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 Tus escritos: Sobre limbos laborales y libertad personal.- Conrad

120. Aspectos económicos
CONRAD :

He estado reflexionando estos días de verano sobre las diversas aportaciones a la web causadas por la noticia de la situación de Antonio Esquivias (20/08/2014). En primer lugar, me gustaría que quedara claro que no suscribir la petición concreta deducida a través de Internet (es cierto que plasmar datos personales que te identifiquen puede tener consecuencias) no significa no estar de acuerdo con dicha petición. Ya dependerá de las posibilidades concretas de cada uno ver la manera de apoyarla y, sobre todo, de ayudar a que las cosas cambien. Personalmente, no la he suscrito, por las mismas razones por las que publico bajo pseudónimo, aunque para la responsable de la web estoy perfectamente identificado no vaya a ser que por alguna tontería que suelte le responsabilicen a ella: es lo que le quedaba.

En segundo lugar, no creo que la palabra adecuada para calificar la situación laboral de las personas que en el Opus Dei se dedican a las denominadas "labores internas" sea la de limbo. A mí me parece (también lo digo como abogado, aunque sea de provincias) que es una infracción que será de naturaleza penal (con castigo en la cárcel) o laboral (multa e indemnización económica) según la legislación propia de cada país. No es lo mismo hablar de "limbo" que de "delito".

En tercer lugar, no debe descartarse incluso en el caso de Antonio Esquivias el ejercicio de acciones legales basadas, por ejemplo, en el daño moral que se le ha producido. Permitidme que no me extienda, no lo considero prudente en una web continuamente chequeada por el lado oscuro. Sólo recuerdo que en la sentencia francesa sobre el caso de Catherine Tissier que he comentado ampliamente (03/04/2013, 19/04/2013, 26/04/2013, 10/06/2013), ya se le otorga a la víctima una indemnización por el daño moral causado por la conducta de la obra corporativa en cuestión (y de la propia prelatura).

En cuarto lugar, muestro mi perplejidad porque una institución a la que, a través de sus portavoces, se le llena la boca hablando de la "mentalidad laical" y de la "libertad personal", no haya sido capaz en más de 80 años de resolver una cuestión tan sencilla como es la cobertura social de los miembros (sacerdotes o no, da igual) cuyo trabajo profesional consiste en una labor interna.

Por un lado, echar mano del "carisma" o "vocación" para fundamentar un "trabajo voluntario" desarrollado profesionalmente no deja de ser, en mi opinión, un planteamiento más propio de religiosos. Una cosa es que un numerario bien ordenado y trabajador eche una mano en esas labores internas cuando acaba su actividad laboral o profesional (aquélla que le permite ganar dinero y sostenerse) y otra muy distinta es la situación del director de un centro "liberado" para ocuparse de labores internas, o el oficial que trabaja en la delegación o comisión por las mañanas y por la tarde está en el centro como aquel "liberado", o la de los propios directores de delegación o comisión, etc., etc. Porque, además, si todos estos "liberados" se mantienen es porque, en teoría, trabajan para la burocracia interna. Precisamente, siempre en mi humilde opinión, la mentalidad laical debía empujar a cumplir con las leyes sociales de cada país en relación con el desarrollo de estas tareas auténticamente laborales o profesionales. Dicho de otro modo, el trabajo o profesión que se desarrolla con fundamento en el "carisma" o "vocación", no tiene por qué ser contrario al cumplimiento de las leyes.

Y por otro, me pregunto hasta qué punto la persona, sacerdote o laico, embarcado por vocación en este modo de vida laboral o profesional, tiene suficiente y verdadera autonomía en su voluntad para prestar un continuado consentimiento a su permanencia en el Opus Dei. Dicho de otro modo, la falta de cumplimiento de las leyes en cuanto a retribución y aseguramiento de las personas dedicadas a labores internas coloca a estas mismas personas en situaciones insostenibles ante una eventual "crisis vocacional", de manera que abandonar el instituto "con una mano delante y otra detrás" no se contemple como opción. Así, el propio instituto se "asegura" una serie de fieles que pueden perseverar (y ojalá sea así siempre, lo digo de corazón) por prestar su consentimiento maduro de una manera continuada a su carisma o vocación. Pero también se "asegura" la perseverancia de otros para los que irse significa un difícil encaje en el mundo laboral o profesional y, posiblemente (salvo que sean ricos o, como siempre, la familia ayude) unas dificultades económicas enormes. Entonces el consentimiento se confunde con la comodidad. Y esto es lo que escribiendo en esta web trato de ayudar a paliar. Así, no es estamos ante el mismo grado de consentimiento en quien entra a los 14 años (o a los 18, a estos efectos, da igual) que quien se quiere ir a los 50.

Insisto, en la sentencia sobre el caso de Catherine Tissier un tribunal francés ya llega a las mismas conclusiones que, simplemente, gloso, sin que tenga noticias de que alguno de los miembros de ese tribunal lea esta web.

Por último, muestro mi apoyo a Antonio Esquivias (con quien posiblemente coincidí alguna vez, somos de la misma quinta), aunque por las razones indicadas no haya suscrito su petición. Animo a quien pondere que no hay inconveniente al respecto a suscribirla.

Un abrazo.
Conrad


Publicado el Monday, 08 September 2014



 
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