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 Tus escritos: Comentario sobre la conferencia de don Julian Herranz.- Josef Knecht

110. Aspectos jurídicos
Josef_Knecht :

Comentario sobre la conferencia de don Julián Herranz en Madrid (14 de abril de 2008).

Josef Knecht, 16 de mayo de 2008

 

 

Además de felicitar sinceramente a Haenobarbo por sus dos últimos escritos: “Sobre contratos y vínculos” (12.05.08) y del “Perplejidades” (14.05.08) (E.B.E. también lo ha felicitado en una nota del 15.05.08), quisiera manifestar mi satisfacción por el escrito de Doserra (14.05.08) titulado El cardenal Herranz desvela detalles sobre la gestación de la Prelatura del Opus Dei.

 

Por lo que se desprende del certero análisis de Doserra, don Julián Herranz, en la conferencia que pronunció en el campus del IESE de Madrid el 14 de abril de 2008 con motivo del 25º aniversario de la erección de la Prelatura Personal del Opus Dei, aporta un relato incompleto y una interpretación algo sesgada de la historia en la que se gestó la transformación del instituto secular Opus Dei en prelatura personal. Herranz también obra así en el libro que recoge sus memorias.

 

Respecto al punto 7 del escrito de Doserra, conviene recordar que en las memorias de Herranz no se hace mención alguna de una importante reunión plenaria de la Pontificia Comisión para la aprobación del Código de Derecho Canónico, reunión que tuvo lugar en los días 20-29 de octubre de 1981(véase Julián Herranz, En las Afueras de Jericó. Recuerdos de los años con san Josemaría y Juan Pablo II, Rialp, Madrid 2007, págs. 284-312; estas páginas refieren acontecimientos del año 1981). En esa reunión de trabajo, el entonces cardenal Joseph Ratzinger, Prefecto de la Congregación para la Doctrina de la Fe, consiguió que la nueva figura jurídica de las prelaturas personales no fuera catalogada en las estructuras jerárquicas de la Iglesia, sino en las asociativas, y así es como consta en el actual Código de Derecho Canónico (cánones 294-297), promulgado el 25 de enero de 1983, siendo papa Juan Pablo II. Curiosamente, Herranz no menciona esa reunión en su libro; y es que la “versión oficial” del Opus Dei selecciona interesadamente la información que le conviene dar a conocer en público.

 

Las actas de la reunión a la que me estoy refiriendo están publicadas en lengua latina en: Pontificium Consilium de legum textibus interpretandis, Acta et documenta Pontificiae Comissionis Codici Iuris Canonici recognoscendo. Congregatio plenaria diebus 20-29 octobris 1981 habita, Typis Polyglotis Vaticanis 1991, 376-417 (traducción: Pontificio Consejo para la Interpretación de los Textos Legislativos, Actas y documentos de la Pontificia Comisión para la aprobación del Código de Derecho Canónico. Reunión plenaria que tuvo lugar en los días 20-29 de octubre de 1981, editorial Vaticana 1991, págs. 376-417). Este texto se puede leer en esta página web como anexo al artículo publicado por Daniel M. (22.01.07) y titulado El cardenal Ratzinger y las prelaturas personales.

 

Acerca del transfondo histórico-jurídico de lo que se debatió en aquella reunión, puede leerse un documentado escrito de Idiota titulado La discusión sobre la figura jurídica de la prelatura personal (I) del 24.07.06.

 

“Curiosamente”, en las memorias más arriba mencionadas del cardenal Julián Herranz, que fue presidente del Pontificio Consejo para la Interpretación de los Textos Legislativos desde 1994 hasta 2007, no se hace mención alguna de esa reunión; y he escrito “curiosamente” porque las actas de la reunión están publicadas en un libro de ese mismo Pontificio Consejo en el que Herranz ha trabajado varios años de su vida, libro que indudablemente Herranz debe de conocer muy bien. Podemos, pues, concluir que don Julián Herranz silencia a sabiendas aquellos datos que interesan ocultar a favor de la “versión oficial” del Opus Dei, aunque con ello se dañe la verdad histórica.

 

Josef Knecht.




Publicado el Friday, 16 May 2008



 
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