Enlaces Relacionados
· Más Acerca de 110. Aspectos jurídicos


Noticia más leída sobre 110. Aspectos jurídicos:
Estatutos del Opus Dei - 1982


     Opciones

 Versión imprimible  Versión imprimible

 Respuestas y referencias a este artículo






Web site powered by PHP-Nuke

All logos and trademarks in this site are property of their respective owner. The comments are property of their posters, all the rest by me

Web site engine code is Copyright © 2003 by PHP-Nuke. All Rights Reserved. PHP-Nuke is Free Software released under the GNU/GPL license.
Página Generada en: 0.183 Segundos