La praxis secreta del Opus Dei.- Simplicio
Fecha Friday, 20 May 2016
Tema 060. Libertad, coacción, control


El viernes pasado, 12 de mayo de 2016, Gabuzo nos informaba de que la compañía mercantil SCRIPTOR SA, invocando ser titular de los correspondientes derechos de autor sobre los documentos internos del Opus Dei, le impide dar acceso a esos documentos en el sitio http://www.opus-info.org 

Se reproduce la situación de hace cinco años, cuando Agustina nos informaba de la demanda interpuesta por la prelatura y por la misma sociedad mercantil para silenciar y ocultar los documentos internos del Opus Dei.

 

Recomiendo repasar los numerosos escritos que se fueron publicando en Opuslibros entre julio y diciembre de 2011 sobre este tema.

 

En su día publiqué una relación de los principales hitos del proceso jurídico, que reproduzco a continuación, pero hay muchos otros escritos interesantísimos publicados en ese semestre, que vale la pena releer.

 

1.- Requerimiento de la prelatura.

2.- Contestación de Opuslibros

3.- Determinación de las obras "censuradas"

4.- Medidas cautelares

5.- Oposición a las medidas cautelares

6.- Vista judicial sobre las medidas cautelares

7.- Confirmación de las medidas cautelares

8.- Vista previa al juicio

9.- El Juicio

10.- La Sentencia

 

Finalmente querría señalar una de las muchas contradicciones en que incurre la prelatura Opus Dei. Por aquellas fechas Manuel Garrido, director de la oficina de información del Opus Dei, publicó un comunicado en el que, entre otras cosas; alegaba: "Con esta reclamación se quiere evitar la publicación descontextualizada de esos textos".

 

Sin embargo, el efecto conseguido (y por supuesto pretendido) resulto ser exactamente el contrario, puesto que:

 

1º.- Lo que realmente hacía Opuslibros era una publicación contextualizada, ya que no solo publicaba el documento íntegro, sino todos los demás, con lo que proporcionaba abundantes datos de contexto que permitían a cualquiera de forma imparcial formarse una opinión bien fundamentada y con múltiples elementos de juicio.

 

2º.- Lo realmente conseguido con la sentencia fue que se retirara de la circulación todo el contexto (los documentos), pero propia sentencia reconocía en su punto SÉPTIMO la legitimidad de publicar citas de dichos escritos, al amparo de lo establecido en el artículo 32 de la Ley de Propiedad Intelectual, que dice: "Es lícita la inclusión en una obra propia de fragmentos de otras ajenas de naturaleza escrita… y su inclusión se realice a título de cita o para su análisis, comentario o juicio crítico. Tal utilización sólo podrá realizarse con fines docentes o de investigación, en la medida justificada por el fin de esa incorporación e indicando la fuente y el nombre del autor de la obra utilizada…"

 

Simplicio









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