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 Correos: Pregunta sobre la vinculación jurídica.- AC

110. Aspectos jurídicos
AC :

Yo nunca he sido miembro del Opus Dei, aunque durante algún tiempo asistí a círculos, meditaciones, tuve un director espiritual, etc. Me aparté de todo eso cuando me pidieron hacerme numerario. Las circunstancias, mis motivos, mis impresiones, etc., es una historia que tal vez contaré en otro momento.

Leyendo diversos testimonios, veo que, para abandonar el Opus Dei, hay que redactar una carta al "padre" solicitando la dispensa.

Mi pregunta es: ¿qué vinculación jurídica tiene realmente un miembro con el Opus Dei, ya sea numerario, supernumerario, etc.? Es decir, si un numerario, de pronto, se marcha a vivir por su cuenta, sin dar más explicaciones y sin escribir ninguna carta y hace un nuevo testamento sin contárselo a nadie, o si le es denegada la dispensa, o sencillamente solicita la dispensa pero la respuesta se demora: ¿cuál es su situación jurídica? ¿Tiene algún tipo de responsabilidad civil hacia el Opus Dei? ¿Puede ser obligado a regresar?

Formulándolo al revés: ¿qué responsabilidades y compromisos legales se adquiere con el Opus Dei al ser aceptado como miembro, prestar los juramentos, etc.?

Pregunto por la situación jurídica y civil, y no por la situación religiosa, porque yo creo que Dios está por encima de toda "burocracia espiritual".

AC




Publicado el Wednesday, 20 July 2005



 
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Estatutos del Opus Dei - 1982


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