Bienvenido a Opuslibros
Inicio - Buscar - Envíos - Temas - Enlaces - Tu cuenta - Libros silenciados - Documentos Internos

     Opuslibros
¡Gracias a Dios, nos fuimos
Ir a la web 'clásica'

· FAQ
· Quienes somos
· La trampa de la vocación
· Contacta con nosotros si...
· Si quieres ayudar económicamente...
· Política de cookies

     Ayuda a Opuslibros

Si quieres colaborar económicamente para el mantenimiento de Opuslibros, puedes hacerlo

desde aquí


     Cookies
Utilizamos cookies propias y de terceros para obtener datos estadísticos de la navegación de nuestros usuarios y mejorar nuestros servicios. Si continúa navegando, consideramos que acepta su uso. Puede obtener más información aquí

     Principal
· Home
· Archivo por fecha
· Buscar
· Enlaces Web
· Envíos (para publicar)
· Login/Logout
· Ver por Temas

     Login
Nickname

Password

Registrate aquí. De forma anónima puedes leerlo todo. Para enviar escritos o correos para publicar, debes registrarte con un apodo, con tus iniciales o con tu nombre.

     Webs amigas

Opus-Info

NOPUS DEI (USA)

ODAN (USA)

Blog de Ana Azanza

Blog de Maripaz

OpusLibre-Français

OpusFrei-Deutsch


 Tus escritos: Adecuación institucional de la Prelatura al derecho común de la Iglesia.- Segund

125. Iglesia y Opus Dei
Segundo :

 Adecuación institucional de la Prelatura al derecho común de la Iglesia

Segundo, 17 de enero de 2007

 

 

Quiero comunicarles mi decisión de escribir a la Santa Sede enviando el texto de Oráculo: "La libertad de las conciencias en el Opus Dei". Las razones que justifican mi decisión es que se trata de un documento que está debidamente fundado y que condensa de modo adecuado la situación que he vivido por más de dos décadas en la institución.

 

Asimismo he elaborado un mínimo de pautas de carácter jurídico que la Santa sede (por el organismo que corresponda) debería considerar respecto de la adecuación institucional de la Prelatura al derecho común de la Iglesia.

 

Si bien soy jurista pido desde ya pido mis disculpas a Oráculo y a los restantes canonistas de la web por los errores que pueda expresar a continuación e incluso de su incorrección política por desconocer los procedimientos internos de la Santa Sede.

 

Hechas, pues, estas aclaraciones, la Santa Sede – a través del organismo que de la misma corresponda - debería dictar normas o directrices con los siguientes contenidos:

 

1. Examinar los Vadémecums y Experiencias internos de la institución, a fin de declarar sobre los aspectos que no coinciden con la figura de las Prelaturas personales tal como están legisladas en el derecho común de la Iglesia, señalando que las normas relativas a la mismas como derecho común de la Iglesia son de aplicación estricta a esa Prelatura.

 

2. Aclarar el sentido en que se dice que la jurisdicción del Prelado sobre los laicos se extiende exclusivamente al fuero externo.

 

3. Incorporar explícitamente al Codex iuris particularis de la Prelatura las normas relativas al fuero interno de sus fieles en consonancia con el derecho común, de modo que se garantice la libertad de elección de director espiritual y confesor. Éstas se deberán incorporar además a los Estatutos como parte de los mismos y estos Estatutos, con sus modificaciones, deberán ser publicados en la web oficial de la Institución y en su idioma oficial.

 

4. Dictar normas por las cuales se determine con precisión la competencia de cada uno de los órganos de gobierno de la Prelatura a nivel central, regional o local, con sujeción a los cánones del derecho común universal.

 

5. Señalar que el Prelado deberá dictar normas para determinar las obligaciones y deberes concretos de los fieles por causa de su entrega, sin que puedan discriminarse entre ellos por razón de la vocación. Estas normas deberán ser incorporadas a los Estatutos y debidamente publicadas.

 

6. Exigir de la institución un cuerpo legislativo sobre la vida de los fieles de la Prelatura, que manifieste claramente el alcance de los compromisos y obligaciones, a fin de que éste sea examinado por la Congregación romana y ésta pueda declarar sobre su armonía o desacuerdo con el régimen común de todos los fieles cristianos.

 

7. Exigir a la Prelatura que asegure un nivel de subsistencia decoroso a todos sus fieles sacerdotes si éstos dejaran el sacerdocio, abonando al menos cantidades compensatorias por los servicios sacerdotales prestados a la Prelatura. Y, de igual modo, determinar medidas análogas para los laicos en atención a las aportaciones personales de tiempo y trabajo y recursos financieros que hubieran aportado a la institución en el tiempo de su pertenencia a ella.

 

Saludos,

Segundo




Publicado el Wednesday, 17 January 2007



 
     Enlaces Relacionados
· Más Acerca de 125. Iglesia y Opus Dei


Noticia más leída sobre 125. Iglesia y Opus Dei:
El Opus Dei, Instituto Secular (III): Conmemorando las bodas de plata.- Idiota


     Opciones

 Versión imprimible  Versión imprimible

 Respuestas y referencias a este artículo






Web site powered by PHP-Nuke

All logos and trademarks in this site are property of their respective owner. The comments are property of their posters, all the rest by me

Web site engine code is Copyright © 2003 by PHP-Nuke. All Rights Reserved. PHP-Nuke is Free Software released under the GNU/GPL license.
Página Generada en: 0.133 Segundos