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 Libros silenciados: Misterioso limbo existencial de los seminaristas de la prelatura.- Josef Knecht

125. Iglesia y Opus Dei
Josef_Knecht :

El misterioso «limbo existencial» de los seminaristas de la prelatura personal del Opus Dei

 

Josef Knecht, 17 de julio de 2009

 

 

El Código de Derecho Canónico (canon 295) establece que el prelado de una prelatura personal puede erigir un seminario sacerdotal (c. 237-264), incardinar clérigos a la prelatura personal (c. 265-272) y hacerlos ordenar al servicio de ella (c. 1015-1023). No olvidemos que las prelaturas personales son una figura jurídica esencialmente clerical (c. 294-297); exactamente son agrupaciones o asociaciones de clérigos pertenecientes al clero secular, las cuales son erigidas por la Sede Apostólica romana para el cumplimiento de peculiares obras pastorales bajo una propia dirección, la del prelado personal, y con unos estatutos. Con las labores apostólicas promovidas por esos sacerdotes pueden cooperar laicos. No es preceptivo que el prelado sea obispo; basta con que sea presbítero...



En la única prelatura personal hasta ahora existente (desde noviembre de 1982), la “Prelatura de la Santa Cruz y Opus Dei”, se han erigido dos seminarios sacerdotales: 1) el “Colegio Romano de la Santa Cruz”, cuya sede se encuentra en la residencia “Cavabianca” al norte de la ciudad de Roma; b) otro, cuyo nombre oficial ahora mismo no recuerdo, ubicado en el Colegio Mayor Universitario “Aralar” de Pamplona (España). Los residentes de ambos seminarios cursan estudios eclesiásticos en la Universidad Pontificia de la Santa Cruz (Roma) y en la Universidad de Navarra (Pamplona), respectivamente.

 

Una peculiaridad de esos seminaristas, que son miembros numerarios y agregados del Opus Dei, consiste en que su disponibilidad para acceder al sacerdocio está mediatizada de raíz por la voluntad suprema y omnipotente del prelado personal o “Padre”: él los llama al sacerdocio, él los destina a Cavabianca (Roma) o a Aralar (Pamplona), él establece qué es lo que cada uno estudiará (Derecho Canónico, Filosofía, Teología bíblica, dogmática, moral, etc.) y él decide finalmente si el candidato será promovido a las sagradas órdenes o no. Es también la prelatura la que cubre los gastos económicos que lleva consigo la formación de esos seminaristas, lo cual es compatible con que los padres de algunos de ellos contribuyan con donativos.

 

La edad media de esos seminaristas suele ser más bien elevada. Algunos de ellos son llamados por el Padre inmediatamente después de haber finalizado su carrera universitaria civil, es decir, pasan directamente de universitarios a seminaristas sin haber desempeñado un trabajo profesional; los padres de éstos son los que suelen contribuir con un donativo económico a la formación eclesiástica de sus hijos, porque es como si siguieran siendo estudiantes, pues ingresan en el seminario justo después de terminar la primera carrera universitaria. Otros son llamados por el Padre habiendo desempeñado durante varios años su profesión civil. Y otros son llamados por el Padre después de haber trabajado un tiempo en las tareas internas de gobierno y formación de la Obra. Por eso, la edad media de esos seminaristas es bastante alta; sin embargo, está prohibido en el lenguaje interno del Opus aplicar a este caso la expresión de “vocaciones tardías”, pues suena demasiado clerical y desdice del espíritu del Opus Dei, que es laical (a pesar de que la figura jurídica de prelatura personal sea esencialmente clerical; curiosamente este detallito de la figura jurídica no desdice del espíritu laical de la Obra).

 

La duración de ese período formativo puede extenderse de tres a cinco años; esa variación depende de cuán avanzados tenga el numerario en cuestión los estudios eclesiásticos del Studium Generale en el momento en que el Padre lo llama a incorporarse a uno de los seminarios sacerdotales de la prelatura. (Todos los numerarios y agregados del Opus cursan esos estudios, con independencia de que vayan a ser llamados o no a ser seminaristas).

 

La principal característica de ese seminarista es que no va a tener certeza alguna de si acabará siendo ordenado o no. El Padre puede finalmente decidir no ordenarlo clérigo para que se dedique, como laico, a tareas internas de gobierno del Opus Dei; también cabe la posibilidad de que, terminados los estudios eclesiásticos, ese numerario regrese al mundo civil a desempeñar su profesión o ejerza su trabajo profesional en una obra corporativa de la prelatura. Pero, claro está, la mayoría de los seminaristas del Opus acaban siendo ordenados diáconos y presbíteros. Todo eso, repito, lo deciden el Padre y los directores de la Obra a tenor de las necesidades pastorales de la institución y de las circunstancias personales de los candidatos.

 

Ahora bien, recordemos que el espíritu del Opus Dei es –en su versión oficial, pues otra cosa es la vida real– eminentemente laical, a pesar de que la figura jurídica de prelatura personal sea esencialmente clerical. Esa secularidad o mentalidad laical lleva a los seminaristas del Opus Dei a no alardear de su condición de seminaristas, si bien no la pueden ocultar porque oficialmente sí lo son y porque es patente que cursan estudios eclesiásticos. Pero el caso es que, en su funcionamiento vital, un seminarista del Opus tiende a disimular su condición de seminarista y continúa comportándose como era antes, un laico numerario o agregado, y no introduce en su vida los tintes clericales propios de cualquier seminarista del mundo (y eso que –me gusta insistir en ello– la prelatura personal es una figura jurídica esencialmente clerical).

 

En las Facultades eclesiásticas de la Universidad Pontificia de la Santa Cruz (Roma) y de la Universidad de Navarra (Pamplona) no sólo estudian los seminaristas y clérigos del Opus Dei, sino también seminaristas y clérigos procedentes de varias diócesis del mundo. Imaginémonos por un momento una conversación mantenida entre un seminarista del Opus Dei y un compañero suyo de estudios, seminarista diocesano; voy a presentar a continuación ese diálogo teatralizándolo un poco:

 

Seminarista diocesano: No sabes cuántas ganas tengo de ordenarme sacerdote. Es la ilusión más importante de mi vida desde que tenía quince años, y me alegra mucho comprobar que me falta muy poco tiempo para conseguirlo, a Dios gracias. Supongo que a ti te pasará lo mismo.

 

Seminarista del Opus Dei: No, al contrario. Yo aún no sé si me podré ordenar sacerdote.

 

Seminarista diocesano: ¿Es que tienes dudas de vocación?

 

Seminarista del Opus Dei: No es eso. Yo sí estoy dispuesto a ser sacerdote, pero la decisión final la va a tomar mi prelado. Por eso, mientras tanto, quiero a la vez ser sacerdote y ser laico. Estoy contento con seguir siendo laico toda mi vida.

 

Seminarista diocesano: ¡Qué raro es lo que me dices! Yo también estoy dispuesto a ser cura y, por lo que afirmas, creo que tengo una disponibilidad más afianzada que tú. Te veo indeciso y confuso.

 

Seminarista del Opus Dei: No, mi disponibilidad es más excelsa que la tuya porque yo me abandono humildemente a la voluntad de mi prelado, que me hará saber en su debido momento la voluntad de Dios para mí.

 

Seminarista diocesano: También yo estoy del todo unido a mi obispo. Él tiene más ganas que yo de ordenarme cura. Por eso, cuando me presenté a él y me ofrecí a ser sacerdote, me recibió con los brazos abiertos de un padre y desde entonces me apoya constantemente en mi camino al sacerdocio. Él y yo no contravenimos la voluntad de Dios: ¡faltaría más! Por supuesto que mi obispo tiene la última palabra para decidir si me ordena o no, pero eso no obsta para que los dos tengamos bien clara mi vocación sacerdotal.

 

Seminarista del Opus Dei: En mi caso no es así, porque yo soy un cristiano corriente en medio del mundo dotado de una profunda mentalidad laical, y por eso me es indiferente desplegar mi vocación como laico o como sacerdote. Es el Padre quien decide esa concreción.

 

Seminarista diocesano: ¡Qué extraño planteamiento! Los cristianos corrientes que yo conozco no se plantean ser sacerdotes, sino que se buscan una novia y se casan. Nunca esperan que otro –un obispo o un prelado personal– decida por ellos. Si alguien se plantea hacerse cura, como yo, ingresa en un seminario y así comienza su itinerario clerical. Otra vez afirmo que tu actitud me resulta confusa y propia de un indeciso. Cualquier seminarista del mundo quiere firmemente ser sacerdote y no se complica la vida con extraños argumentos como haces tú.

 

Hasta aquí la hipotética conversación.

 

A decir verdad, no se trata de que el seminarista del Opus Dei esté indeciso o confuso en su vocación; no es un problema personal suyo, aunque a primera vista lo pueda parecer. La clave de la cuestión radica en que ese numerario está inmerso en un sistema totalitario de poder que a menudo minimiza y otras veces incluso anula cualquier manifestación de protagonismo personal. Los numerarios del Opus Dei llegan al sacerdocio en ese contexto, en el que se limitan a asentir a lo que el prelado les pida. Su fase formativa de seminaristas viene a ser, en el plano existencial, más o menos como un trámite y sólo empezará a ser importante al final, es decir, cuando accedan al diaconado y al presbiterado.

 

En mi anterior escrito del 15.07.2009, comparé la promoción al sacerdocio de los numerarios y agregados del Opus Dei con el procedimiento que se sigue en las órdenes religiosas para seleccionar entre los monjes y frailes legos aquellos que serán ordenados clérigos. Ahora añado que, desde el punto de vista formal, es cierto que el procedimiento es idéntico: el Padre llama al sacerdocio en el Opus Dei, como el Abad lo hace en un monasterio benedictino. Pero, desde el punto de vista existencial, hay en el Opus dos factores negativos que no se suelen dar en las órdenes religiosas: 1º) el excesivo control propio de un sistema totalitario; 2º) la contradicción que se deriva de una versión oficial –espiritualidad laical, clero secular, etc.– contrapuesta de lleno a la vida real.

 

El gobierno totalitario, unido al caos mental derivado de una praxis que contradice descaradamente la versión oficial, produce, entre otras cosas, la indefinición existencial y la identidad imprecisa del numerario o agregado en su fase formativa de seminarista: sólo quiere ser un cheque en blanco, lo que el Padre decida; le da lo mismo ser laico que sacerdote. Y, para colmo de contradicciones, recordemos que la figura jurídica de prelatura personal está compuesta por sacerdotes del “clero secular” (canon 294), siendo así que nunca en la historia del sacerdocio secular se ha accedido a las órdenes sagradas por el procedimiento que en el Opus Dei se sigue.

 

Josef Knecht




Publicado el Friday, 17 July 2009



 
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