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 Tus escritos: Magisterio paralelo en el Opus Dei: sobre la inmortalidad del alma.- Doserra

125. Iglesia y Opus Dei
Doserra :

Copio a continuación el guión n. 26 de la serie de Guiones doctrinales de actualidad, que sale al paso de diversas interpretaciones de la Sagrada Escritura en clave materialista, que niegan la inmortalidad del alma humana.

 

En este caso, han tenido el acierto de añadir como anexo una Carta que la Congregación para la Doctrina de la fe publicó en 1979 sobre esa misma materia.

 

Eso sí, al comparar el estilo del guión con el del documento magisterial, se ponen en evidencia las carencias del escrito de la Dirección Espiritual del Opus Dei:

 

1º) es un discurso más racional que teológico, que se apoya en argumentos racionales y condenas de siglos pasados, más que en la reflexión sobre la Palabra de Dios y la tradición viva de la Iglesia; y

 

2º) emplea un tono negativo y condenatorio, en lugar de ejercer la caridad y el diálogo en la expresión de la verdad, como hace el escrito de la Congregación.

 

Saludos cordiales,

 

Doserra

 

 

Ref. avH 10/70                                        nº 26

 

SOBRE LA INMORTALIDAD DEL ALMA

 

...



 

1. El materialismo marxista, el existencialismo que identifica el ser con el tiempo (o con el aparecer, o con el acontecer, dentro del a priori espacio-temporal), el positivismo y el empirismo en sus diversas formas, etc., se oponen radicalmente a la noción de lo espiritual. Y así, cuando algunos teólogos asumen esas filosofías para el estudio de la fe -con el pretexto de hacerla creíble o de acomodarla a la mentalidad del hombre-moderno pervierten el contenido de no pocos dogmas y de la Revelación en general: absorben el objeto de la esperanza cristiana en la evolución histórica y en el progreso político-social del mundo, resuelven la moral en la economía, niegan la existencia dé los Ángeles y de los demonios, del purgatorio, etc. Con ello llegan también a negar o deformar esencialmente verdades fundamentales del mismo orden natural, asequibles en sí mismas a la razón, aunque por su importancia para la salvación hayan sido también reveladas sobrenaturalmente por Dios (cfr. Conc. Vaticano I, sess. III, Const. Dei Filius, cap. 2, Dz 1786 [3005]). Entre esas verdades se encuentra la espiritualidad y consiguiente inmortalidad del alma humana.

 

2. Para concordar esos graves errores con la fe -y en algunos casos simplemente con algunas palabras tradicionales de la doctrina de la Iglesia- acuden con frecuencia a ciertas distorsiones de interpretación exegética, características del protestantismo liberal, del modernismo, de la desmitización bultmanniana y de sus derivados.

De este modo, por ejemplo, dicen que, en lugar de inmortalidad del alma (que sería, para ellos, solamente un concepto platónico, indebidamente introducido por los Santos Padres al utilizar la filosofía pagana en su exposición y apología de la Revelación bíblica), sería más propio hablar de resurrección del hombre. El alma separada sería un mito. Con la muerte moriría el hombre, sin más: el hombre entero. Y lo que hasta ahora se llamaba inmortalidad del alma no sería más que un modo de expresar la futura resurrección, en la que el hombre -aniquilado con la muerte, disuelto en la materia cósmica- volvería a la vida por la acción de Dios. En ese caso, no se podría hablar propiamente de un intervalo, ya que al morir y no haber conciencia de sí, no habría tiempo ni historia para ese hombre, o bien -según otros- se entraría en una conciencia colectiva, en un ser cósmico, en el ser subsistente de la historia universal, etc.

 

3. Estos errores son mucho más graves de lo que a primera vista quizá pueda parecer. Lo que en ellos se niega de modo total es la espiritualidad del alma, por la que ésta es inmortal; se niega así más o menos implícitamente que haya acciones humanas que no estén determinadas por las leyes biológicas; y se termina -como de hecho ha sucedido ya- negando la verdadera libertad humana, la responsabilidad personal, la posibilidad del pecado mortal, etc.

No se trata de una cuestión de detalles se trata de un ataque directo a los fundamentos mismos de la religión, del orden moral, etc. Es necesario no dejarse engañar por quienes presentan esas, aberraciones como mejores explicaciones de la verdad cristiana de siempre, como un intento de profundizar en el genuino sentido de la Revelación de acuerdo con las exigencias modernas o con las conclusiones de la ciencia, etc.

 

4. En primer lugar, hay que afirmar que el hombre está compuesto de cuerpo y alma espiritual e inmortal. Esa es la fe de 1a Iglesia, y no puede negarse sin herejía: Hoc sacro approbante Concilio damnamus et reprobamus omnes asserentes, animam intellectivam mortalem, esse (Conc. Lateranense V, ecuménico XVIII, sess. VIII, 19-XII-1513: Dz 738 [1440]). Esa inmortalidad se deriva de la espiritualidad: Homini spiritualis atque inmortalis animus inest (Pío XI, Enc. Divini Redemptoris, 19-III-1937: Dz [3771]). Y en esa espiritualidad e inmortalidad es donde radica precisamente la dignidad humana (cfr. Conc, Vaticano II, Const, Gaudium et spes, n. 14).

Además debe afirmarse que con la sola razón puede demostrarse la espiritualidad e inmortalidad del alma (Tesis prescrita a L. E. Bautain por mandato de la S. C. Episcoporum et Religiosorum: Dz [2766]); cfr. también el Decreto de la S. C. Indicis del 15-VI-1855: Dz 1650 (2812).

Con éstas y otras muchas declaraciones, el Magisterio solemne y ordinario de la Iglesia no ha hecho más que condenar a quienes negaban lo que ya se contiene de modo inequívoco en la Sagrada Escritura y en la unánime Tradición de la Iglesia.

 

5. Algunos han pretendido encontrar apoyo para sostener esos errores en algunas expresiones bíblicas donde el término alma (anima en la versión latina) es usado con diversos sentidos. A este respecto conviene precisar que el término anima tiene una primera significación (según el orden con que conocemos y el paso del conocimiento sensible al intelectual) como principio vital, de animación intrínseca en los seres vivos. Por eso se entiende bien que en algunos lugares de la Sagrada Escritura se use el término alma como principio vital del cuerpo humano, o para designar al hombre completo, tomando la parte por el todo, del mismo modo que otras veces se designa al hombre por la palabra carne o cuerpo: "Y aunque es verdad que algunas veces en la Sagrada Escritura la palabra carne significa al hombre completo -toda carne es heno (Is 40, 6); el Verbo se hizo carne (Io 1,14), etc.-, sin embargo aquí (Creo en la resurrección de la carne) se refiere únicamente al cuerpo, para que creamos que en esta dualidad del hombre -alma y cuerpo- sólo el cuerpo muere y vuelve al polvo de la tierra de que fue formado, mientras el alma permanece incorruptible e inmortal" (Catecismo Romano, p.I, art. 11, n. 2). También en este punto hay un progreso en la Revelación divina, que llega a su plenitud en el Nuevo Testamento.

Además, la Sagrada Escritura debe interpretarse a la luz de la Tradición y del Magisterio, siendo esos tres elementos inseparables: Patet igitur Sacram Traditionem, Sacram Scripturam et Ecclesiae Magisterium, iuxta sapientissimum Dei consilium, ita inter se connecti et consociari, ut unum sine aliis non consistat (Conc. Vaticano II, Const. Dei Verbum, n. 10).

 

6. El hombre está compuesto de cuerpo y alma, de materia y espíritu. El alma es principio vital, forma del cuerpo, principio de su animación y de sus operaciones vegetativas y sensitivas. Pero hay en el hombre operaciones no materiales o corpóreas en sí mismas (como el conocimiento intelectual y la voluntad libre), por lo que ese principio vital -el alma- tiene también una realidad que no depende en su ser del cuerpo al que informa: es una forma espiritual, capaz por sí de subsistir sin el cuerpo, si bien esté ordenada a él; por eso, no desaparece con la corrupción del cuerpo (como es el caso de la muerte de los animales y plantas), sino que es inmortal, en el sentido preciso de que sobrevive fuera del cuerpo después de la muerte. Así lo ha entendido siempre -además de la recta razón- la Tradición, la Escritura y el Magisterio.

 

7. Además de aquellos textos en que la Sagrada Escritura utiliza la palabra alma para designar al hombre completo, son abundantes los testimonios bíblicos que expresan con claridad la espiritualidad e inmortalidad del alma humana: Deus creavit hominem inexterminabilem, et ad imaginem similitudinis suae fecit illum (Sap 2, 23; cfr. 3, 1-4, etc.). Por eso, cuando por la muerte el cuerpo se corrompe, el espíritu del hombre vuelve a Dios: Revertatur pulvis in terram suam unde erat, et spiritus redeat ad Deum, qui dedit illum (Eccl 12,7). La resurrección es, en consecuencia, descrita como el volver el alma a entrar en el cuerpo. Así, por ejemplo, cuando Elías invoca a Dios para que resucite el hijo de la viuda de Sarepta, dice: Domine Deus meus, revertatur obsecro anima pueri huius in viscera eius. Et exaudivit Dominus vocem Elia: et reversa est anima pueri intra eum, et revixit (III Reg 17, 21-22).

Jesucristo muchas veces se refirió expresamente a la inmortalidad del alma humana: Nolite timere eos qui occidunt corpus, animam autem non possunt occidere (Mt 10, 28). Y cuando el Buen Ladrón dirige al Señor su petición: Domine, memento mei cum veneris in regnum tuum, Jesucristo le asegura que ese mismo día irá al paraíso-, sin esperar por tanto a la resurrección final, y ni siquiera a la Resurrección de Cristo: Amen dico tibi: hodie mecum eris in paradiso (Lc 23, 42-43). Etc., etc.

 

8. La Tradición es unánime y constante en la afirmación de esta doctrina. Por ejemplo, los primitivos símbolos de la fe, de los que se conserva la parte correspondiente, hablan invariablemente de resurrección de la carne (resurrectio carnis, sarkós anásthasin); nunca de “resurrección de los hombres”: cfr. Denz-Schönm.: 2, 5, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 19, 21, 22, 23, 26, 27, 28, 29, 30, 36, 41. Posteriormente en algunos símbolos se sustituyó esa expresión por resurrección de los muertos (necrón anásthasin).

Por tanto, la resurrección futura es de la carne, del cuerpo, no del alma, ya que ésta nunca muere: Resurrectio non de eo, quod numquam cecidit, sed de eo, quod cecidit atque iterum assurgit, dicitur. Non enim quod non moritur, sed quod moritur inclinari dicitur. Moritur autem caro; anima enim immortalis est (S. Epifanio, Adversus haereses Panarium, 64, 35: PG 41, 1125). Y así, mientras el cuerpo muere y se corrompe, el alma del justo vive en el paraíso, con la vida intelectual que le es propia: Vestimenta tantum eorum (iustorum mortuorum) corrupta sunt, id est corpus quod discerpserunt morbi; animam vero servatur in vita sicut est, nullamque patitur corruptionem (…). Anima eorum vivit et cogitat, in paradiso a creatore servata (S. Efrén, Necrosima, seu funebres canones, 1; RJ 739).

Y, como resumiendo de algún modo esta Tradición, escribía S. Juan Damasceno en el siglo VII: Anima est vivens, simplex et incorpórea substantia, corporis oculorum suapte natura invisibilis, immortalis, rationalis et intelligens (De fide orthodoxa, 2, 12: PG 94, 924).

 

9. Además de las definiciones y declaraciones ya citadas sobre la espiritualidad e inmortalidad del alma (n. 4), el Magisterio de la Iglesia ha afirmado repetidamente la composición del hombre en cuerpo y alma espiritual (cfr., por ejemplo, Conc. Lateranense IV, ecuménico XII, De fide catholica, cap. 1: Dz 428 (800); Conc. Vaticano I, Const. Dei Filius, cap 1: Dz 1783 [3002]), y la existencia del alma como forma del cuerpo (cfr. Conc. Viennense, ecuménico XV, Const. Fidei catholicae: Dz 481 [902]).

     Más explícitamente aún, el Magisterio ha definido con toda claridad la subsistencia de las almas separadas de sus cuerpos después de la muerte, ya sea en la gloria, en el purgatorio o en el infierno, antes de la resurrección del cuerpo. Así, por ejemplo, el Concilio II de Lyon (ecuménico XIV) afirma que quienes murieron en gracia de Dios, pero cometieron pecados en su vida, antes de ir al cielo deben purgar por esos pecados, ya sea durante su vida, ya sea el alma separada del cuerpo, después de la muerte en el purgatorio: … Illorum animas, qui post sacrum baptisma susceptum nullam omnino peccati maculam incurrerunt, illas etiam, quae post contractam peccati maculam, vel in suis manentes corporibus, vel eisdem exutae, prout superius dictum est (in purgatorio), sunt purgatae, mox in caelum recipi (Conc. II de Lyon, sess. IV, 6-VII-1274, Professio fidei Michaelis Palaeologi: Dz 464 [856-859]).

Con las mismas palabras se expresó Juan XXII en la Epístola Nequaquam sine dolore del 21-XI-1321: Dz (925-926), que más tarde volvió a precisar esa doctrina con las siguientes palabras: Fatemur si quidem et credimus, quod animae purgatae separatae a corporibus sunt in caelo (Bula Ne super his, 3-XII-1334: Dz [991]).

Las palabras citadas del II Concilio de Lyon fueron textualmente recogidas también por el Concilio Florentino, en la Bula Laetentur Caeli, 6-VII-1439: Dz 693 (1304-1306).

En relación con la futura resurrección, es especialmente clara la constitución Benedictus Deus dada por Benedicto XII el 29-1-1336: Hac in perpetuum valitura constitutione auctoritate apostolica difinimus... (que las almas de los justos) mox post mortem... etiam ante resumptionem suorum corporum et iudicium generale, post ascensionem Salvatoris Domini nostri Iesu Christi in coelum, fuerunt, sunt et erunt in coelo (Dz 530 [1000-1001]).

Este es también uno de los puntos de fe que, en vistas a la unión, pregunta Clemente VI al Catholicon de los Ármenos: Quaerimus… item si credidisti et credis, quod igne crucientur ad tempos, et quod mox purgatae, etiam citra diem iudicii, ad veram at aeternam beatitudinem perveniant, quae in faciali Dei visione et dilectione consistit (Ep. Super quibusdam, 29-IX-1351: Dz 570 [1067]).

 

10. Aparentemente, sustituir la inmortalidad del alma por la resurrección final de todo el hombre (alma y cuerpo) puede parecer más sencillo o asequible, pero además de ser herético, es atacar el fundamento de la religión y de la misma moral natural, y tiende a reducir la vida y misión de la Iglesia a una dimensión puramente temporal y colectivista, cuando no estrictamente político-social y económica.

 

 

Ref guión nº 26 de ref avH 10/70                            Anexo

 

SAGRADA CONGREGACIÓN PARA LA DOCTRINA DE LA FE, Carta Recentiores Episcoporum Synodi, a todos los Obispos miembros de las Conferencias Episcopales, sobre algunas cuestiones referentes a la escatología, 17-V-1979: AAS 71 (1979) pp. 939-943.

 

NOTA de Doserra:

 

Como el texto está disponible en Internet, no lo copio aquí, sino que remito a su versión original en francés, y a una traducción al español.

 

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Publicado el Wednesday, 30 April 2008



 
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