Los estatutos de 1941: una bomba atómica.- Teluro
Fecha Friday, 03 February 2012
Tema 115. Aspectos históricos


      Finalmente los estatutos de 1941 para aprobar al Opus Dei como Pía Unión han visto la luz del día. Son una bomba (atómica). Sin duda alguna a partir de ahora va a haber un antes y un después en el relato de la Historia del Opus Dei y especialmente de Escriba.

      De estos estatutos sólo se conocía la cáscara externa de la cebolla: la parte de ellos denominada Reglamento. Este Reglamento aparece traducido al latín en el Itinerario jurídico y también, en este mismo Itinerario, los autores nos ofrecen sólo el Artículo 1 del Reglamento en español, que coincide punto por punto con el que nos ha ofrecido el benemérito Guillaume. También en el Itinerario aparecen algunas referencias a los artículos de la parte interna de la cebolla Escrivariana: la parte de los estatutos, que sigue al Reglamento. Esta parte era ultrasecreta y no nos extraña, porque su contenido avala los apelativos Masonería Blanca y Santa Mafia aplicados al Opus Dei.

Pido perdón por emplear el calificativo "ultrasecreto" reiteradamente, pero creo que es importante hacerlo, por las implicaciones que tiene...



La cáscara de la cebolla (Reglamento) era lo que Escrivá entregaba a los Obispos y previsiblemente a las autoridades civiles, pero en latín. En ella se dice que el dinero que cada año sobraba a la Pía Unión Opus Dei se entrega al Obispo en cada diócesis (¡¡). Y una serie de banalidades entre las que destaca que la Pía Unión está para ser santos con el trabajo profesional, cosa de la que ya no se habla más en la parte ultrasecreta, pero que le pudo venir muy bien a Escrivá en las sucesivas aprobaciones, en las que era necesaria al menos una especificación de fines. Ahora vemos que este Reglamento está escrito simplemente para camuflar los verdaderos propósitos de la Pía Unión, los cuales aparecen en toda su cruda realidad en la parte ultrasecreta que Guillaume nos ha entregado.

¿Quién conoció esta parte ultrasecreta antes de su publicación en Opuslibros?

Además de Escrivá de Balaguer, en principio su redactor (con Escribá no hay que dar nada por supuesto), son buenos candidatos los monseñores Alvaro del Portillo y Echevarría. ¿Alguno más?

Los autores del Itinerario Jurídico, Señores de Fuenmayor (ya difunto), Illanes y Gómez-Iglesias, han citado, como hemos dicho más arriba, algunos artículos de la parte ultrasecreta, pero no se deduce de aquí que tuvieran acceso al texto completo del documento. En efecto, suponerlo así implicaría que los autores del itinerario jurídico, Señores Fuenmayor, Illanes y Gómez-Iglesias, son responsables de haber escrito un itinerario jurídico que es una manipulación pura y llana en el verdadero sentido de la palabra. Su amor a la verdad histórica, no lo dudamos, espoleará ahora a los autores vivos (Illanes y Gómez-Iglesias) a una nueva redacción de su Itinerario jurídico que inserte, describa y explique con claridad los nuevos datos ahora conocidos, aunque sólo sea en descargo del difunto coautor Sr. de Fuenmayor. Al menos una declaración pública de parte de los dos coautores vivos sería muy bien recibida. De no hacerlo así pensaríamos que en cumplimiento de los artículos del ultrasecreto documento ellos han consultado a la cúpula y ésta les ha prohibido actuar.

También damos el parabién a autores, como los Señores Giancarlo Rocca y Estruch,que bebiendo en las nuevas fuentes del ultrasecreto documento podrán reemprender con renovados ímpetus sus importantes investigaciones en pro de la clarificación de la vida de Escrivá de Balaguer y Albás y de su obra. Esta clarificación se hace ahora más necesaria que nunca, porque los nuevos datos que ofrece el ultrasecreto documento dan un mentís rotundo a muchas afirmaciones de Escrivá repetidas Urbi et Orbi en toda clase de medios de comunicación y también en privado.

Este es también el lugar de dar las gracias y de rehabilitar a Don Alberto Moncada. Este señor ha publicado varios libros de testimonios personales y de otras personas. El valor de estos testimonios se ve ahora multiplicado y brillantemente confirmado en el contenido del documento ultrasecreto. El tono de los libros de Moncada, serio y mesurado, tenía el timbre de lo genuino. Ahora sabemos que lo que decía no sólo era verdad como praxis, sino que era parte del espíritu de la Obra.

Nos preguntamos también ahora si el documento ultrasecreto dará luz nueva a los responsables en el Vaticano del proceso de beatificación de Escrivá para actuar en consecuencia. Su sóla lectura basta para lanzar sombras importantes sobre su figura. ¿Cómo es posible que el Obispo Monseñor Eijo y Garay diera su aprobación a estos estatutos? ¿Conocieron en la Congregación de la Causa de los Santos ese escrito? No dudamos de que fue así. Negarlo sería lanzar una acusación de incompetencia a tan alto organismo o de falseamiento por parte de la promotora del proceso, o de ocultación de pruebas. Entonces ...

Saludos,

Teluro







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