Recuerdos sobre la personalidad jurídica del Opus Dei en España.- Josef Knecht
Fecha Wednesday, 13 February 2013
Tema 110. Aspectos jurídicos


Puedo testimoniar que Ottokar tiene toda la razón en su análisis histórico (11.02.2013) sobre el procedimiento seguido por las autoridades del Estado español con motivo del cambio de personalidad jurídica civil de la prelatura personal del Opus Dei.

 

Viví en Pamplona por los años 80 del siglo pasado, lo que me permitía relacionarme con profesores de Derecho Canónico de la Universidad de Navarra. Éstos referían en las tertulias de los centros o casas de numerarios (en las aulas de la Facultad de Derecho Canónico no se atrevían a hablar en público sobre ello) que el Gobierno socialista presidido por Felipe González se negaba a modificar la personalidad jurídica civil que el Opus Dei ya tenía en España como instituto secular, a pesar de que el Opus, en noviembre de 1982, hubiera sido erigido prelatura personal. Aquellos expertos canonistas, catedráticos y auténticos gurús en su materia, argumentaban que la reticencia del Gobierno socialista a cambiar la personalidad jurídica civil del Opus Dei –después del cambio de su personalidad jurídica eclesiástica– se debía a la actitud anticlerical del entonces Vicepresidente del Gobierno español, Alfonso Guerra, que ponía todo tipo de obstáculos para que la Iglesia Católica mantuviera viejos privilegios o adquiriera nuevos (nuevos a consecuencia, por ejemplo, del nuevo Código de Derecho Canónico de 1983). También se decía, siempre en tertulias privadas y en círculos reservados, que, en caso de que llegase el Partido Popular al poder, se podría lograr fácilmente el cambio de personalidad jurídica civil del Opus que los socialistas obstaculizaban con terquedad; y así sucedió poco después de que el Partido Popular ganara las elecciones generales en 1996, como bien nos ha detallado Ottokar. Estos comentarios escuchaba yo de vez en cuando en las tertulias de centros de numerarios en aquellos años: desde finales de 1982 en adelante.

 

También recuerdo, si no me falla la memoria, que el primer país que modificó la personalidad jurídica civil del Opus Dei tras su transformación de instituto secular en prelatura personal (1982) fue Ecuador gracias a las buenas relaciones entre un numerario del Opus, don Juan Larrea, que llegó a ser arzobispo de Guayaquil, y el Gobierno ecuatoriano de entonces. Entre los canonistas de Pamplona se elogiaba a monseñor Larrea como un ejemplo de eficacia que debía seguirse en otros países en orden a lograr cuanto antes el cambio de personalidad jurídica civil del Opus.

 

Hay que reconocer, por desgracia, que los canonistas del Opus y, sobre todo, los directores de la prelatura han sido geniales en la consecución de ese cambio de personalidad jurídica civil después de 1982 en los países en que el Opus despliega su labor. Si tenemos en cuenta que, en el actual Código de Derecho Canónico, las prelaturas personales (cánones 294-297) no son consideradas una estructura jerárquica de la Iglesia ni una circunscripción eclesiástica ni una iglesia particular, sino una asociación de sacerdotes incardinados en ellas para cubrir peculiares necesidades pastorales, resulta sorprendente que el Opus Dei haya logrado pasar ante tantos y tantos Estados como si fuera equiparable a una circunscripción eclesiástica o diócesis, al margen de lo establecido por el mismísimo Código de Derecho Canónico y –lo que es peor– al margen de la propia praxis de funcionamiento institucional y vital de los miembros del Opus, laicos y sacerdotes, que es una praxis establecida bajo evidente e indudable régimen asociativo. Una operación de “camuflaje” de este tipo, claramente contrapuesta al Derecho Canónico ahora vigente y a la realidad de la propia vida institucional y personal de los miembros, sólo se logra a base de mucho dinero y de notables influencias o relaciones políticas, tanto eclesiásticas como civiles, ya que con la fuerza convincente de estos factores –sin menospreciar la intercesión celestial de san Josemaría– se obran verdaderos “milagros”.

 

Y, por cierto, que conste que el Opus Dei, en virtud de la “mentalidad laical”, no hace política... y que sus teólogos y canonistas no constituyen ninguna escuela teológica o canonística propia que defienda los intereses de la institución, sino que, a diferencia de las órdenes religiosas que sí han creado escuela teológica (franciscanos, dominicos, jesuitas, redentoristas), gozan, en virtud de la “mentalidad laical”, de la más absoluta libertad en las materias opinables sin someterse a planteamientos de escuela... ¡Cuánta contradicción burlesca!

 

Josef Knecht









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