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 Tus escritos: Nuevo Catecismo de la Obra.- Gervasio

070. Costumbres y Praxis
Gervasio :

Nuevo Catecismo de la Obra

 

Autor: Gervasio

 

 

            De las noticias que afloran en Opuslibros parece deducirse que las autoridades de la Prelatura de la Santa Cruz y Opus Dei no acaban de atinar con la redacción de un nuevo Catecismo de la Obra. Ningún texto termina por resultar satisfactorio. Propongo que les echemos una mano. Podemos redactar nosotros mismos ese catecismo. He aquí propuestas para algunos puntos.

 

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            5ª ed. nº 95 ¿Qué deberes lleva consigo la virtud de la obediencia para los miembros del Opus Dei?...      



Para los miembros del Opus Dei, la virtud de la obediencia lleva consigo los siguientes deberes:

            1) acatar con ánimo filial —como deberán hacerlo los demás fieles católicos, sus iguales— la doctrina y las disposiciones de la Santa Iglesia: del Papa y de los Obispos en comunión con la Santa Sede;

            2) acomodar con la máxima fidelidad su vida al espíritu y a las Normas y a las Costumbres de la Obra;

            3) cumplir con delicadeza extrema todo lo preceptuado en nuestro Derecho particular;

            4) aceptar con la mayor prontitud y con esmero las insinuaciones, disposiciones y consejos de los directores en todo lo referente a su vida espiritual y la labor apostólica.

 

            Propuesta de nueva redacción: ¿Qué deberes lleva consigo la virtud de la obediencia para los miembros del Opus Dei?

            Para los miembros del Opus Dei, la virtud de la obediencia lleva consigo los siguientes deberes:

            1) acatar con ánimo filial la doctrina y las disposiciones de la Santa Iglesia: del Papa y de los Obispos en comunión con la Santa la Sede, en el bien entendido  de que a nosotros las disposiciones de la Santa Iglesia nos llegan a través de nuestro Prelado, que es quien las interpreta y aplica. Él es nuestro Buen Pastor.

            2) A diferencia de los demás fieles católicos, nuestros iguales, debemos acomodar con la máxima fidelidad las disposiciones de la Santa Sede al espíritu y a las Normas y a las Costumbres de la Obra.

             3) y 4) sin modificar.

            Añadir un nº 95 bis: ¿Y si un miembro del Opus Dei percibiese que la doctrina y las disposiciones de la Santa Iglesia son contrarias, bien a la doctrina, bien a las disposiciones, bien a las insinuaciones de los directores en todo lo referente a la vida espiritual?

            Si un miembro del Opus Dei percibiese que la doctrina y las disposiciones de la Santa Iglesia son contrarias, bien a la doctrina, bien a las disposiciones, bien a las insinuaciones de los directores en todo lo referente a la vida espiritual, debe tener en cuenta que:

            1) Dios hizo ver a nuestro Santo Fundador el 2 de octubre de 1928 el Opus Dei en toda su integridad. En consecuencia lo que nuestros Directores disponen, dicen o insinúan como venido de nuestro Santo Fundador viene de Dios.

            2) Como nuestro Santo Fundador nos advirtió, Pío XII fue un marrano, que consideró lícita la continencia periódica como modo de evitar la natalidad; Juan XXIII con su notoria inconsciencia infantil convocó un concilio ecuménico, que tantos males trajo a la Iglesia y que poco a poco vamos remediando. Pablo VI era un jesuitón, que se dejaba aconsejar por quienes han hecho tanto mal a la Obra de Dios.

 

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5ª ed nº 276: ¿Cuál es el objeto de la confidencia?

            El objeto de la Confidencia llena de sinceridad que periódicamente debe tener cada miembro con su director o con la persona designada por los Directores es identificar su espíritu con el de la Obra y mejorar sus actividades apostólicas.

            Para evitar inexactas interpretaciones por parte de quienes no conozcan nuestro espíritu este medio de formación, que desde el principio de llamó Confidencia se designa también con el nombre de charla fraterna o con otra expresión equivalente.

           

            Propuesta de nueva redacción: ¿Cuál es el objeto de la confidencia?

El objeto de la Confidencia llena de sinceridad que periódicamente debe tener cada miembro con su director o con la persona designada por los Directores es identificar su espíritu con el de la Obra y mejorar sus actividades apostólicas.

            Sin conocer las disposiciones interiores de cada miembro, los Directores carecerían de los datos necesarios para designar personas idóneas para los cargos de gobierno, carecerían de la posibilidad de tomar medidas acertadas en relación con cada uno de los miembros y toda la labor se resentiría.

            En el Opus Dei, se llama desde el principio Confidencia a lo que comúnmente se denomina “dirección espiritual”. También es designada con el nombre de charla fraterna o con otra expresión equivalente

 

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5ª ed. nº 278. Si se desea hacer la Confidencia con la máxima sencillez, que es señal indudable de buen espíritu y ayuda a progresar en el camino espiritual, ¿Qué otros temas de vida interior conviene tratar?

            Si se desea hacer la Confidencia con la máxima sencillez, que es señal indudable de buen espíritu y ayuda a profesar en el camino espiritual, conviene tratar:

            1) de cuanto se refiere a la fe a la pureza y a la vocación.

            2) del modo de cumplir las Normas y de manera especial, de la Santa misa, de la oración, de la mortificación y de los exámenes de conciencia.

            3) del amor a la Santa Iglesia y a la Obra; de la petición por el Romano Pontífice y por los Obispos en comunión con la Santa Sede.

            4) del espíritu de filiación a nuestro fundador y al Padre, de fraternidad y de proselitismo, de las preocupaciones, tristezas y alegrías;

            5) de la oración y mortificación por el Padre y por todos los miembros de la Obra.

            Y todo con brevedad y humildemente

 

Propuesta de nueva redacción: La costumbre de que los miembros del Opus Dei hagan la Confidencia con su Director o con la persona designada por los directores ¿es contraria a los cánones 239 § 2, que establece que no es obligatorio acudir al director espiritual designado; o al canon 246 § 4 que sólo recomienda tener director espiritual y aun así que ha de ser elegido libremente; o al canon 719: “tengan con libertad la necesario dirección de conciencia y busquen en sus propios directores, si así lo desean, los consejos oportunos”.

            La costumbre de los miembros del Opus Dei hagan la Confidencia con su Director o con la persona designada por los directores en modo alguno es contraria a los cánones 239 § 2, que establece que no es obligatorio acudir al director espiritual designado; o al canon 246 § 4 que sólo recomienda tener director espiritual y aun así que ha de ser elegido libremente; o al   canon 719: “tengan con libertad la necesario dirección de conciencia y busque en sus propios directores, si así lo desean, los consejos oportunos”.  Porque el propio canon 630 anima a los miembros a “acudir con confianza a los Superiores, a quienes pueden abrir su corazón libre y espontáneamente”. 

            Lo que ese canon prohíbe es que los Superiores “induzcan de cualquier modo a los miembros para que les manifiesten su conciencia”. En el caso del Opus Dei los Superiores se limitan a señalar a cada miembro con quién deben tener la dirección espiritual. Y éstos libre y espontáneamente lo aceptan.  

            Añadir un nº 268 bis.  Si un miembro no desea hacer la Confidencia con la persona que se le ha asignado, ¿puede solicitar que le asignen otra?

            Si un miembro no desea hacer la confidencia con la persona que se le ha asignado, puede solicitar que le asignen otra e incluso sugerir quién haya de ser esa otra persona. Si le conceden el permiso, podrá hacer con ella la confidencia. Si no se lo conceden, no querrá libre y espontáneamente hacer la confidencia con otra persona.

            La libertad en la dirección  espiritual de que habla el Código de Derecho canónico y la libertad en dirección de que habla la normativa del Opus Dei no constituyen un mismo tipo de libertad. En el primer caso existe una libertad de opción que recae sobre dos elementos: 1º tener o no tener dirección espiritual; 2º elegir el director o directora espiritual. En el segundo no se da esa libertad de opción.      

 

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5ª ed. nº 219 ¿Qué circunstancias podrían quitar la libertad al incorporarse a la Obra?

            Podrían quitar la libertad al incorporarse a la Obra, y por tanto hacer nula la incorporación, el miedo y la violencia, aunque de hecho estas circunstancias son imposibles en el Opus Dei, pues se exige la libre voluntariedad —siempre actual— de perseverar porque a cada miembro le da la gana corresponder a la llamada de Dios, que es la razón más sobrenatural.

 

Propuesta de nueva redaccion: ¿Qué circunstancias podrían quitar la libertad al incorporarse a la Obra?

            Podrían quitar la libertad al incorporarse a la Obra, el miedo y la violencia, que no son ninguna circunstancia, sino que originan respectivamente defecto y ausencia de consentimiento.

 

Añadir un nº 219 bis. Y ¿por qué en este catecismo no se menciona el dolo como algo que podría quitar la libertad al incorporarse a la Obra, siendo así que el  canon 643 § 1, 4º  considera como causa de nulidad de la incorporación al noviciado no sólo la violencia y el miedo, sino también el dolo?

            No se menciona el dolo como algo que podría quitar la libertad al incorporarse a la Obra, siendo así que el  canon 643 § 1, 4º  considera como causa de nulidad de la incorporación al noviciado no sólo la violencia y el miedo, sino también el dolo por dos razones:

            1) No somos religiosos que hacen votos. Sólo sabemos que el vínculo entre la Prelatura del Opus Dei y la persona interesada tiene carácter contractual. Pero no sabemos cuáles son las concretas normas que rigen ese contrato. Eso sería saber demasiado. Nuestro santo Fundador lo dispuso así.

            2) En el Opus Dei consideramos que el dolo no vicia el acto de incorporación, pues el dolo forma parte del espíritu del Opus Dei, especialmente en el proselitismo. En la incorporación el dolo debe versar sobre tres temas principales: a) se hará creer al candidato que su incorporación aunque sea temporal lo compromete de por vida en razón de que tiene vocación, de tal manera que pecaría si no renovase su incorporación; b) incluso antes de la incorporación, cuando adquiere la condición de aspirarte, se le inculcará la misma idea; c) se le debe disuadir de que consulte su decisiones o dudas de incorporarse al Opus Dei a sus padres o a cualquier persona ajena al Opus Dei.

 

Gervasio




Publicado el Monday, 05 July 2010



 
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