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 Tus escritos: Comunidades religiosas y abuso de poder.- Agustina

060. Libertad, coacción, control
agustina :

Publicado en Aleteia, el 30/11/2014

Autora: Elisabeth de Baudouin. Periodista. Ha trabajado en el Consejo Pontificio para la Familia, en el Vaticano.

 

Comunidades religiosas y abuso de poder

Se habla mucho de abusos sexuales en la Iglesia, pero a menudo están relacionados con abusos de poder

 

El padre carmelita François-Marie Léthel ha intervenido en el reciente congreso de la Penitenciaría apostólica dedicado al “secreto de confesión” (12 y 13 de noviembre), hablando sobre el tema “La confesión y el acompañamiento espiritual en la formación para el sacerdocio y la vida consagrada”.

Este especialista en teología de los santos ejerce un importante ministerio de acompañamiento espiritual y predica muchos retiros (predicó el retiro de Cuaresma de Benedicto XVI y de los cardenales de la Curia en 2011).

Por ello conoce “por dentro” muchas comunidades religiosas. En la siguiente entrevista a Aleteia habla sobre los abusos de poder que han podido existir y existen todavía en algunas comunidades o en la vida religiosa...



Cuando se habla de abuso de poder en las comunidades religiosas o la vida consagrada, ¿de qué se habla?

De ciertas disfunciones en el ejercicio de la autoridad que conciernen a la vida espiritual, en particular en la confesión y el acompañamiento espiritual, que son los dos lugares de la libertad interior, vía de santidad a la que están llamados todos los bautizados. En algunas comunidades nuevas, la figura del fundador se hace absoluta.

¿Podría dar algún ejemplo de abuso de poder?

El hecho, por ejemplo, de hacer obligatoria la apertura de conciencia, de extenderla a toda la vida moral del sujeto, incluso a los pecados más íntimos, y de usar confidencias recibidas para dirigir la vida de comunidad. O imponer la elección del confesor.

Se encuentran muchos abusos de este tipo en las comunidades religiosas femeninas del siglo XIX; ¡algunas superioras llegaban incluso a obligar a las hermanas a poner sus faltas por escrito y conservaban esos escritos en sus archivos!

Aparte estaba el ministerio sacerdotal de la confesión que se limitaba únicamente a la absolución, sin que las religiosas pudieran pedir al confesor consejo u orientaciones para su vida espiritual.

¿Qué engendran este tipo de abusos?

Impiden el crecimiento de la persona y bloquean su camino hacia la santidad. Pueden llegar incluso a destruirla. La libertad de la persona es importante para que pueda abrir su alma sin reserva y con confianza.

Yo mismo lo experimenté, como joven religioso al entrar en los carmelitas en 1968. En este periodo turbulento, debo reconocer que la libertad espiritual siempre fue respetada por  nuestros superiores, incluso cuando estuvieron más desorientados o confusos.

Esto me permitió avanzar en la paz interior. En caso contrario, la verdadera obediencia evangélica en la libertad de corazón y de conciencia deja lugar aquella, ciega e infantilizante, de los totalitarismos y las sectas

Abrir su alma sin reserva y con confianza: ¿cuándo tiene más necesidad de ello la persona?

En los momentos de dificultades o de crisis que, si no, pueden acabar muy mal: ya sea en la hipocresía de una doble vida o en la desesperación que puede llevar hasta el suicidio.

Por el contrario, las crisis más graves pueden ser superadas felizmente si la persona encuentra la ayuda adecuada. Santa Teresita –que podría haber sufrido sin embargo abusos de poder que se imponían en su comunidad- es un buen ejemplo de ello.

¿Cómo?

La joven tenía 18 años y atravesaba grandes pruebas interiores, hasta preguntarse si había un cielo. Entonces pudo confesarse con un franciscano, el padre Alexis Prou, llegado al Carmelo de Lisieux para predicar ejercicios espirituales, y abrirle su corazón.

El contacto con este sacerdote, que “la impulsó por el camino de la confianza y del amor” y derrotó definitivamente los lazos del miedo y de los escrúpulos herencias del jansenismo ambiental, fue determinante.

Por desgracia, el Carmelo de Lisieux formaba parte entonces de las comunidades en las que la libertad interior estaba restringida por la autoridad abusiva de la superiora.

Esta, que parecía no haber apreciado al padre Prou, no permitió a la joven carmelita volver a verlo. Afortunadamente, el bien ya estaba hecho: Teresa pudo entonces avanzar en la paz interior hasta la santidad.

¿La Iglesia ha intentado luchar contra estos abusos de poder?

En 1890, bajo la autoridad del papa León XIII, la Congregación de los obispos y de los religiosos publicó el decreto Quemadmodum omnium rerum, sobre el tema de la apertura de conciencia, la confesión y la comunión en las comunidades religiosas femeninas y masculinas.

Garantizaba la libertad espiritual de las personas frente a los abusos que se daban en aquella época.

Así, por ejemplo, ya no era la superiora, sino el confesor, quien decidía si una religiosa podía –o no- comulgar con más frecuencia.

Este decreto no fue bien acogido en Francia y a menudo no se aplicó porque las superioras lo veían como un peligro para su autoridad, que se encontraba así limitada.

Con el nuevo código de derecho canónico, promulgado por san Juan Pablo II en 1983, la Iglesia insistió aún más en la libertad interior de la persona, especialmente en lo que se refiere a la confesión y a la dirección espiritual, tanto en la formación para el sacerdocio en los seminarios como en las comunidades religiosas.

¿Concretamente qué prevé en estos ámbitos?

Que cada uno, por ejemplo, tenga su guía espiritual, escogido libremente, al que abrir con confianza su propia conciencia (can 246,4).

Que en cada seminario haya al menos un director espiritual y que se les deje a los seminaristas la libertad de dirigirse a otros sacerdotes a los que el obispo haya confiado este encargo (can 239).

Que además de los confesores ordinarios del seminario se haga ir regularmente a otros confesores (···) y que los seminaristas tengan ampliamente la posibilidad de dirigirse a otro confesor, dentro o fuera del seminario (can 240).

Que no se pida nunca la opinión del director espiritual o de los confesores (por otra parte obligados al secreto de confesión) sobre el tema de la admisión de seminaristas al sacerdocio o de su dimisión del seminario, para que puedan abrir su corazón sin reserva.

Este código es fundamental y debe ser recordado sin cesar. Actualmente muchos jóvenes son frágiles y fácilmente víctimas de estos abusos. También en el mundo de la vida consagrada, la autoridad de la Iglesia debe estar muy atenta para que no se produzcan.

Publicado en Aleteia, el 30/11/2014




Publicado el Wednesday, 03 December 2014



 
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