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 Tus escritos: Dinero y Ascética.- Gervasio

120. Aspectos económicos
Gervasio :

Dinero y Ascética

Gervasio, 17/04/2020

Con motivo del comentario que hice al decreto 6/99 sobre régimen económico de las gentes del Opus Dei en Dinero y secularidad, me hicieron esta consulta:

Si alguien tiene una inversión profesional y esa actividad cesa, ¿los bienes resultantes han de ir al Opus Dei?, o sea, si un numerario tiene una empresa y la vende y se jubila o deja de hacer nuevas inversiones, ¿tiene ese dinero que "hacer caja" o depositarlo en alguna cuenta d la Obra, por lo que se deduce del §2, nº 1 del decreto?

Le respondí…



Sitúas tu interrogante como si nos encontrásemos ante uno de esos casos prácticos que nos ponían cuando estudiábamos la carrera de Derecho. No es así, porque el decreto 6/99, aunque sea denominado pomposamente “decreto”, no es fuente de Derecho —como pudiera serlo una ley, un reglamento o una orden ministerial—, sino una “instrucción”; es decir, una norma que tiene por destinatario a los funcionarios; no a los afectados por la norma. Los afectados son los numerarios y agregados que se dedican a los negocios. Los vicarios regionales no se dedican a montar “empresas profesionales personales” con el fruto de su trabajo.

Es como si un funcionario de Hacienda recibe una instrucción para orientarlo en su tarea de recabar impuestos en estos términos: 1º Procura sacar todo el dinero posible a los arquitectos y notarios por el fruto de su trabajo, aunque se disfrace de inversión. 2º A los registradores y aparejadores de momento, déjalos en paz. 3º Si un notario patatín y patatán, en ese caso, no le exijas más que el 50% de lo señalado en §1 f, 2. . 4º No obstante lo dicho en el apartado III, c… Y por ahí p'alante.

 

El citado decreto se comunica sólo a los vicarios regionales; pero no se les comunica para que éstos a su vez se lo comuniquen a los numerarios y agregados afectados por la norma, sino para que la ejecuten, es decir, la hagan cumplir, sin que los interesados, a ser posible, tengan siquiera conocimiento de la existencia del decreto. El contenido del decreto se dará a conocer al agregado o numerario dedicado a los negocios, simplemente como una exigencia de pobreza propia de “su vocación”.

En la nota de promulgación, leemos que el decreto entrará en vigor el día 28 de noviembre de 1999. De donde se deduce que es a partir de una determinada fecha cuando “la vocación” pasa a comportar esa exigencia. La vocación —nos han enseñado— la da Dios desde toda la eternidad. Así será, pero algunas exigencias de la vocación, en cambio, tienen fecha de entrada en vigor. Se trata de una exigencia novedosilla, aunque se diga a modo de exposición de motivos, que “siempre se ha vivido así”. De eso nada, monada. Durante muchos años y hasta bien entrados los años cuarenta y cincuenta, lo que había en la Obra eran necesidades perentorias, ineludibles e inaplazables. No es que en aquella época se procurase practicar el desprendimiento de los bienes temporales según las exigencias cristianas, como con cierta cursilería se expresa el proemio del decreto. Es que entonces la Obra de Escrivá era pobre. Hoy no lo es. Antes no se podía abrir un nuevo centro para desde allí hacer apostolado, porque no había dinero. A falta de mejor sede, se iba a bares, como el Sotanillo, por citar el más antiguo y conocido. Hoy hay que cerrar centros sobre todo para universitarios, pero no por falta de dinero, sino porque no dan rendimiento apostólico.

Se ha introducido un cambio de criterio. Para recabar dinero de los miembros del Opus Dei, hoy día no se apela a necesidades económicas concretas, sino a la conveniencia de practicar lo que llaman “virtud de la pobreza” —en otras ocasiones desprendimiento—, que como ya expliqué en Otra vez sobre la pobreza, de 24-II-2012, no es una virtud, ni puede ser catalogada como virtud, ni los moralistas la clasifican como virtud, sino que es una situación de hecho. Alguien puede pasar de la noche a la mañana de ser rico a ser pobre. Eso no significa que de la noche a la mañana haya pasado a ser virtuoso. Estar necesitado de ayuda no es virtud; y menos aún es un acto virtuoso pedir ayuda económica cuando no se necesita. Virtuoso es lo contrario: no me des ese dinero a mí, dáselo a algún otro que lo necesite más.

Una institución no puede considerarse pobre porque así lo digan sus estatutos o su santo fundador. Como hacía notar, el Opus Dei fue pobre en los comienzos; pero ya no lo es, al menos en España. Y lo mismo sucedió con su fundador. Fue pobre al principio y luego dejó de serlo. Pedir dinero porque “siempre fuimos, somos y seremos pobres” es una tomadura de pelo del cuero cabelludo, del bigote y del flequillo. Las instituciones, como las personas, tienen épocas de mayor disponibilidad económica.

Por supuesto la ejecución del decreto 6/99, no se presta a que se vaya numerario por numerario y agregado por agregado comunicándoles —por ejemplo, mediante una fotocopia— el contenido del decreto, para que ellos lo estudien y ejecuten, en un acto de auto-aplicación. Habrá que dirigirse sólo a unos pocos: a aquellos que invierten parte del fruto de su trabajo en una actividad profesional personal, o como quiera que diga el decreto. A aquellos que entregan puntualmente su sueldo no habrá que “promulgarles” nada.

Sólo en el encabezamiento del decreto, de unos quince renglones, se perciben —un descuido disculpable sin duda— dos faltas de ortografía. Es probable que el decreto se dé a conocer lo menos posible por pundonor. Pero sobre todo, por otras razones. La principal es quizá que considerar vinculantes por vocación, a partir del 28 de noviembre de 1999, unas determinadas obligaciones contenidas en un texto, es peligroso. Cualquier texto escrito se presta a más de una interpretación e incluso a una reconvención hacia quien lo alega a su favor. El buen ejecutor tiene que apelar más al corazón que a los razonamientos: no des un disgusto al Padre, acuérdate de la Virgen, tienes que ser generoso. Tienes que entregarte. ¡Entrega!, ¡Entrega! ¡Entrega! Cuando se trata de dinero, nunca mejor dicho. A estos efectos las personas se dividen en entregados y no entregados, o lo que es lo mismo en buen plan y en mal plan, o lo que es lo mismo en dóciles e indisciplinados y por ahí p'alante.

Por supuesto, nunca la aplicación del decreto es una cuestión que proceda ventilar ante un tribunal. Ante un  tribunal del Opus Dei sería imposible, porque no los hay. Ante un tribunal civil tampoco, porque dictaminaría —aunque el juez fuese un supernumerario en buen plan— que cada propietario hace con su dinero un pandero y que nada cuentan para la resolución del caso las exigencias de un decreto avalado por el Consejo General y la Asesoría central. Lo más que cabe es consultar “dudas” a la superioridad. La respuesta habría de ser acatada sin posible apelación como interpretación auténtica del decreto. En caso de desacuerdo o resistencia  por parte del numerario o agregado, en esto como en tantas cosas, sólo cabe la tolerancia, con tal de que no ocasione escándalo grave, si es que, pese a todo, el sujeto en cuestión proporciona pasta gansa a la institución.

A mi modo de ver nos encontramos ante una espiritualidad ascético-económica demasiado pesetera. Si el desprendimiento es en favor de la Obra, ¡bravo! Si el desprendimiento es en favor de las Hermanitas de los Pobres o de otra institución benéfica, o de alguien que se encuentra en apuros económicos, ¡malo! En este último caso los Directores detectarían tibieza y falta de entrega.

Si lo que se busca es desprendimiento como actitud personal, tanto vale “tratar” a un millonario, para que se desprenda —practicando la virtud de la pobreza— de unos cuantos milloncejos, como “tratar” a un el mendigo para que se desprenda de una cuchara de peltre a la que está apegado. Lo importante son las almas; no el dinero que dejen. De eso no cabe duda. Lo primero es la virtud; pero lo malo es que, después de conseguido el desprendimiento, ¿qué cabe hacer con una cuchara de peltre? Poca cosa.  El  millonetis, en cambio, se desprende de dinerillo. Y el dinerillo es necesario para los apostolados, o al menos eso dicen, teniendo en cuenta sobre todo que la Obra se dedica a apostolados caros, cada día más caros. Esa es su orientación. ¡Pues que se dediquen a apostolados más baratos! Apetece recriminarles.

Al final, no se sabe muy bien si con eso de no invertir los frutos del propio trabajo —o de invertirlos, ya se me ha olvidado lo que decía el decreto— nos encontramos ante una norma de carácter ascético o ante una norma de gobierno en materia económica. ¿La habrá inspirado Juan Francisco Montuenga o el Director Espiritual? En estas páginas de Opuslibros se ha denunciado muchas veces lo malo que es mezclar  el gobierno con la dirección espiritual y con las cuestiones de conciencia. Es posible que un cura, aunque no propiamente ejecutor o quizá sí, apoye la jugada glosando el pasaje evangélico del joven rico; es posible que el afectado por el decreto convenza a la superioridad de la conveniencia de la inversión o de la no inversión, saltándose una regla ascética, para finalmente sacar más dinero; para eso está el instituto de la dispensa; es posible también que al interesado se le hinchen las narices y mande a tomar vientos a la delegación al completo y hasta al lucero del alba. 

Caben muchas cosas y en casi todas —por no decir todas— interviene el factor afectivo. Recuerdo una conversación entre dos miembros de una delegación mientras íbamos en coche, tiempo que aprovechaban para despachar —a mi modo de ver imprudentemente—  asuntos no sé si llamarlos de gobierno o de vida interior. Uno de ellos se lamentaba de que Fulanito ya no hacía caso a nadie. Empezaba a fallar su relación afectiva y de confianza con todos y cada uno de miembros de la delegación que pudieran llevarlo por el buen camino ascético-económico.

En esta cuestión, como en tantas otras cuestiones de gobierno, se nota mucho la diferencia de generaciones, como decía antes. El fundador se había ganado a los primeros. Un buen puñado. Hablo de don Álvaro, de José María Hernández Garnica, de Juan Jiménez Vargas, de Teodoro Martí, de José Orlandis, de los hermanos Sánchez Bella, y de tantos otros, todos fallecidos al día de hoy. Sobre todo, a partir de la muerte del fundador y de los que con él convivieron, los lazos afectivos en torno al Padre y los Directores han ido siendo sustituidos cada vez más por lazos burocráticos. Nos encontramos ante un fenómeno de ochenta mil personas. Pierde sentido por ejemplo, “escribir al Padre”. Antes el Padre era un persona cercana con la cual uno había convivido y conversado; no un personaje histórico, como lo es Carlos I de España y V de Alemania. Su figura se ha desdoblado. El fundador ha pasado a ser una figura histórica, con la que se entra en contacto leyendo una de sus  hagiografías. El Padre, como prelado y presidente general, es persona distinta; otra persona que además de distinta es cambiante, llega viejo al cargo y dura poco. Ya vamos por el tercero.

 Ese factor afectivo fue decisivo en los comienzos de la Obra. Las instrucciones de entonces eran simpáticas y llenas de ingenuidad. Recuerdo la Instrucción para los directores, en la que se les prohíbe guardar en el armario terrones de azúcar y caramelos.

En el Opus Dei se gobierna, hoy día, mediante instrucciones, pero de muy distinta índole. Recuerdo una muy significativa. Estábamos almorzando en paz y compaña en el comedor del centro en que vivíamos, servidos por las consabidas numerarias auxiliares elegantemente uniformadas, cuando uno de los comensales pregunta:

—¿Habéis notado alguno de vosotros que os desaparecen libros? A mí me han desaparecido dos y no sé por qué.

Tras reflexionar, respondí:

—Pues ahora que los dices, a mí también me han desaparecido libros.

—O sea que a ti, también. ¿Quién será el que los hace desaparecer?

Volvía reflexionar y contesté;

—Yo creo que es el cura. Son cosas de cura. En el colegio y en la mili también nos quitaban libros.

Tanto el cura como el director pusieron cara de póker, mientras miraban a sus respectivos platos. Ninguno de los dos dijo ni mu. Los demás pusieron cara de circunstancias. Después de unos momentos de muda tensión, la conversación siguió por otros derroteros.

En este caso la instrucción requería sólo ejecución. Ni siquiera requería esa “promulgación-ejecución” consistente en comunicar al afectado por el decreto 6/99: Manolo, tienes que dejar de invertir con lo que ganas con tú trabajo. Es muy posible que en las instrucciones dadas al cura —supongo que sería él el designado— se incluyese una cláusula como esta: no vale decir que no se ha encontrado ningún libro inconveniente. Hay que retirar un mínimo de tres. ¡Ojo! A mí me quitaron un libro de Álvaro de Laiglesia.

Este sistema de gobierno mediante instrucciones de este tipo no me parece el más adecuado para favorecer un ambiente de familia y los lazos afectivos con los Directores. Acaba resultando poco natural que “alguien” de la delegación acuda a la celebración de los cuarenta años de fulanito.

En este momento ya no me estoy no divirtiendo nada con lo que escribo, sino que más bien me pongo mustio y me aburro, así que lo dejo.

Gervasio




Publicado el Friday, 17 April 2020



 
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