Ampliación de información.- ARP
Fecha Monday, 29 May 2006
Tema 010. Testimonios


Querida Agustina:

Simplemente quería pedirte si podías ampliar un poco lo que decías en tu escrito sobre la presentación del libro de Allen cuando afirmabas:

"Sobre el Catecismo, no me imagino al vicario de turno mostrándole la última edición y contándole que el punto 11, página 24, había cambiado en relación a ediciones anteriores: que antes el compromiso de los fieles con la prelatura era de carácter contractual pero que a partir de 2003, ya no lo era"

Yo no tenía ni idea de que al compromiso ya no le llamaran de carácter contractual desde 2003, fecha en la que yo todavía andaba por allí. Creo que es algo especialemente grave, pues añadiría un nuevo dato a la presunta relación engañosa de la Obra con sus miembros.

Un abrazo

ARP

Nota de Agustina. Querido ARP, en la 5ª edición del Catecismo de la Obra (1983) se dice:

211.–¿Cómo se adquiere el vínculo propio de la Oblación o de la Fidelidad, entre la Prelatura del Opus Dei y la persona interesada?
 
      
 El vínculo propio de la Oblación o de la Fidelidad, se adquiere mediante una mutua y formal declaración, de carácter contractual, por la que la Obra y la persona interesada se obligan a sus respectivos derechos y deberes.

En la 7ª edición del Catecismo (2003), la que está ahora vigente, se dice:
11.          –Entonces, el vínculo de los fieles con la Prelatura ¿es de naturaleza contractual?
      El vínculo de los fieles con la Prelatura no es de naturaleza contractual, sino el propio de la pertenencia a una circunscripción eclesiástica. De naturaleza contractual es la declaración que causa ese vínculo.

Te aconsejo que leas los escritos surgidos al respecto, entre ellos: Alvaro del Portillo: suspenso en catecismo, de Ottokar. Un saludo, Agustina.









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