hastaloswebs :
Tengo una duda. Si yo,
cuando hice la anterior oblación el 19 de marzo pasado, NO HICE VOTOS sino una
especie de CONTRATO con el Opus Dei, ¿cómo puede ser que si no renuevo PECO
MORTALMENTE?
¿Cómo puede ser que una
especie de contrato entre dos personas, una física y otra jurídica, que no siga
adelante porque además se hace por un año y ese año se cumple el próximo día 19,
conlleve de pena un pecado mortal? Un contrato pertenece al orden mercantil,
laboral, asociativo, económico, etc., pero no he visto nunca que un señor que
terminado el plazo por el que firmó un contrato y se marche, tenga además que
ir a confesarse porque ha pecado mortalmente.
Un director le anunció
hace días a un numerario que no renovara y que se marchara del centro.
Entonces, ¿cometió ese director o por elevación el Padre, pecado mortal por
romper el contrato?
Esto es de locos. ¿De verdad que me voy de la Obra en pecado mortal?
hastaloswebs
Publicado el Friday, 28 February 2014
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