Que el Opus Dei condene a alguien al infierno es una HEREJÍA.- José Tomás
Fecha Monday, 05 March 2012
Tema 125. Iglesia y Opus Dei


Que el Opus Dei condene a alguien al infierno es una HEREJÍA

José Tomás, 5 de marzo de 2012

 

 

Es probable que muchos contesten al correo de la supernumeraria que quiere irse de la Obra a la que llamaré Gabriela por no saber su nombre. Le daré mi contestación también.

 

¡Oye, Gabriela! A nosotros siempre nos han dicho esto del rejalgar y de que salir de la obra implicaría nuestra condenación eterna. Pero oye con mucha atención:

 

¡¡ESO ES UNA HEREJÍA!!

 

No me creas a mí, pregúntalo a cualquier cura o teólogo, PERO QUE NO TENGA NADA QUE VER CON EL OPUS DEI.

 

Providencial tu mención a los pecados contra el Espíritu Santo. Pensé en ello un momento antes de leer lo que preguntaste de eso. Un segundo antes. Providencial...



Los únicos pecados que no se perdonan son esos, y la Iglesia siempre ha señalado que el primero de ellos es "desesperarse de la salvación". Entonces queda evidente que lo que hace el opus es exactamente inducir a las personas a que se coloquen en este pecado al hacer esta amenaza herética. Déjame ser más concreto: EL OPUS INTENTA HACER A LOS QUE SE VAN QUE PEQUEN CONTRA EL ESPÍRITU SANTO, AL DECIRLES QUE SE CONDENARÁN SI SE VAN! En el código penal, inducción al crimen es también crimen. De la misma forma, inducir a pecar es pecado, y gravísimo. Técnicamente, en teología moral, es llamado pecado de ESCÁNDALO.

 

Es evidente que NADIE PUEDE GARANTIZAR LA CONDENACIÓN ETERNA DE NADIE, y aun menos por salir del opus, QUE NO ES PECADO Y ESTÁ PREVISTO EN EL DERECHO CANÓNICO Y EN EL MISMÍSIMO CATECISMO DE LA OBRA. AÚN MÁS QUE SE TRATA DE INCORPORACIÓN TEMPORAL. También en la profesión perpetua (“Fidelidad” en la obra), el Derecho Canónico provee las condiciones para que uno “abandone su camino”, por la figura jurídica de la “dispensa de los votos”, SIN JAMÁS IMPLICAR QUE ESTO SEA PECADO. LA IGLESIA AMA LA LIBERTAD, cosa al que el opus tiene profundo desprecio y odio.

 

Mira: NUNCA JAMÁS EN TIEMPO ALGÚN EN TODA LA HISTORIA DE LA IGLESIA NADIE NUNCA HA DICHO, POR EJEMPLO, QUE UNA MONJA SE CONDENARÍA POR DECIDIR NO HACER PROFESIÓN PERMANENTE Y, MUCHO MENOS, POR NO RENOVAR LA PROFESION TEMPORAL. Incorporaciones temporales son la prueba de la Prudencia de la Iglesia, esto se llama DISCERNIMIENTO VOCACIONAL, una expresión que nunca se usa en la obra porque allí no se practica, VIOLANDO DIRECTAMENTE LA LEY DE LA IGLESIA.

 

El tempo de discernimiento existe porque la Iglesia cree que la entrega total es una vocación tan completa y radical que se exige del candidato PLENO CONOCIMIENTO Y PLENO CONSENTIMENTO (es como el antónimo del pecado mortal). El opus niega ambos: EN LA “VOCACIÓN” A LA OBRA NO HAY PLENO CONOCIMIENTO, pues hasta alguien que pasa 50 años dentro no sabe todo si no ha sido miembro directivo, gracias a los reglamentos secretos. Dices FIAT sin saber a lo que estás asintiendo, gracias a la doctrina herética de “plano inclinado”. ESTO NO OCURRE EN NINGUN OTRO TIPO DE VOCACIÓN EN LA IGLESIA, Y ESTÁ EXPRESAMENTE PROHIBIDO EN EL DERECHO CANÓNICO. Cuando un postulante / novicio benedictino (opus utiliza: “alguien que ha hecho la admisión / oblación”) hace su postulación / profesión temporaria, SABE EXACTAMENTE TODO A LO QUE ESTÁ OBLIGADO POR LA REGLA, cosa que JAMÁS ocurre en el opus, donde todo es secreto y “ya sabrás más” cuando llegues al grado asignado (eso hace del opus una SECTA GNOSTICA, pues opera con distintos “grados de iniciación”).

 

Así mismo, EN LA “VOCACIÓN” A LA OBRA NO HAY PLENO CONSENTIMENTO, pues las sucesivas incorporaciones se hacen principalmente por coacción espiritual (¡si no perseveras, te vas a condenar!). Contratos hechos “sub coactione” son JURIDICAMENTE NULOS, tanto en el derecho civil cuanto en el derecho canónico.

 

O sea, que aunque abandonar la vocación fuera pecado (¡Y NO LO ES!), no sería un pecado contra el Espíritu Santo, porque no comporta la desesperanza de la salvación.

Así que, Gabriela, no te dejes engañar, pues este planteamiento es HERÉTICO.

 

Y esto es válido para todos los de dentro que quieren salir pero tienen miedo. Quizás sea pecado, en esas circunstancias, SEGUIR en el opus, ya que sería una forma de lento suicidio espiritual, psíquico y hasta físico, pecado contra el quinto mandamiento.

¡Que Dios te ilumine y te de fuerzas!

 

Saludos a todos

José Tomás

 

P. S. Es posiblemente una buena oportunidad para sugerir algo que he estado pensando. ¿No sería el caso de alguien hacer formalmente una "Consulta" (¿así se llama?) a la Congregación para la Doctrina de la Fe buscando aclarar ésta y otras cuestiones claramente heréticas en la doctrina del opus dei? Yo no tengo la competencia para hacerlo y hay en Opuslibros muy brillantes teólogos y canonistas que podrían quizás intentarlo. Habría que haber alguna orientación sobre los procedimientos, algo como el texto de E. B. E. sobre como denunciar los abusos del opus a la Santa Sede. Esto podría abrir una nueva frente en el Vaticano, pues los problemas del opus no son solo de praxis sino de doctrina también.







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