El Opus Dei colabora con el Ministerio de Defensa español (II).- Gervasio
Fecha Monday, 16 April 2018
Tema 125. Iglesia y Opus Dei


El Opus Dei colabora con el Ministerio de Defensa español (II)

Gervasio, 16/04/2018

 

El pasado 19 de marzo de 1918 escribí un breve comentario relativo a la Resolución 420/38310 /2017, de 28 de diciembre, de la Secretaría General Técnica del Ministerio de Defensa, por la que se publica el anexo para el año 2017 del Convenio de colaboración con la Prelatura de la Santa Cruz y Opus Dei. El tal convenio no aparece ni en el Boletín Oficial del Estado, ni en “Romana”, que es el Boletín —el único boletín oficial existente— de Prelatura de la Santa Cruz y Opus Dei. Gracias a Opuslibros, sin embargo, puede consultarse el texto completo de ese convenio.

Entre el Estado español y la Santa Sede existe un acuerdo de 3 de enero de 1979 sobre asistencia religiosa católica a las Fuerzas Armadas. Esta asistencia religiosa se ejerce por medio del Vicariato Castrense, que tiene la consideración de Diócesis personal, no territorial, como se consigna en su artículo II. El Opus Dei no tiene la consideración ni de diócesis personal, ni de diócesis territorial, sino de prelatura personal...



El convenio está suscrito por doña Irene Domínguez Alcahud, subsecretaria de Defensa, que actúa en representación del Ministerio de Defensa y por delegación del ministerio de Defensa. Por parte del Opus Dei suscribe el convenio don Pedro Álvarez de Toledo, en calidad vicario del Opus Dei, Delegación de Madrid Oeste. A este respecto conviene tener en cuenta que la organización territorial del Opus Dei es similar al de las órdenes y congregaciones religiosas, si bien la terminología no es exactamente igual. Territorialmente el Opus Dei está dividido en Regiones —que suelen corresponder al ámbito de una nación—, cada una de las cuales se divide a su vez en delegaciones. Como en España el Opus Dei está muy desarrollado, se encuentra dividido territorialmente en unas siete u ocho delegaciones. Madrid, por ser tan populoso, está dividido en dos delegaciones: Madrid Este y Madrid Oeste, marcando la línea divisoria el Paseo de La Castellana. Colmenar Viejo, sede de la Agrupación de Apoyo Logístico nº 11 (AALOG nº 11) y de otros centros y dependencias militares que en el Convenio se mencionan, corresponde a Madrid Oeste. Esta parece ser la razón por la que quien suscribe el convenio por parte del Opus Dei es el vicario del Opus Dei. Delegación de Madrid Oeste. Así lo llaman absurdamente. Absurdamente porque el Sr. Álvarez de Toledo figura simultáneamente como vicario y como delegado. Terminologías absurdas aparte, la llamada Delegación Madrid Oeste es, un área territorial de la Prelatura de la Santa Cruz y Opus Dei, cuya sede central está en Roma.

Esas demarcaciones territoriales corren parejas con las de las órdenes y congregaciones religiosas. También éstas acostumbran a dividir su estructura organizativa territorial de igual manera. Las regiones —a veces las llaman provincias— a su vez se subdividen en áreas territoriales de menor extensión. Como el Opus Dei, las órdenes y congregaciones religiosas tienen su sede central en Roma.

Cuando lo estime conveniente para el servicio religioso-pastoral —leemos al comienzo del convenio—, el Arzobispo castrense se pondrá de acuerdo con los Obispos diocesanos y los Superiores mayores religiosos, que sin dejar los oficios que tengan en su diócesis o institutos, presten ayuda a los capellanes castrenses. Como en 1979 no existía la figura jurídica prelatura personal —de que trata el Código de Derecho canónico de 1983— se habla sólo de los obispos diocesanos y los superiores mayores religiosos. Esa posibilidad de ayuda a los capellanes castrenses se ha abierto también, mediante este convenio, a los sacerdotes de la única prelatura personal existente: el Opus Dei.

La figura de la prelatura personal trae su origen remoto, a juicio de los canonistas del Opus Dei, en el apartado III del decreto Presbyterorum Ordinis, del Concilio Vaticano II, dedicado a la Distribución de los presbíteros y vocaciones sacerdotales. Tal origen es puramente nominal. Entre las diversas posibilidades que allí se contemplan para mejorar la distribución del clero se enumera la de establecer prelaturas personales. A esa posibilidad se ha acogido el Opus Dei, que actualmente está configurado como prelatura personal. Sin embargo, como consecuencia de la erección del Opus Dei en prelatura personal, no parece que se haya logrado una mejor ni un nuevo modo de distribución del clero. En este caso, los sacerdotes del Opus Dei se limitan a colaborar con el Arzobispado castrense de España, como pudieran hacerlo y lo hacen algunas diócesis e institutos religiosos. La condición de prelatura personal del Opus Dei en nada mejora la distribución del clero español, ni el de Inglaterra, ni el de EEUU ni el del resto de las regiones, ni la de ninguna diócesis o archidiócesis.

En cierta ocasión, estábamos de tertulia con $anjosemaría —que todavía no estaba en el cielo, pero por santo se le tenía— a la que se había incorporado un español recién llegado de la Región de España. El recién llegado contribuyó a la tertulia con una anécdota, con la que pretendía alegrar al $anto fundador. Al parecer en el oratorio privado de su casa casi nunca había misa, por lo que tenían que acudir a la parroquia de al lado. A esa misa asistían también supernumerarios y supernumerarias y algún agregado. En fin, se respiraba un ambiente muy “de casa” que se manifestaba en diversos detalles incluso litúrgicos. Nada agradó al Padre tal situación. Tiró de agenda, anotó algo y añadió. Mañana mismo enviaré una nota diciendo que en todas las casas se celebre misa diariamente. Y añadió:

    Y los curas que binen y si es preciso que trinen.

Lo de trinar lo decía por supuesto con su miajita de humor.

Lo que parecía no haberse parado a pensar es que la problema no residía tanto en que los curas binasen o trinasen, sino en que no gozan el don de la bilocación. Hay demasiadas misas y meditaciones que deben producirse a la misma hora en lugares diferentes. El Padre acostumbraba a exigir no sólo cosas difíciles, sino en ocasiones cosas imposibles por contradictorias. No le importaba demasiado exigir esto último, pues estaba convencido que exigir da buenos resultados. A mi modo de ver había y hay demasiado de esto último. Si a alguien se le va mano en exigir cosas imposibles, contradictorias o muy difíciles, se acaba por no hacerle caso nada más que hipócritamente. No quiero divertirme más con lo de exigir —no exigir demasiado, que eso es razonable—, sino en exigir cosas absurdas, irrealizables o tontas. Podría poner muchos de ejemplos…

A lo que iba. La única prelatura personal que se ha creado en base al nº 10 del decreto Presbyterorum ordinis —el Opus Dei—, en nada a contribuido a dar cauce a las inquietudes de los padres conciliares relativas a una mejor distribución del clero. En mi casa, a veces venía a decir misa un sacerdote agregado en ausencia del cura de la casa. No me parece que a los padres conciliares les preocupase demasiado, en tema de distribución del clero, que los oratorios privados del Opus Dei no estuviesen debidamente atendidos con misa diaria. Esa no era la problema.

El Opus Dei no da puntada sin hilo. Tampoco me parece que le preocupe demasiado ayudar a los capellanes castrenses, sino obtener algún beneficio de esa colaboración, como ya apuntaba en mi anterior artículo.

Gervasio







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