SCHILLEBEECKX, Edward

De Christusontmoeting als Sacrement der Godsontmoeting

Uitgevij H. Nelissen, de Bilthoven (Holanda), 1964

(Traducción castellana: Cristo, Sacramento del encuentro con Dios, Ed. Dinor, San Sebastián 1966, 255 pp.).

 

CONTENIDO DE LA OBRA

Este libro viene a ser un resumen de otro más amplio titulado De Sacramentele heilsekonomie publicado en 1952.

La idea central de la obra es el carácter eminentemente cristológico de la Iglesia y de los sacramentos, que viene dado por la dimensión sacramental de Cristo y de la Iglesia.

Partiendo de una noción amplia de sacramento, Cristo es considerado como el gran Sacramento, como Sacramento de Dios, signo visible y revelador de la divinidad. El encuentro con Cristo es así un encuentro con Dios. El autor hace un intento de penetración en el misterio de Cristo, especialmente en su Humanidad, que viene a ser como el sacramentum tantum (según la terminología clásica) de ese sacramento original o fontal que es Cristo mismo.

Se considera después a la Iglesia como sacramento de Cristo. Después de la exaltación celeste de Cristo, es necesario - para el encuentro con Dios - que el hombre pueda seguir en contacto con los misterios de la carne de Cristo. Esa continuidad de la presen­cia de Cristo en el tiempo y en el espacio es precisamente la Iglesia, que es por tanto, sacramento del Cristo celeste.

A partir de estos dos principios fundamentales, Schillebeekx trata de los sacramentos en sentido estricto, es decir, de los siete sacramentos de la Nueva Ley, siguiendo un esquema análogo al de los tratados clásicos de teología sacramentaria. Sin embargo, el orden es algo diverso y no del todo completo.

El índice del libro - resumido - es el siguiente: Introducción: El encuentro personal con Dios Capítulo 1: Cristo, Sacramento de Dios Capítulo 2: La Iglesia, Sacramento del Cristo celestial Capítulo 3: El carácter eclesial de los sacramentos y sus implicaciones

Capítulo 4: La plena realidad de la esencia de los sacramentos: su fecundidad

Capítulo 5: El encuentro eclesial con Cristo, como sacramento del encuentro con Dios: efectos de los sacramentos

Capítulo 6: Vida cristiana y vida sacramental

Capítulo 7: La mística sacramental

Conclusión

VALORACIÓN CIENTÍFICA

El valor científico del libro varía de unos capítulos a otros. En conjunto se puede decir que no aporta nada nuevo en cuanto al fondo de las cuestiones, pero presenta una visión de conjunto  - cristológica y eclesiológica - que no siempre suele encontrarse en los tratados clásicos, y que puede contribuir a una comprensión más unitaria de la economía de la salvación.

El autor consigue dar cierta viveza a la obra utilizando un lenguaje muy simbólico, que en ocasiones ayuda a una profundización intuitiva, pero que con frecuencia impide el rigor científico.

Probablemente el mayor interés del libro radique en los dos primeros capítulos, aunque son, por otra parte, los más afectados por la terminología no tradicional, y en ocasiones contienen afirmaciones cuyo exacto contenido no queda claro

En los restantes capítulos, sigue un esquema tradicional: pero al tratarlo sin demasiada precisión, resulta a menudo poco elaborado, perdiendo entonces en claridad y profundidad. Permanecen, no obstante, aquí y allá, aspectos de indudable agudeza e interés.

Aun teniendo en cuenta que la obra, por su brevedad, su método, su exposición, etc., no es un tratado científico, se echa en falta una mayor fundamentación de las afirmaciones asentadas y una matización, cuya carencia impide muchas veces determinar su alcance preciso.

Por último, cabe señalar la escasez de análisis de fuentes y aparato bibliográfico. Cita con frecuencia a Santo Tomás, aunque alguna vez con cierta arbitrariedad (por ejemplo, cuando en la p. 18 y en la p. 221, remite a S.Th., I‑II, q.103, a.1, para apoyar su afirmación de que en los sacramentos en el paganismo religioso hay una referencia oculta a Cristo: en realidad, en este texto, Santo Tomás no se refiere a los ritos paganos, sino a ciertos actos cultuales realizados ante legem, por varones santos muy singulares, y movidos por Dios: quia etiam ante legem fuerunt quidam viri praecipui prophetico spiritu pollentes... ex instinctu divino quasi ex quadam privata lege...; habiendo citado en las objeciones anteriores al cuerpo del artículo, el sacrificio de Abel, el de Abraham, el de Jacob, y el de Melquisedec).

VALORACIÓN DOCTRINAL

En las cuestiones de fondo el autor se atiene de ordinario al Magisterio de la Iglesia, al que cita con relativa frecuencia. Sin embargo, además de que no siempre se distingue bien de lo que simplemente es opinión personal del autor (cfr. por ejemplo, pp. 153-155, acerca de las condiciones en el sujeto para la digna recepción del sacramento de la penitencia, y de la comunión y demás sacramentos de vivos), no faltan ocasiones en que la referencia a la doctrina del Magisterio no parece presentarse de modo objetivo, comportando un indudable peligro de confusión.

Así por ejemplo, cuando afirma que “la distinción entre alma de la Iglesia (comunión de gracia interior con Cristo) y cuerpo de la Iglesia (sociedad visible con sus miembros y jerarquía)... ha sido condenada hasta cierto punto por Pío XII” (p. 66), aparte de que resulta muy imprecisa la expresión condenar hasta cierto punto, no aclara para nada que lo que el Papa Pío XII, en la enc. Mystici Corporis, enseña ser contrario a la buena doctrina es la oposición entre una Iglesia invisible, ideal, formada por la caridad, y una Iglesia jurídica, con disciplina y ritos externos, pero sin la comunicación de una vida sobrenatural, mostrando que, por el contrario, “estas dos realidades - como en nosotros el cuerpo y el alma - se complementan y perfeccionan mutuamente y proceden del mismo Salvador nuestro”. Sin embargo, en la misma encíclica habla el Papa Pío XII, de que el Espíritu Santo es como el alma de la Iglesia, pues a El ha de atribuirse que todas las partes estén unidas entre sí y con la Cabeza, estando todo en la Cabeza y todo en el Cuerpo, El es principio vivificante, etc., recogiendo así mismo la doctrina de León XIII en la enc. Divinum illud: “mientras Cristo es la Cabeza de la Iglesia, el Espíritu es su alma”. Por otra parte, también en la Mystici Corporis queda claramente expuesto que “no todos los pecados, aunque graves, separan por su misma naturaleza al hombre del Cuerpo de la Iglesia”, y por tanto los pecadores, mientras no se aparten por sí mismos o por la legítima autoridad, siguen siendo miembros de la Iglesia, aunque hayan perdido la caridad y la gracia divina pecando.

En otro lugar se acude al testimonio del Magisterio en forma que parece también algo forzada. A propósito de la forma del sacramento de la Eucaristía (pp. 145‑148), resulta sorprendente que el autor no cite más que una declaración del Santo Oficio del 23V‑1957; tras un análisis de este documento, y sin mencionar para nada el Magisterio anterior de la Iglesia, afirma: “Está fuera de duda que en Occidente el poder consecratorio consiste en las palabras de la institución, llamada por esta razón entre nosotros consagración. Pero esto no significa que siempre haya sido así, y menos todavía que tiene que ser así en virtud de la institución de Cristo” .

El autor da por sentado, sin ningún tipo de reserva crítica, que la epíclesis ha tenido en otros tiempos “por lo menos una significación igualmente consecratoria”, y que “ha habido liturgias en las que faltaban las palabras de la institución”. Por otra parte, señala simplemente que “existe por el contrario en la Iglesia ]atina una fuerte tendencia a considerar las palabras de la institución como la forma de la eucaristía establecida por Cristo”.

La exposición de este punto resulta bastante confusa, si bien en líneas generales podría quizá entenderse bien, dentro del contexto en que va situada, donde el autor acaba de estudiar “la parte correspondiente a Cristo, a la Iglesia apostólica y a la Iglesia post-apostólica en la determinación de la forma material?” (pp. 135‑146). No puede olvidarse, concretamente, que la forma del sacramento de la Eucaristía - aun prescindiendo de si fuera explícitamente establecida como tal por Cristo - , según doctrina definida en el Concilio de Florencia, “sunt verba Salvatoris, quibus hoc confecit sacramentum; sacerdos enim in persona Christi loquens hoc conficit sacramentum. Nam ipsorum verborum virtute substantia panis in corpus Christi, et substantia vini in sanguinem convertuntur” (Decreto pro Armenis, Dz. 698; cfr. también, Decreto pro Iacobitis, Dz. 715, y Conc. de Trento, sess. XIII, cap. 3, Dz. 876).

Otras observaciones que implican alguna reserva de valor doctrinal, son las siguientes:

a) En los primeros capítulos del libro parece no estar bien precisada una cuestión de fondo. El enfoque del autor parte de un breve análisis titulado “La humanidad a la búsqueda del Sacramento de Dios” (pp. l5‑22), donde examina el sacramento en el paganismo religioso y luego en Israel, para tratar después de “Cristo, Sacramento del encuentro con Dios”. Aunque de hecho estas páginas, pueden interpretarse correctamente, y no faltan en otros lugares afirmaciones de la ineficacia del esfuerzo meramente humano para alcanzar una comunión personal perfecta con Dios, la exposición no es lo suficientemente neta como para evitar en su lectura el riesgo de concluir en forma indiscriminada, que el sacramentalismo cristiano hunde sus raíces en el paganismo religioso, o de no apreciar como se debe la iniciativa salvífica de Dios, que trasciende las exigencias del orden natural.

b) En lo referente al valor salvífico de los sacramentos del Antiguo Testamento (pp. 20‑22), el autor afirma que el canon de Trento relativo a este tema debe interpretarse de un modo adecuado, ya que puede decirse que daban “una gracia santificante de adviento, de una espectación mesiánica...”. Esta afirmación de Schillebeeckx es confusa, y si gracia santificante se toma en su sentido propio, claramente errónea. En efecto, el canon de Trento dice:

“Si quis dixerit, ea ipsa novae Legis sacramenta a sacramentis antiquae Legis non differre, nisi quia caeremoniae sunt aliae et alii ritus externi: anathema sit” (Dz. 845). Y la diferencia - no sólo externa - que este canon recuerda, ya había sido precisada en declaraciones anteriores del Magisterio solemne. Por ejemplo, en el Decreto pro Armenis del Concilio Florentino, se lee: “Novae Legis septem sunt sacramenta: videlicet baptismus (...) et matrimonium, quae multum a sacramentis differunt antiquae Legis. Illa enim non causabant gratiam, sed solum per passionem Christi ... esse figurabant” (Dz. 695).

Por su contexto, la frase de Schillebeeekx podría quizá entenderse correctamente, sin embargo en sí misma es ambigua.

c) Sobre la kenosis del Verbo (pp. 36‑40), el autor desarrolla una serie de ideas que intentan penetrar en el misterio de Cristo “hecho carne de un linaje marcado por la desobediencia o alejamiento de Dios...”. Explica este alejamiento de Dios con referencia a Cristo antes de su glorificación, de modo sugestivo e interesante, pero puede desorientar a quien no tenga ya una preparación adecuada en la materia, por el uso de expresiones poco matizadas.

d) Al tratar del valor salvífico de los sacramentos en algunas confesiones protestantes (Capítulo 5, III), expone con cierta amplitud la concepción calvinista y luterana de los sacramentos (pp. 211‑218), sin añadir comentario crítico adecuado ni en el texto ni en notas. Esto podría resultar nocivo para un lector que carezca de preparación suficiente, toda vez que comienza observando que los católicos “aislamos excesivamente la terminología reformada de su propia esfera de pensamiento mientras la examinamos partiendo del dogma y de la teología católicas” (p. 212). El autor no repara en que este modo de proceder es precisamente buen criterio para conservar la verdadera fe, y eso no quita que los especialistas tendrán que estudiar, siempre con las debidas precauciones, más a fondo los errores, examinándolos en el conjunto de la doctrina herética correspondiente, para combatirlos mejor y exponer más claramente la verdad.

En este mismo apartado, al tratar del valor de la cena evangélica entre algunos protestantes, aunque deja claro que no se trata en absoluto de un sacramento válido, tiene ciertas expresiones confusas (“Cuando el Consejo mundial de las Iglesias - concluye por ejemplo, el autor - se reúne para llegar mediante conversaciones teológicas a una unidad más amplia de la Iglesia, una cena celebrada en común, contribuirá sin duda más a la unidad ecuménica que el diálogo teológico, que sin embargo es también necesario” - p. 225-).

F.O.B. y J.G.C.

 

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