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 Tus escritos: Si se ha hecho la Oblación, no hay obligación de pedir la dispensa.- Haenobarbo

020. Irse de la Obra
Haenobarbo :

Solo en aras de una mayor claridad y para quienes estén en el caso concreto, escribo una breve acotación al escrito “Sobre cómo marcharse de la prelatura”, de Josef Knecht.

 

En el Opus Dei, al igual que en prácticamente todos los institutos religiosos, hay diversos tipos de incorporaciones, que se suceden en el tiempo y que tienen como finalidad probar al candidato en su vocación: en los institutos religiosos suelen ser el noviciado o postulantado, la profesión temporal y la profesión perpetua. En el Opus Dei se corresponden con la admisión, la oblación y la fidelidad...



En ambos institutos -me refiero a los institutos religiosos por un lado y al Opus Dei por otro- tanto el noviciado o postulantado, como la llamada admisión, se concretan por la simple notificación al candidato de que ha sido admitido a recibir una especie de curso intensivo de los aspectos fundamentales del género de vida que piensa adoptar, al mismo tiempo, ese período sirve para que el instituto se forme una idea mas cabal respecto a la idoneidad del candidato, para vivir las exigencias propias de las reglas, constituciones, estatutos, para valuar su carácter etc.: no suele haber ninguna ceremonia, ni ningún tipo de compromiso que requiera dispensa canónica.

 

Pasado el tiempo del noviciado o postulantado, o de la "admisión" en el Opus Dei, y previa deliberación de los organismos competentes, se concede al candidato la posibilidad de incorporarse temporalmente a la institución o se lo despide. Por su parte, el candidato tiene también la posibilidad de irse tranquilamente a su casa. En los institutos religiosos se concede entonces la profesión temporal y en el Opus Dei la Oblación.

 

Por la profesión temporal o por la oblación, el candidato pasa a formar parte efectivamente del instituto por un tiempo determinado, que esta establecido en las constituciones: esa profesión se hace mediante un voto de carácter temporal u otro compromiso semejante.  En el Opus Dei, la formula que se emplea, dice claramente que tal compromiso se asume: "hasta el próximo 19 de marzo".

 

El compromiso sagrado de pertenecer al Opus Dei, en el caso de la oblación, caduca automáticamente el 19 de marzo, aunque se haya emitido por primera vez una semana antes. Así pues, quienes hayan hecho la oblación y no la renueven el 19 de marzo siguiente, quedan absolutamente desligados de la Prelatura, sin necesidad de escribir ninguna carta ni de pedir ninguna dispensa.

 

Si alguien que haya hecho la oblación quiere irse antes del 19 de marzo, deberá pedir la correspondiente dispensa y recibirla, para quedar desligado del Opus Dei, igual que un religioso, si quiere abandonar su instituto antes de la fecha para la que emitió los votos temporales, deberá pedir dispensa en la forma y modo previstos por sus Constituciones.

 

Pasado el tiempo previsto para los votos temporales, si el candidato mantiene su voluntad de pertenecer al instituto y este a su vez lo considera idóneo, le concede la profesión perpetua, o la "fidelidad" en el Opus Dei. Emitidos los votos o compromisos correspondientes, con una fórmula que expresamente alude a la perpetuidad ("para toda la vida" me parece recordar que dice la formula en el Opus Dei) la salida del instituto requiere siempre la relajación de los votos o compromisos mediante una dispensa.

 

No entro aquí a discutir si se debe o no escribir la carta pidiendo la dispensa: cada cual en conciencia actuará como lo considere mejor y lógicamente se hace responsable de su decisión. Mi intención con esto es solamente aclarar que quienes hayan hecho solamente la oblación, es decir la incorporación temporal: no están obligados ni siquiera por cortesía, a escribir ninguna carta, ni pedir dispensa alguna, porque por su propia naturaleza, el objeto de la incorporación temporal, es permitir que luego de un tiempo de prueba, tanto el miembro del instituto que no desee permanecer, como el propio instituto, puedan separarse sin necesidad de tener que disolver un vínculo no solo jurídico, sino sagrado. Y en este caso la disolución del vínculo opera automáticamente y por si mismo, sin intervención de nadie mas.

 

Haenobarbo




Publicado el Monday, 23 February 2009



 
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