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 Correos: Algunas preguntas sobre la situación del Opus Dei ante la sociedad.- Sonsoles

110. Aspectos jurídicos
sonsoles :

Tras los últimos escritos sobre el tema, parece claro que la situación jurídica del Opus Dei en la Iglesia es, como mínimo, algo atípica en lo que se refiere a la relación con los laicos.

 

Lo que yo me pregunto ahora es ¿Cuál es la situación jurídica del Opus Dei en cada uno de los países en los que está instalado? ¿Bajo qué título se presenta ante la sociedad? ¿Qué tipo de organización es?

 

Si el Opus Dei abre un centro nuevo en mi comunidad de vecinos, ¿cómo lo debemos considerar, como una vivienda en la que viven 7 u 8 personas que traen muchos amigos y por eso está siempre ocupado el ascensor o bien tiene sus licencias correspondientes y es como si hubiese abierto consulta un dentista o una ONG?

Cuando un amigo mío acuda a una de las casas de retiro del Opus Dei ¿en qué situación están esas casas? ¿Es también una vivienda a la que acuden amigos o es un hotel o similar? ¿Las personas que atienden esas casas tienen en regla los permisos para manipular alimentos? Lo que pague mi amigo por su estancia ¿lo declara el Opus Dei y paga el IVA por ejemplo? ¿El Opus Dei tiene CIF?

 

¿Quién responde si hay un accidente- un incendio por ejemplo- en esas casas? En el caso de que sean menores, el problema de la responsabilidad es mucho más importante.

 

En el Opus Dei hay muchas personas que de cara a la sociedad no trabajan: administradoras (salvo las que trabajan en admón. grandes)  y trabajadores internos. Para el primer caso, ellos dicen que las administradoras son como amas de casa y que cuando las amas de casa coticen a la seguridad social, lo harán ellas.  Entonces, por ejemplo para el estado español ¿el Opus Dei es una familia? ¿Es una pareja de hecho?

 

¿Es ese el motivo por el que las personas que no trabajan tampoco declaran a hacienda? Porque ¿De qué viven los que no trabajan en el Opus Dei? Si realmente es una familia ya lo entiendo, los que trabajan mantienen a los que no. Pero si ese no es el status que el estado español le ha dado al Opus Dei, se trata de una donación entre particulares y por ello deberían tributar, a no ser que… no, no, no; la esclavitud está abolida y lo de trabajar a cambio de cama y comida no puede ser.

 

En cuanto a los que se dedican a labores internas, la explicación que suele dar el Opus Dei es que son similares a los voluntarios de entidades sin ánimo de lucro, ¿entonces el Opus Dei es una ONG? ¿Tiene hechos los seguros correspondientes a esos voluntarios? ¿Cuantas horas trabajan esos voluntarios?

 

Si mi amigo anterior da un dinero al Opus Dei ¿se lo puede desgravar en su declaración de hacienda? ¿Está poniendo el Opus Dei a la entrada de sus centros, como algunas parroquias, un cajero para que las aportaciones se puedan hacer con tarjeta de crédito?

 

A ver si el ejército de juristas que andan por aquí me puede aclarar algo de esto. Gracias

 

Sonsoles

 




Publicado el Friday, 29 April 2005



 
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Estatutos del Opus Dei - 1982


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