¿MI ÚLTIMA VOLUNTAD?.- Johannes Kuhlmann
Fecha Monday, 24 June 2019
Tema 110. Aspectos jurídicos


Luego de mi salida del opus, allá por el año 2000 – 19 años! ya ha pasado mucha agua debajo de este puente – pensé que no tendría que encontrarme con una sorpresa como la que a continuación voy a narrar… Donde vivo nos enorgullecemos de ser muy legalistas y como dice el refrán “los papelitos hablan”; pues resulta y sucede que estoy en Archivos Nacionales y hago la consulta de si existe registro de algún testamento asociado a mi persona.

Sorpresa! Sí lo hay… y totalmente vigente!… ahí estaba 33 años después el acta notarial con las rúbricas de mi persona,



el numerario director de la residencia de aquel entonces, otro numerario mayor y una persona más de testigo… todos en presencia del notario, también numerario… (días después de mi salida, en el opus me aseguraron que ese tema del testamento ya estaba solucionad).   

Para explicar brevemente el tema del testamento, en el opus este es un requisito que - para otorgar la llamada fidelidad (y su anillo) - el candidato debe testar todas sus pertenencias – incluídos los bienes patrimoniales – a quien “libremente” desee y establezca además su última voluntad (me parece que también se decía lo de la túnica blanca como único atuendo a la hora de ser enterrado). Sobra decir que todos los bienes no patrimoniales, se le aconseja al candidato a la fidelidad ser testados a alguna organización jurídica asociada al opus. Tuve la fidelidad y por tanto, sí! ese testamento fue “libremente” realizado por mi persona.

No tengo idea si existe o no una guía de cómo se redactan los testamentos en el opus, pero este es “mi testamento” tal y como aparece en el protocolo de notario XXXX – B.C.L.; Número de Tomo: 6; Signatura: 31508; Folios: 45 – 46; Número de escritura: 65 (lo subrayado o resaltado es mío)

“Número sesenta y cinco: Ante mí, L.B.C., notario con oficina en esta ciudad, comparece don XXX – mayor, soltero, ingeniero XXX, con cédula XXXX, de este vecindario – me presenta un sobre blanco cerrado, bajo cubierta – papel sellado de un colón número seiscientos treinta mil ciento cuarenta y siete A uno – en lo que he consignado la razón correspondiente y dice que contiene un testamento ológrafo, escrito todo de su puño y letra en una hoja de papel blanco con veintidós líneas en el anverso y su firma, sin borrones, enmiendas, entrerrenglonaduras, ni notas marginales. Entrego esa cubierta cerrada, sellada y lacrada al compareciente, a quien leí lo escrito y lo aprobó ante los testigos de este vecindario V.B.C, F.F.U. y J.P.H., a quienes conozco y de cuya capacidad legal y moral para este acto doy fe y todos firmamos en XXX, a las catorce horas del XXX de mayo de mil novecientos ochenta y XXX.”

Mi actual abogado me explica que se trata de un “testamento cerrado” y que al momento de mi fallecimiento se procede a abrir y ejecutar mi última voluntad tal cuál fue escrito… Así el sobre blanco cerrado, sellado y lacrado - del cual desconozco su paradero o si fue o no realmente destruido - es la pieza clave en este escenario legal.

Si efectivamente el opus destruyó ese sobre blanco cerrado, sellado y lacrado, más no se hizo ningún tipo de trámite o anotación en el protocolo del notario advirtiendo su destrucción, ¿quién asegura que una vez yo fallecido aparezca un “sobre blanco cerrado, sellado y lacrado con 22 líneas en el adverso y mi firma”?… muerto yo, ¿quién hará pruebas caligráficas para cotejar la validez de esa firma?... no es paranoia! Es legalidad que el opus ligeramente o deliberadamente se lo pasa por donde quiere.

Independientemente de lo anterior, de lo descrito en ese protocolo – sin ser yo abogado – observo omisiones graves e inadmisibles que probablemente lo harían inválido y cabría también algún tipo de sanción al notario que lo realizó:

1. Los testigos citados en el protocolo carecen de información suficiente para poder ser localizados: cualidades, número de identificación, nacionalidad, etc.

2. ¿Por qué motivo no se indica mi condición física, mental y moral como testador en el momento de la firma de este documento?

3. El sobre blanco cerrado, sellado y lacrado, de no tenerlo el notario bajo su cuido y protección o no tener la trazabilidad del mismo, ¿qué objeto tuvo su participación en dicho evento?

Para mi tranquilidad he procedido a realizar un nuevo testamento, donde explícitamente indico que revoco cualquier otro anterior.

Me daría por muy satisfecho que el opus me hiciera llegar - en los próximos días - ese “sobre blanco cerrado, sellado y lacrado”… No tiene que ser personalmente, me lo pueden hacer llegar por DHL, FEDEX o hasta por GO PATO… antes de que yo proceda a enviar a la Dirección Nacional de Notariado queja formal acerca del actuar del notario y que se proceda a sancionar su actuación. Gracias!

Johannes Kuhlmann







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