numantina :
Por lo que voy leyendo sobre el mundo silenciado del Opus Dei, me viene a la memoria una conversación con mi profesora "muy creyente", relativa a algunas previsiones del Derecho de Familia (la natural), forales o especiales españolas, que, al establecer la libertad de testar y de instituir a solo uno o varios hijos o descendientes y dejar libremente sin herencia a otros hijos o descendientes, solo establecen como derecho de los desheredados "que lo necesiten" el de reclamar del heredero o herederos alimentos.
Estos alimentos está perfectamente previsto que puedan prestarse en especie, o sea, se traducen en facilitar habitación y comida, y, aún así, el "favorecido" por el derecho a alimentos, deberá contribuir en la medida de sus posibilidades al sostenimiento y mantenimiento del negocio o medio de vida familiar. Téganse en cuenta que son instituciones jurídicas que datan de tiempos medievales.
La respuesta de mi profesora fue que esto, hoy día, ya no se hace.
Numantina
Publicado el Monday, 27 March 2017
|