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 Correos: ¿Cómo Debe Marcharse Un/a Supernumerari@?.- Salypimienta

020. Irse de la Obra
Salypimienta :

Hola a todos,

Querido Daniel_M (y Patton y Oldie, por si de algo les sirve):

He leido con mucha atención tu escrito del 11.02.09. Te agradezco mucho el tiempo que te has tomado para exponer tus puntos de vista, y sobre todo, te agradezco la preocupación que tienes por que todos salgamos de la institución de san Chema de la manera más "legal" posible. Sin ánimo de contradecirte, me siento en la obligación de informarte algunas cosas de las que he podido enterarme después de hacer un poco de investigación.

En primer lugar, una Prelatura está compuesta de el Prelado y su clero, los miembros laicos, sólo son "Cooperadores Orgánicos", quiere decir, que  obran conjuntamente con el Prelado y su clero para obtener un mismo fin. Esto aparece en el Código de Derecho Canónico canon 296. Por lo tanto, sin importar el nombre con el que se quiera llamar a "las vocaciones", que en este caso son numerarios, agregados, numerarias auxiliares o supernumerarios, ni de los 'trabajos' que se exijan en cada caso, la realidad es que todos somos o fuimos cooperadores de la institución, por lo tanto, eso de "MIEMBROS", en canónicamente falso, ya que no los reconoce como tales el CDC.

Hablas también de "mandamientos, votos y promesas" en tu escrito. No se tú, pero yo nunca hice ningún voto ni ninguna promesa al opus dei, ni cuando pité, ni cuando hice la admisión, ni cuando hice la oblación, ni cuando hice cada vez la renovación. Es más, recuerdo claramente que cada vez que venía al caso, me insisteron -las dires.- que nunca se necesitaban ni de votos ni de promesas para ser del opus dei. En cuanto a lo de "mandamiento", no entiendo bién a lo que te refieres, porque en ninguno de los mandamientos de los que tengo noticia dice que hay que ser del opus dei, o que nunca hay que salirse de él si es que ya entraste. Por lo anterior, creo que queda claro que cuando decidimos salir de la 'obra' no rompimos ningún mandamiento, ni ningún voto, ni ninguna promesa. Tampoco cometimos nungún pecado al marcharnos, por que pecar, es transgredir una ley divina, y en éste caso, pues no aplica. Haces una comparación también con el matrimonio, ¡porfavor!, el matrimonio es un SACRAMENTO, y además de estar protegido por la ley divina, está protegido por la ley civil, y al hacerte del opus no recibes ningún Sacramento especial, como tampoco recibes una protección específica en el CDC o en los Códigos de Derecho Civil (lo que sería magnífico que sucediera). Está claro que es imposible equiparar el matrimonio, con la pertenencia al opus dei.

Dejar de pertenecer al opus dei, es lo mismo que dejar de pertenecer a una Prelatura cualquiera. Te pongo un ejemplo. Alguien es miembro activo del patronato de su Parroquia, da clases de Catecismo, y además ayuda al Párroco como Ministro Extraordinario de la Eucaristía, un día, por el motivo que sea, quiere dejar de lado todas éstas actividades, ni comete pecado, ni le pasa nada malo, ni le echan de maldiciones (la del rejalgar es exclusiva del opus dei, que conste). A lo único que está obligado, y es más por buena educación que por otra cosa, es a avisarle al Párroco que ya no cuenten con él y ¡se acabó!. Igual pasa con los que se van del opus. Aquí la desgracia, es que se dedican tantos años a convencerte de que tienes una vocación divina que es irrenunciable (so pena de que te caigan encima todas las fatalidades del mundo en la mollera), que terminas convenciéndote de que te tienes que quedar ahí "hasta que la muerte se apiade de ti y te libere de ser del opus dei", fuera de éste cargo de conciencia al que te inducen desde el primer día, y todas sus consecuencias psicológicas, de pasar algo cuando te marchas 'de casa', pues la verdad  ¡NO PASA NADA!, por que sigues perteneciendo a la Iglesia y sigues siendo hij@ de Dios.

La carta de dispensa con la que tanto insistes, NO SIRVE DE NADA para efectos del  Derecho Canónico en el caso de un laico, a menos de que éste pertenezca a un Instituto Secular o Laical, y sabemos que éste no es el caso. Por ello no podemos acogernos a las normativas del CDC que tiene previstas para éstos casos. ¿Para que hacer todo un trámite que no nos traerá ningún beneficio?. ¿Crees que pedir la carta de dispensa y además exigir un acuse de recibo nos hará mejores personas, o nos liberará de todo por lo que decidimos marcharnos?, ¡¡¡Noooo!!!, ¡para nada!, sólo nos quitaría tiempo y energía (leer escritos de Ivan del 22.08.05 y 13.12.06).

Yo creo (y es algo personal), que cuando decides marcharte, debes hacerlo como te salga del corazón: puede ser con una carta de despedida para tus amigos que quedan dentro; o dando un portazo; o no renovando el 19 de marzo; o haciendo escrito todo protocolario, con la desventaja en este caso, de que NADIE te lo va a tomar en cuenta, y con una gran posibilidad de que te tiren a loco. Pero lo mejor de todo es que hagas lo que hagas, será ¡Por Que Se Te da La Gana!, ¡Cuando Se Te da La Gana! y ¡Como Se Te da La Gana!, ahora podemos ¡por fin! actuar CON LIBERTAD.

Besos y abrazos con cariño(msd)

Salypimienta

AVISO IMPORTANTE

¡He recordado las contraseñas! -no podía ni cambiarlas-, quien quiera puede volver a escribir a:

salypimienta_opus@hotmail.com

¡Prometo ponerme al día con los correos atrasados y contestar los nuevos!

   




Publicado el Wednesday, 18 February 2009



 
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