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 Tus escritos: La vocación absoluta.- Mineru

125. Iglesia y Opus Dei
Mineru :

(O, por qué la denominada “vocación al Opus Dei”, de existir, no parece ser otra cosa que una peculiar inclinación, afecto, inspiración, propensión, estímulo o voluntad instrumental, distinta de una verdadera vocación absoluta o teologal).

Cuadernos 11: Familia y Milicia, (Como ciudad amurallada, pág. 39): “la vocación, que es la gracia mayor que el Señor ha podido hacerle, y la mejor salvaguarda de todas las demás”.

El planteamiento del “hecho vocacional” apreciado en el escrito y mantenido por “la tradición” en la hoy Prelatura resulta, al menos, equívoco, puesto que no cabe confundir la “vocación a Dios”, a Dios en los términos absolutos de la llamada universal a la santidad, con otras vocaciones o “advocaciones” que, como la pretendida “vocación al Opus Dei”, en caso de que existan, sólo pueden tener carácter instrumental o relativo...



En este sentido contingente, se habla de la vocación (advocación) del médico, del político, del deportista, del artista, del padre de familia, etc., como expresión de una inspiración, ilustración, inclinación, afecto, propensión, estímulo, voluntad o seguridad personal, para realizar, “ars longa, vita brevis”, singulares y específicos aspectos o facultades de su personalidad en relación, siempre necesaria, con un fin o fines que son propios y a la vez ajenos.

De la misma esencia de estos conceptos “inclinación, propensión, estímulo, etc.” y de su carácter intrínsecamente circunstancial se desprende que las “vocaciones” no son únicas ni, en principio, absolutas, porque no abarcan toda la complejidad existencial, cuerpo y alma, natural y sobrenatural, del ser humano, aunque absorban toda su capacidad de actuación, y porque la realización de ciertas vocaciones excluye necesariamente la de otra u otras.

En contra de lo sostenido por algunos autores, tampoco parece que pueda ser aceptable la distinción entre una inespecífica “vocación general” y otra “específica” ya que, por su propia naturaleza circunstancial, la característica esencial de una “vocación” es la concreción –limitación- de las circunstancias subjetivas y objetivas que la configuran y que permiten, no solo distinguirla de las otras vocaciones, sino también buscarla –y tenerla por hallada- en unas personas y no en otras.

A no ser que con el término “vocación general” lo que se pretenda es referirse a la “vocación absoluta” de que hablamos, pero me temo que no es esta la intención del Dr. Illanes, entre otros. Es decir, defiendo aquí que no puede existir una “vocación general” que no sea una “vocación absoluta” o “vocación universal”, puesto que sólo una es admisible por la razón, como veremos más adelante.

En otras palabras, atendiendo a la naturaleza de la “vocación general” como cosa diferente de lo absoluto y universal y atendiendo a la naturaleza de la vocación específica, o bien son la misma cosa, descomponiéndose la general en tantas vocaciones específicas como sea menester, o bien se trata de una nueva vocación específica, en cuyo caso la que se postula como general –simplemente- no existe.

Y es que, dada la complejidad existencial del ser humano, parece claro que solo pueda hablarse propiamente de “vocación absoluta” cuando estemos ante la “realización” de lo “absoluto” y no de lo individualmente singular o circunstancial que toda persona tiene en sí misma por el sólo hecho de ser y existir. La segunda condición para que la vocación sea absoluta es que no excluya la actuación de ninguna otra vocación, ni se vea impedida por cualquiera de las demás.

Por tanto, si es que la persona tiene “un algo” que sea absoluto, fundamental, radical, algo que se exceda de lo que son las singularidades propias de un individuo en particular -sus circunstancias-, bien puede decirse que “a todo ese algo” se refiere esa inclinación o inspiración, o voluntad o seguridad que hemos dado en llamar “vocación absoluta”, y que es “la única” de forma que solamente puede existir una –y sólo una- vocación de este tipo que abarca “a todo ese algo”, siendo las demás que abarquen el exceso sobre ese algo “vocaciones” de carácter meramente instrumental o relativo, para el ser humano, sin que por ello puedan o deban menospreciarse ya que, sin perjudicar la actuación de la vocación absoluta, tampoco son excluidas por ella y se actúan en beneficio de la persona.

Estas características de “unicidad” y de “fundamentalidad radical” de la “vocación absoluta” pueden generalizarse con carácter “universal” en la medida en que sea universal ese “algo absoluto” fundamental y radical de la persona, de cada persona, es decir, de cada hombre o mujer, y de la humanidad en su conjunto.

Cristo <<nos dice quién es en realidad el hombre y qué debe hacer para ser verdaderamente hombre. Él nos indica el camino y este camino es la verdad. Él mismo es ambas cosas, y por eso es también la vida que todos anhelamos. Él indica también el camino más allá de la muerte; sólo quien es capaz de hacer todo esto es un verdadero maestro de vida >> (Spe Salvi, 6). Cristo es, pues, el absoluto de la humanidad y de cada persona singular.

Por tanto, para todos los hombres -y no en menor medida para los fieles cristianos de la Prelatura-, debiera resultar pacífico que “la gracia mayor –la más absoluta- que el Señor ha podido hacerle a la humanidad en general y a la persona en particular, la gracia que es la salvaguarda de todas las demás, es la llamada a recibir el don de la fe, de la fe en el Cristo, Hijo de Dios vivo que nos envía el Espíritu Santo. De esta gracia proviene la esperanza, como se dice en la encíclica “Spe Salvi” (2): <<la fe es esperanza>> y (31) <<Dios es el fundamento de la esperanza; pero no cualquier dios, sino el Dios que tiene un rostro humano y que nos ha amado hasta el extremo, a cada uno en particular y a la humanidad en su conjunto>>. Un Dios que es amor y de cuyo encuentro íntimo nace la caridad. Y esta “gracia mayor” es, a la vez, la vocación absoluta y radical de cada persona –la llamada a ser hijo de Dios- y, además, universal para la humanidad en su conjunto, vocación que se complementa con las demás advocaciones accesorias o instrumentales que, en cada persona, configuran su “particular opción de vida”.

A esta, por decirlo así, vocación teologal, corresponde la llamada universal a la santidad, a ser hijo de Dios redimido por la Gracia, vocación que, por su propia naturaleza –y con independencia del nombre que se le de-, es la vocación absoluta y fundamental del ser humano, y que –por este mismo carácter absoluto y radical- es única para la humanidad y única para cada persona en particular, porque tiene la misma naturaleza esencial e indivisible. Por ella somos llamados a desempeñar la misión que Dios encomendó cumplir a la Iglesia en el mundo, integrados en el pueblo de Dios y hechos partícipes a su modo por esta razón de la función sacerdotal, profética y real de Cristo, cada uno según nuestra propia condición.

La libertad humana y sus limitaciones hacen que esta llamada universal pueda seguirse en mayor o menor medida, pero nadie –ni la máxima autoridad en la tierra, ni el Dios que no quiere dejar de ser Bueno y Misericordioso- concede la dispensa de su seguimiento; de hecho, no existe tal potestad: es vocación indispensable.

Del resto de vocaciones no se puede decir que sean “absolutas” ni “universales”. Todas son dispensables por quien tiene potestad en la Tierra y no hay ninguna que sea indispensable. Todas estas son instrumentales o accesorias.

Por tanto, la denominada “vocación al Opus Dei”, si existe, no parece ser otra cosa que una mera inclinación, afecto, inspiración, propensión, estímulo o voluntad instrumental para personas singulares en concreto. Es decir, que se trataría de una advocación todo lo compleja, peculiar y única que se quiera, pero reducible a sus propios elementos peculiares, sin que pueda entenderse que le sea propio ni peculiar lo que, por su naturaleza esencial, forma parte de la vocación teologal. (Ver: La vocación “divina” al Opus Dei.- Mineru)

Citando a A. R. Retegui: “La medida de la auténtica densidad doctrinal o cultural se mide por el respeto a la inteligencia de los que escuchan y a las leyes de la realidad y de la deducción lógica, de forma que se sepa claramente cuándo se están dando verdaderas razones y cuando se está adornando de cierta apariencia de racionalidad algo que no pasa de ser una exhortación gratuita a determinados comportamientos”. “Magistri recta doctrina et vitae probitate praestent”.

Mineru 

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Publicado el Wednesday, 12 December 2007



 
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