Breve respuesta a Antonio Esquivias.- JaraySedal
Fecha Wednesday, 12 November 2014
Tema 110. Aspectos jurídicos


Que tu reclamación no tiene amparo legal se ha explicado modestamente por el que suscribe en esta web en escrito publicado en fecha 24 de octubre de este año y por Pinsapo en la misma página en escrito de 31 de octubre.

Es muy simple: no es (la de numerario) una actividad incluida en el campo de aplicación del sistema de la seguridad social. Aunque te lo reconociera el Opus. Si lo dudas, léete los artículos 59 y 60 del Real Decreto 84/1996, de 26 de enero, por el que se aprueba el Reglamento general sobre inscripción de empresas y afiliación, altas, bajas y variaciones de datos de trabajadores en la Seguridad Social, sobre los efectos de las afiliaciones, altas o cotizaciones indebidas. El que no tenga amparo legal, no significa que considere injusta tu denuncia. Todo lo contrario, pero entendida como pretensión de futuro de la que habrían de resultar beneficiarios futuros numerarios o miembros de otras instituciones similares previa modificación del marco legal declarando obligatoria el alta y la cotización por los mismos, como se hizo con los miembros del clero.

A efectos legales los estatutos del Opus son bastante irrelevantes (no son fuente de derecho en el ordenamiento jurídico español). Sí creo que la Constitución española encomienda a los poderes públicos el “mantenimiento de un régimen público de Seguridad Social para todos los ciudadanos” (artículo 41), principio rector por el que existen pensiones no contributivas, y sobre el que deberían sustentarse las modificaciones legales que impusieran cotizar al Opus e instituciones similares por sus miembros que no realicen otras actividades remuneradas distintas al servicio a la propia institución, no incluidos en ningún régimen de la seguridad social. Evitando así, además, tener que soportar en el futuro peticiones de pensiones no contributivas. Como se ha recogido en estas páginas éste es un problema cuyo agravamiento crece en proporción directa al número de miembros del Opus que se dedican exclusivamente a labores internas, cada vez mayor, por el menguante saldo entradas – salidas.

La solución que propone Gervasio el 10 de noviembre de los planes privados de pensiones no ampara, que es de lo que se trata, a quien abandona el Opus, si carece de medios de subsistencia para seguir pagando las cantidades del plan, amén de las muchas otras contingencias que ampara la seguridad social  incapacidad, muerte y supervivencia, etc ).

En definitiva, Antonio, tiene un gran valor tu reclamación, es pertinente tu denuncia, pero no creo que consigas beneficiarte tu mismo de ella. Tiene un valor de futuro y, por eso, he firmado tu petición en change.org.: tengo bastantes allegados militando en esa organización, numerarios con estudios superiores dedicados a labores internas, y no me gustaría que por esas cosas de la vida no perseveraran, como dicen ellos, y se encontraran en las dificultades que tú soportas actualmente. Y lo dejo aquí.

JaraySedal









Este artículo proviene de Opuslibros
http://www.opuslibros.org/nuevaweb

La dirección de esta noticia es:
http://www.opuslibros.org/nuevaweb/modules.php?name=News&file=article&sid=22822