Prueba documental del no testamento del fundador.- Agustina
Fecha Friday, 22 March 2013
Tema 115. Aspectos históricos


             Para quienes no conozcan las costumbres y las praxis del Opus Dei, que el fundador muriera sin haber hecho testamento puede no tener la menor relevancia. Pero para quienes los padecimos (las costumbres, las praxis y al fundador) sí la tiene porque a numerarios y agregados se nos obliga a hacer testamento a favor de la Obra.

            Hasta hace poco supimos y fue gracias a Opuslibros –y no por el Alto Cuerpo de Historiadores de la Prelatura-, que el santo fundador falleció sin testar. Resultó muy extraño que quien impusiera a sus “hijos” la obligación de hacerlo no lo llevara él mismo a la práctica dando ejemplo. Esto se descubrió por unas gestiones que se hicieron con motivo de la demanda del Opus Dei y de Scriptor S.A., en la que se pleiteaba por los derechos de autor y propiedad intelectual de las obras (documentos internos/secretos) publicadas en Opuslibros...



Solicité un certificado, mediante el pago de las tasas correspondientes, de las obras registradas por el Opus Dei. La respuesta oficial del Registro fue que la Prelatura de la Santa Cruz y Opus Dei no tenía registrada ninguna obra. A continuación, solicité otro certificado para ver qué obras tenia registradas Scriptor S.A. De todas las obras a retirar de Opuslibros, tanto las del Opus Dei como de Scritptor S.A., ninguna estaba registrada. Pero Scriptor sí tenía registradas otro tipo de obras que son las que se han publicado en Rialp, Mundo Cristiano... como Forja, Es Cristo que pasa, Amar al mundo apasionadamente, etc.

Y fue ahí, en las obras publicadas que eran propiedad de Escrivá hasta su fallecimiento, donde consta en los certificados el hecho de su no testamento, quién fue su legítimo heredero y el precio que se pagó por la compra de la propiedad intelectual. Esta es la prueba documental.

 

Certificado general de cada una de las obras de Escrivá hasta su fallecimiento, propiedad ahora de Scriptor S.A.

Anotación en el certificado


Trascripción de la Anotación: “Monseñor José María Escrivá de Balaguer y Albás, autor de la obra de este número, falleció intestado en Roma, el 26 de junio de 1.975, siendo declarado único y universal heredero, por Auto del Juzgado de Primera instancia, número 9, de Madrid, su hermano Santiago Escrivá de Balaguer y Albás, quien aceptó la herencia, adjudicándose los derechos de propiedad intelectual de su causante que comprenden, entre otras obras, las de este número, que vendió, en unión de las restantes, por precio global confesado recibido de dos millones de pesetas a “SCRIPTOR, S.A.”, que anota a su favor el derecho de propiedad intelectual sobre la misma. La inscripción extensa es la de la obra número 87.379, al folio 379 del Tomo 289. En Madrid ocho de enero de mil novecientos setenta y siete.- El Registrador General.

Agustina L. de los Mozos







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