Sentencia contra Agustina.- Conrad
Fecha Friday, 22 February 2013
Tema 110. Aspectos jurídicos


Tras darle algunas vueltas, me parece muy adecuado el resumen que finalmente hace Agustina (20/02/2013) en relación a la desgraciada sentencia dictada por el Juzgado de lo Mercantil número 10 de Madrid. Efectivamente, si no puede discutirse el fondo de lo que se dice en los documentos en cuestión ni tampoco se acreditan razones para dudar de la autoría o de la pertenencia de esos documentos a Scriptor o a la Prelatura, no merece la pena gastar tiempo, dinero y esfuerzo en recurrirla.

Puede ser efectivamente que alguien alardee de esa sentencia y confunda la "certeza judicial" con la realidad. En mi opinión, en este caso (igual que en el de Kaiser hace unos meses), nadie con dos dedos de frente y una mínima formación (no necesariamente jurídica, basta con que sea general), puede entender que tales resoluciones sean el resultado de un verdadero juicio sobre el fondo de la cuestión, ni que supongan poner punto y final, gracias al auxilio de la administración de justicia, a un intento serio de reflexión crítica sobre el Opus Dei (el que se desarrolla en esta página). Son, simplemente, el (esperado) resultado de la concreta y estricta aplicación de la ley española (de la propiedad intelectual, en un caso, y de la enjuiciamiento criminal en base a una conformidad del acusado en el otro). Es decir, no hay cerrada vía alguna, ni siquiera la judicial, a que algún día pongamos las cosas en su sitio y demos a cada uno lo suyo. En definitiva, en eso consiste la justicia ¿no? Naturalmente, sin acritud.

Un saludo.

Conrad.







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