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 Libros silenciados: Efectos del Motu Proprio Ad charisma tuendum.- Gervasio

125. Iglesia y Opus Dei
Gervasio :

 

Efectos del Motu Proprio Ad charisma  tuendum

Gervasio, 15/08/2022

 

El efecto que más deseaba conocer y valorar es el efecto inmediato que ha producido entre los comunes numerarios, agregados y supernumerarios nada más tener noticia de él. La reacción de los miembros del Opus Dei de a pie, salvo excepciones, ha sido la que sus superiores les han indicado que debían adoptar. Se limitarán a repetir lo que les hayan dicho o les digan en adelante en charlas, conciliábulos, predicaciones, etc. No creo que se lleguen a producir “corrientes de opinión”, o algo parecido, dentro del Opus Dei. Todo será “unidad y convergencia”, por supuesto con lo que los directores les digan, y al que no esté de acuerdo lo largarán por atentar contra la “unidad de la Obra”...



Encontré un denominador común —espontáneo y no fingido en ciertos casos— en las personas del Opus Dei con las que hablé: el Motu proprio (MP), al parecer, los cogió por sorpresa. ¡Qué sorpresa! Para uno el MP había sido un imprevisto jarro de agua fría; para otro, un palo repentino; para un tercero, un mazazo desconcertante. Nadie valoró el MP como algo que se veía venir. Como máximo exponente de esa actitud de sorpresa —es que no me lo esperaba  topé con un numerario, con años en la Obra, doctor en Derecho canónico por añadidura, que me comentó:

      —Inexplicable. Teníamos  la bula Ut sit, donde claramente se dice que la Obra forma parte de la jerarquía eclesiástica y donde se dice que al Padre le corresponde ser obispo y ahora viene esto. No se entiende. No lo entiendo.

No le discutí semejante infundada afirmación y me limité a preguntarle:

      — ¿Has leído la  carta encíclica Iuvenescit Ecclesia? Es de mayo de 2016. En esa carta se habla del Opus Dei. Se habla de las prelaturas personales específicamente. No se menciona al OD por su nombre Opus Dei, pero se dice que las prelaturas personales no forman parte de la jerarquía eclesiástica. Fíjate sobre todo en la nota nº 116.

Pues estaba a uvas. No me pareció que fingiera. No tenía ni noticia de la existencia de semejante acto pontificio proveniente nada menos que de la Congregación para la Doctrina de la Fe y dirigida a todos los obispos de la Iglesia católica. Me di cuenta entonces de la falta de comunión y sintonía entre los dirigentes del OD y el Papa. El Papa envía en 2016 una carta encíclica a todos los obispos de la Iglesia católica y esta carta no llega a los discípulos de Ocáriz, principales destinatarios. Fernando Ocáriz no se hizo eco de ella. La ninguneó. Y ahora sus “hijos” se extrañan, lamentan y se sorprenden de que la Santa Sede diga en el MP que Fernando Ocáriz no ocupa oficio episcopal alguno, ni le corresponde tal cosa. Para que tomasen buena nota de que no ocupa oficio episcopal alguno, hubo que otorgarle el rimbombante título de “protonotario apostólico supernumerario”. Y se añade: Por tanto, el Prelado no será distinguido con el orden episcopal ni tampoco le corresponde. ¡Qué sorpresa! Si todas nosotras lo teníamos por obispo pendiente de ordenación episcopal. No más que la cosa se retrasaba un poquitín.

¿Por qué a los del Opus Dei de a pie les coge tan de sorpresa el MP Ad carisma tuendum o al menos eso dicen? He aquí mi explicación. En el actual y vigente canon 368 del CIC se equiparan a la Diócesis, la prelatura territorial, la abadía territorial, el vicariato apostólico, la prefectura apostólica y la administración apostólica estable. En el Proyecto de CIC de 1980 a estas equiparaciones se añadió a última hora un segundo párrafo en el que también las prelaturas personales quedaban equiparadas a las diócesis. Pero, en una sesión plenaria se sometió a votación la eliminación de este segundo párrafo, a propuesta del entonces Cardenal Ratzinger, y ese segundo párrafo fue eliminado por votación mayoritaria. (La primera en la frente)

 La cosa no acabó ahí. En sesión posterior se planteó la ubicación de los cánones —294 a 297 relativos a las prelaturas personales— dentro del libro II de Codex Iuris Canonici. Unos querían situarlos en la Parte III junto a los institutos de vida consagrada y otros en la Parte II, que trata de la jerarquía de la  Iglesia. No se llegó a una votación, sino a una transacción. No se situaron ni en la Parte II, ni en la III, sino en la Parte I; es decir, ni lo uno ni lo otro. (La segunda en la boca)

¿Dieron por ello los del Opus la batalla por perdida? No. Don Amadeo de Fuenmayor, decano durante muchos años de la Facultad de Derecho canónico de la Universidad de Navarra, reunió a sus huestes y les dijo: hay que seguir sosteniendo contra viento y marea que el Opus Dei es equiparable a una diócesis y que forma parte de la jerarquía eclesiástica. ¡Hala a escribir! Fruto y epígono de esa actitud es esta afirmación de Mons. Ocariz: «¿Cuál es la naturaleza teológica de la jurisdicción del Prelado sobre los fieles laicos del Opus Dei? (…) sólo puede ser (…) una jurisdicción de naturaleza episcopal: no existe, en efecto, otra posibilidad teológica.». (Cfr. EBE (25-VI-2022).

Y aquí concluye mi explicación de por qué a los del Opus Dei de a pie los coge por sorpresa el citado Motu Proprio. Los coge por sorpresa porque en las dos Universidades del OD en las que se han formado y en sus seminarios —llamados centros de estudio— les ensañaron embustes y fantasías.

Alguien tenía que quitarle la venda de los ojos a los del Opus Dei de a pie. Con este MP el Papa Francisco ha logrado algo que ni Juan Pablo II, ni Benedicto XIV, ni los padres consultores y redactores del código lograron conseguir. Consiguió que su mensaje sobre las prelaturas personales llegara por fin a los del Opus Dei de a pie y no fuese boicoteado por el camino. Todo un éxito. La Iuvenescit Ecclesia la silenciaron olímpicamente. Para hacerse oír, el papa Francisco tuvo que darles ese enérgico aldabonazo que es el MP. ¡¡¡Pum!!! ¿Me oyen? (La tercera en el pecho)

La situación actual me recuerda a la de un conductor que, después de saltarse varios semáforos en rojo y dejar tras sí varias víctimas a las que ha atropellado, se sorprende al escuchar las  sirenas de la policía de tráfico, que como primera providencia le piden el carnet de conducir y el permiso de circulación del automóvil.

—Lo tengo todo en regla, señor agente: he aquí el carnet de conducir y el permiso de circulación. ¿Qué pasa? ¿A qué viene esto?

Y procura calmar a los pasajeros que van con él en su mismo vehículo con estas palabras:

—No pasa nada. Se trata de una inspección rutinaria. Todo sigue igual. Todos a cantar nuestro himno: Al cielo, al cielo, al cielo quiero ir. Al cielo quiero ir, a recibir la palma, a Dios en cuerpo  y alma, al cielo quiero ir. Al cielo quiero ir. Etc.

Los entretienen cantando. Y les dan por toda explicación que carisma y jerarquía son dos caras de la misma moneda. Cierto, pero eso no quita que una cosa sea la cara y otra la cruz. Se distinguen bien y a simple vista ambas cosas en cada una de las monedas. A la fundación de $anjosemaría —como sucede con toda fundación proveniente de revelaciones privadas— no le corresponde formar parte de la jerarquía eclesiástica. Así se lee en la citada encíclica. Apañados estaríamos si cada fundador se atribuyese y considerase formar parte de la jerarquía de la Iglesia católica. Tendríamos miles de jerarcas, en vez de tener por jerarquía la del  papa y obispos.

Como Ocáriz no se enteró bien, o no se quiso enterar, de la Iuvenescit Ecclesia, nada de nombrarlo obispo titular, que luego el nombramiento se tergiversaría,  como hicieron con los de Portillo y Echevarría.  Y todavía se permite hablar los frutos de comunión de los episcopados del beato Álvaro y de don Javier, como si Vita y Cilibia, de donde eran respectivamente obispos titulares, hubiesen renacido al cristianismo. Como si Túnez desde que Portillo fue obispo de Vita fuese otra cosa.

Se le dice ahora al prelado: a partir del día cuatro de septiembre de 2022 vas a circular por los caminos del Señor como Mons Ocáriz P.A. Es decir, Monseñor Ocáriz, Protonotario Apostólico (P.A.). No eres un obispo sino un P.A. Ese va a ser tu carnet de identidad y distintivo. No se te ocurra vestirte de obispo, sino de P.A. Y de paso, vas a modificar los estatutos, porque no se puede ir por ahí atropellando a las gentes y saltándose semáforos en rojo. Me han llegado la reclamación de las 43 mucamas de Argentina y muchas quejas más.

      Reacción de Fernando Ocáriz: vamos a centrarnos sólo en el aspecto carismático  del cargo que ocupo —soy el Padre— y a olvidar mi aspecto jerárquico: el de ser vuestro prelado. Nada de olvidarlo, listillo. Pusiste a tus canonistas y sacerdotes a proclamar que lo tuyo y lo que te corresponde es ser obispo. Pues ahora que proclamen que lo tuyo es ser un protonotario, un P.A. Lideras una asociación para presbíteros y diáconos y dependes, por tanto, del departamento para el clero. Aclara bien qué clase de prelado eres.

Pero eso de ser un simple P.A. no le resulta, al parecer, nada atractivo a Ocáriz. Prefiere no sacar a relucir, ni que se saque a relucir, lo modesto de su condición prelaticia. Prefiere ahora aparecer simplemente como un “padre” que tiene unos “hijos”, antes que considerarse y que lo tomen por un prelado de chicha y nabo. Y encima atribuye su actitud a que se lo pide Papa Francisco. La voluntad del Papa de subrayar ahora la dimensión carismática de la Obra nos invita a reforzar el ambiente de familia, de cariño y confianza: el prelado ha de ser guía, pero, ante todo, padre. A lo que nos invita el Papa es a reconocer que el prelado del Opus no es obispo ni le corresponde serlo, mi querido monseñor protonotario.

A partir de ahora, viva la sencillez. Nada de aclarar lo que la Obra es jurídicamente y menos aún qué clase de prelado está al frente de ella. Nada de profundizar en lo de ser un protonotario apostólico supernumerario. Somos un padre y unos hijos. Somos una familia de vínculos sobrenaturales. Eso es todo lo que hay que saber.

Auguro y me temo una etapa en la que los canonistas del OD dejarán de interesarse y de escribir sobre lo que jurídicamente el OD es, lo que jurídicamente es un obispo, una diócesis, un protonotario apostólico y cosas de esta índole. Mejor hablar de pájaros y flores. A ocuparse de otros temas menos espinosos.

El OD tiene ciertamente problemas mucho más graves que el de su ubicación dentro del mundo eclesiástico. Tiene que hacer cara  a su situación de progresivo declive, a que no hay vocaciones, a que se quedan sin simpatizantes, a que cada vez el OD está más aislado y menguado. Han puesto demasiadas esperanzas y energías inútiles en ser una “prelatura personal”. La prelatura ha quedado en agua de rosas.

En 2016 recibieron la carta encíclica Iuvenescit Ecclesia y no se quisieron enterar, la ningunearon, hasta que el mensaje les llegó en forma de un jarro de agua fría, en forma de palo, en forma de mazazo. Lo malo es que al papa no lo siguen demasiado de cerca, sino que se guían sobre todo por las luces celestiales que su fundador dizque tuvo. ¿En qué consisten esas luces? Si se lee el libro El itinerario jurídico del Opus Dei. Historia y defensa de un carisma” uno de da cuenta de que no hay tal defensa de un carisma. Lo que se defiende es gozar de una “posición jurídica de mando”. Eso se defiende a capa y espada. Si me dejan mandar a mis anchas, lo mismo me da decir que el Opus Dei tiene por fin adquirir la perfección cristiana en el siglo (fin del OD en 1950) que pasar a decir que búsqueda de la perfección cristiana no es lo nuestro. Lo importante es lograr posiciones de mando dentro y fuera de la Iglesia. Para lograrlo la figura “prelatura personal” se ha revelado como un rotundo fracaso. Carisma todo el que quieras, dice el MP, pero posición de mando, la mínima.

Harina de otro costal es lo de modificar los estatutos. Una cosa es circular con este o aquel carnet, matrícula y permiso de conducir y cosa distinta es ir atropellando a las gentes y saltarse los semáforos. Eso no se debe hacer, sea cual sea la matrícula del vehículo. Hay demasiados ex que están frustrados, demasiadas numerarias auxiliares explotadas, demasiados deprimidos, demasiados medicados con pastillas, demasiado proselitismo mal planteado.

En esta tarea de revisar los estatutos me parece que va a acontecer lo mismo: lo que los directores digan. ¿Qué van a poder decir los de a pie, pobrecillos míos, si ni siquiera conocen  los estatutos que tienen que revisar? Lo tienen prohibido. La Santa Sede sí que conoce bien qué es lo que tienen que modificar. Dificultad: no aceptar lo que les digan.

Va a ser muy difícil, me decía el numerario doctor en Derecho canónico antes mencionado, porque esa tarea de revisión, según se deduce los estatutos, lleva unos veintitantos años. Me parece que decía veintitrés. ¡Cuán largo me lo fiais! Hombre, a lo mejor la Santa Sede los dispensa de ese procedimiento tan largo y amarrón y de alguna cosilla más. Y en cualquier caso siempre puede suplir la negligencia.

Gervasio

 




Publicado el Monday, 15 August 2022



 
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