Problemas para demandar al Opus.- Daniel_M
Fecha Monday, 05 November 2012
Tema 110. Aspectos jurídicos


Pondal nos recuerda el miércoles 31 de octubre, que había pedido algo de información en un escrito anterior. Decía lo siguiente: “Me gustaría llevar a juicio a la Obra por daños y perjuicios y por quedarse con mis bienes patrimoniales, con abogado de oficio”.

Lo primero que hay que ver es si tienes algún documento que acredite que fuiste miembro de la prelatura del Opus Dei. Ya hemos visto en los artículos de Doserra, la nula voluntad de la directiva del Opus Dei de certificar los estudios realizados por una ex-miembro. Y también sabemos de su oposición a certificar la cancelación de datos personales de otra ex-miembro, llegando a interponer recursos hasta el tribunal Supremo. Cuando se le ha pedido acceso a los datos que poseían de los miembros, han contestado siempre con mentiras, negando que los hubiera. Esta mala voluntad de la directiva del Opus Dei permanece inalterable. También en relación con procedimientos canónicos. Por ejemplo, aunque el código de derecho canónico y los Estatutos de la Prelatura, obligan a que se emita un decreto de dispensa y que éste sea notificado por escrito al interesado, el Opus Dei se niega sistemáticamente a cumplir con ambas normas eclesiales y elude la notificación escrita.

Sin algún documento que acredite tu anterior pertenencia a la Prelatura, olvídate de tener alguna legitimación para demandar al Opus Dei. Carecerías de la legitimación activa necesaria para demandar.

Ya sabes que la directiva de esta organización ha antepuesto el Opus antes que a las personas (como si la Voluntad de Dios fuera anteponer un ente a una persona concreta, vaya aberración) Así que hará lo que sea para que tu demanda no prospere. Y ya tiene muy mal inicio si no puedes acreditar que perteneciste al Opus.

En cuanto a que se quedaron con tus bienes, habrá algo, quizás un escrito de donación, que acredite que diste tu patrimonio a algo del Opus (lo más probable es que no sea al mismo Opus Dei, sino a una de sus fundaciones-asociaciones pantalla). Pues también te puedes olvidar de recuperar nada. Las donaciones a entidades eclesiales no son donaciones modales que puedan recuperarse por ingratitud, según sentencia de nuestro Tribunal Supremo, el cual resolvió en contra de la reclamación de una ex-numeraria. Se pasó más de veinte años dando su sueldo al Opus Dei, lo pudo acreditar, pero el Tribunal Supremo afirmó que no eran donaciones, así que no había nada que devolver.

En cuanto al abogado de oficio, ya sabes que no tendrá la misma experiencia que los de un bufete especializado. Y, el Opus dispone de varios bufetes a su servicio. En esta web hay experiencia de algún bufete concreto. Me temo que no será una lucha jurídica al mismo nivel.

Siento desanimarte, pues observo que has pasado bastantes dificultades. Hay cosas en esta vida que sólo pueden dejarse a la Justicia de Dios. La justicia humana es casi imposible con una entidad cuyos miembros ocupan puestos en todas las Administraciones y que, a través de esos miembros, puede hacer que ninguna reclamación, expediente o recurso contra la misma, prospere.

Yo confio en el Señor, él sabrá dar a cada uno lo que, en justicia, merezca. Para él nada es pequeño, todo lo que afecte a los demás, es importante. Si la directiva del Opus actuó mal contigo, no te quepa duda de que tendrán que rendir cuentas ante la justicia divina.

Un saludo cordial,

Daniel_M









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