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 Libros silenciados: Fundación del Opus Dei: 1941.- Gervasio

115. Aspectos históricos
Gervasio :

Fundación del Opus Dei: 1941

Autor: Gervasio

 

 

Ya sé que la fecha comúnmente aceptada y alegada como fecha fundacional de la hoy llamada “Prelatura de la Santa Cruz y Opus Dei” es la de 2 de octubre de 1928, pero no me parece que sea así. Me parece más exacto tomar y alegar como fecha fundacional la de la aprobación de esa institución por el Obispo de Madrid-Alcalá, don Leopoldo Eijo y Garay, el 14 de febrero de 1941. Trataré de razonarlo.

 

El reglamento de 1941 fue dado a conocer por Opuslibros hace muy poco. Pude entonces leerlo, pero era incapaz de reconocer en ese reglamento la realidad Opus Dei. Se dicen en él cuatro vaguedades, que dan la impresión de que por aquel entonces el Opus Dei era una pía unión más, con tres clases de socios de los cuales unos tenían el deber de hacer diariamente una hora de oración y otros solamente media. Tras la lectura de las normas complementarias a ese reglamento —Régimen, Ordo, Costumbres, Espíritu y Ceremonial—, dadas a la luz pública por Guillaume el pasado 27 de enero, me di cuenta de que ya en 1941 el Opus Dei estaba configurado tal cual hoy es. Sólo se echa en falta algún elemento estructural, como la ausencia de la categoría de esos socios llamados “agregados”, y que los sacerdotes diocesanos también pueden pertenecer Opus Dei en calidad de “agregados”...



El 2 de octubre de 1928 es ciertamente una fecha importante; pero yo no la denominaría fundacional, sino de comienzo del Opus Dei. El Opus Dei se pone en marcha el 2 de octubre de 1928. La distinción entre fecha de comienzo y fecha fundacional resulta procedente, al hablar de cualquier institución. Pongamos que un millonario lega su fortuna o casi toda su fortuna, incluida su colección de pinturas, para que se cree una Universidad o un museo. La efeméride que se toma en calidad de fundacional no es la del momento en que al tal millonario se le ocurre efectuar el legado, ni la fecha en que otorga testamento, ni la fecha en que fallece y por lo tanto se hace operativo el legado, sino la fecha en la que la tal Universidad es erigida por la competente autoridad, la Iglesia o el Estado, según el caso. Tal es la fecha que se toma en consideración como efeméride fundacional de las diversas instituciones.

 

La importancia de la distinción entre “fundación” y comienzos o primeros pasos de una institución es doble. En primer lugar ayuda a situar el Opus Dei como fenómeno social y jurídico en la postguerra española y no antes. La fecha de 1928 despista a los periodistas, que no saben que en realidad se les proporciona la fecha de una experiencia mística y no la de una institución legal o al menos socialmente reconocida. Me viene a la mente la novela de José María Gironella “Los Cipreses creen en Dios”. En la galería de personajes representativos de la sociedad española de la preguerra, se ve obligado a incluir un socio del Opus Dei y lo dibuja como un individuo que no es un estudiante, sino un cuarentón que anda me parece que por Barcelona. En aquella época el más viejo era el fundador, que al estallar la guerra contaba 34 años. Los demás —una docena aproximadamente— eran estudiantes, y hasta el propio fundador cursaba estudios de doctorado. Todos estaban en Madrid. En segundo lugar, la mencionada distinción es útil para no meter en un mismo saco dos temas que suscitan distintos interrogantes y problemas: el tema de los fenómenos místicos —las visiones, inspiraciones, locuciones etc.— protagonizados por el fundador y el tema de las normas jurídicas y actos jurídicos documentados relativos al Opus Dei.

 

Entre los múltiples fenómenos místicos protagonizados por el fundador se suele distinguir, a su vez, los que merecen la calificación de “fundacionales” de los que carecen de tal carácter. La tarea reviste la dificultad de que en los tratados de teología ascética y mística no se proporciona criterio alguno sobre esa dicotomía. Es más, ni se la plantean. En los tratados —tanto canónicos como civiles— de Derecho tampoco se considera que determinados fenómenos místicos se correspondan con fechas relativas a la fundación, modificación o extinción de una institución. No obstante del 2 de octubre de 1928 se afirma comúnmente que es la fecha en que “se funda” el Opus Dei. Además del 2 de octubre, se celebran en calidad de efemérides fundacionales el 14 de febrero de 1930, como fecha de la fundación de la sección de mujeres y el 14 de febrero del 1943, como fecha de la Sociedad Sacerdotal de la Santa Cruz. En los correspondientes aniversarios se tomaba café, copa y puro. Tales fechas son consideradas fiesta A, fiestas de primera categoría. Las fiestas A eran muy bienvenidas. Recuerdo a un alumno del Colegio Romano —Paulino Quevedo, el mismo que ha escrito en Opuslibros— preguntando al Padre, en una tertulia:

 

— Padre, ¿por qué ha puesto la sociedad sacerdotal de la santa cruz y la sección de mujeres en la misma fecha? ¿Ha sido para ahorrar fiestas?, ¿para que no haya tantas?

 

Me suena haber oído alguna vez o quizá me lo imagine que uno de los dos fenómenos místicos no había acaecido en realidad el día 14 de febrero, sino la víspera. El Padre, aunque a esas alturas estaba ya más toreado que una vaquilla de feria en tema de preguntas en tertulia, dio la callada por respuesta.

 

No me cabe duda de que es a raíz de ese 2 de octubre de 1928 cuando el Opus Dei se pone en marcha. Desde ese momento —dejó escrito su fundador— no tuve ya tranquilidad alguna, y empecé a trabajar, de mala gana, porque me resistía a meterme a fundar nada; pero empecé a trabajar, a moverme, a hacer: a poner los fundamentos. (Salvador Bernal, Mons. Josemaría Escrivá de Balaguer, Ed. Rialp, 1976, página. 101). Dice que después del 2 de octubre se “resistía a fundar”; es decir, que no había fundado todavía. Como ha precisado Job Fernández —discrepando de las hagiografías oficiales—, los datos de que disponemos apuntan a que Escrivá se ordenó sacerdote con la intención de hacerse catedrático de Derecho canónico de la Universidad estatal; no con la intención de seguir una “carrera eclesiástica”. Por ese motivo cursó la carrera de Derecho al tiempo que hacía los estudios seminarísticos —cosa nada frecuente y que exigía dispensa— y, una vez finalizada —o casi finalizada— la carrera de Derecho, se trasladó a Madrid, para doctorarse. Lo deseable por parte de su tío el canónigo arcediano —es de suponer— sería que siguiese sus pasos. Fue costumbre durante mucho tiempo en España —para evitarlo se instauró el sistema de oposiciones a canónigo— que cada canonjía vacante pasase a ser ocupada por algún pariente del canónigo fallecido, generalmente un sobrino. Aquellos ejercicios espirituales le llevaron a centrar su vida en el ejercicio de su sacerdocio: veía que el Señor quería algo de mí. Yo pedía, y seguía pidiendo. El 2 de octubre del 28 viene la idea clara general de mi misión (Anotación, en el año 1968, al AI 475, del 12-XII-1931).

 

¿Qué es lo que “vio” ese 2 de octubre? De recién pitado le pregunté a un sacerdote del Opus Dei —me parecería que debería saberlo— si en esa fecha el padre había visto ya concreciones tales como la distinción entre numerarios, supernumerarios y agregados. No me supo responder. Evidentemente ese sacerdote no conocía las normas de 14 de febrero de 1941. Doy gracias a Guillaume por haber finalmente satisfecho mi curiosidad, después de tantas décadas. Queda claro que el fundador no “vio” a los agregados en 2 de octubre de 1928, como tampoco “vio” la existencia de mujeres, que fueron “vistas” posteriormente, en 1930.

 

Sabemos que Escrivá estuvo a punto de causar baja en el Opus Dei para hacerse cargo de una nueva fundación dedicada a los sacerdotes diocesanos. Finalmente sustituyó ese proyecto por la solución de incorporarlos a la Sociedad Sacerdotal de la Santa Cruz en calidad de agregados. Parece que todo ello aconteció en 1949 o en 1950; pero en los anales del Opus Dei no se indica una fecha fundacional al respecto, quizá porque las correspondientes decisiones no fueron fruto de una experiencia mística.

 

Se considera en cambio fecha fundacional de la Sociedad Sacerdotal de la Santa Cruz el 14 de febrero de 1943. ¿Por qué se considera fundacional, si la existencia de sacerdotes del Opus Dei ya estaba prevista en 1941? (Cfr. “Regimen”, articulo 7). ¿Qué aporta el 14 de febrero de 1943? Un fenómeno místico consistente en ver una cruz latina inscrita en un círculo, igualita a la que conocemos del Monasterio de El Escorial. El 14 de febrero de 1943, después de buscar y de no encontrar la solución jurídica, el Señor quiso dármela, precisa, clara. Al acabar de celebrar la Santa Misa en una casa de la Sección femenina, dibujé el sello nuestro —la Cruz de Jesucristo, inscrita, metida en las entrañas del mundo— y pude hablar de la Sociedad Sacerdotal de la Santa Cruz (Carta 8-VIII-1956, n. 4). La “solución jurídica” encontrada hace referencia al “titulo de ordenación” de los sacerdotes del Opus Dei. El título de ordenación tiene como contenido concretar con precisión el sustento económico que corresponde al sacerdote que se ordena. El entonces vigente Código de Derecho canónico establecía que el título de ordenación de los sacerdotes seculares es el de beneficio; y a falta de éste el de patrimonio o el de pensión. Para los regulares, contemplaba los títulos de “pobreza”, “mesa común” u otro establecido por sus constituciones. La “solución jurídica” encontrada el 14 de febrero al parecer fue el “título de servicio”.

 

Estaba prohibidísimo, incluso con el refuerzo de penas canónicas, ordenar a alguien sin que previamente se hubiese asegurado su sustento. Hoy día esa problemática ha desaparecido, como consecuencia de la supresión de los beneficios —principal título de ordenación— y de la escasez de clero. Hay más puestos de sacerdote a ocupar que de sacerdotes disponibles. Como consecuencia, el vigente código de 1983 ha dejado de regular los títulos de ordenación. Sólo en relación con las prelaturas personales se toca este tema. El canon 295 establece que los candidatos se ordenarán a título de servicio a la prelatura, lo cual resulta, a mi juicio, perfectamente inútil. Así se lo manifesté a don Amadeo de Fuenmayor (q.e.p.d.); pero se enfadó muchísimo. Quizá yo esté equivocado. Quizá sea útil para resaltar que no están al servicio de unos concretos fieles, ya que las prelaturas personales carecen de pueblo. Se ponen al servicio de un prelado y ya está. Hubiese sido mejor, a mi modo de ver, dejar de regular, también en el caso de las prelaturas, el título de ordenación y, de regularlo, remitir la determinación del título de ordenación a lo establecido en los estatutos de cada prelatura. Total, que el invento o hallazgo del “título de servicio” me parece algo así como inventar para los coches un nuevo carburador, cuando este sistema ya no se usa y ha sido sustituido por la llamada “inyección”. Pero, en fin, como proviene de un fenómeno místico de Escrivá…

 

A juicio de Pedro Rodríguez hay otra experiencia mística de carácter fundacional, acaecida en 7 de agosto de 1931: Josemaría Escrivá vivió esta experiencia sobrenatural, y así lo explicó numerosas veces, en un horizonte claramente fundacional, es decir, en estricta relación con el espíritu de la Obra que el Señor le había confiado. El fundador, según Pedro Rodríguez, la rememoraba así: «... cuando un día, en la quietud de una iglesia madrileña, yo me sentía ¡nada! —no poca cosa, poca cosa hubiera sido aún algo—, pensaba: ¿tú quieres, Señor, que haga toda esta maravilla? (...). Y allá, en el fondo del alma, entendí con un sentido nuevo, pleno, aquellas palabras de la Escritura: et ego, si exaltatus fuero a terra, omnia traham ad meipsum (Jn 12, 32). Lo entendí perfectamente. El Señor nos decía: si vosotros me ponéis en la entraña de todas las actividades de la tierra, cumpliendo el deber de cada momento, siendo mi testimonio en lo que parece grande y en lo que parece pequeño..., entonces omnia traham ad meipsum! ¡Mi reino entre vosotros será una realidad!» (Meditación, 27-X-1963).

 

Salvador Bernal (Cfr. Mons. Josemaría Escrivá de Balaguer, Ed. Rialp, 1976, página122) acota menor cantidad de texto, pero sin cercenarlo: «Cuándo un día, en la quietud de una iglesia madrileña, yo no me sentía ¡nada! —no poca cosa, poca cosa hubiera sido aún algo—, pensaba: ¿Tú quieres, Señor, que haga toda esa maravilla? Y alzaba la Sagrada Hostia, sin distracción, a lo divino... Y allá en el fondo del alma, entendí con un sentido nuevo, pleno, aquellas palabras de la Escritura: Et ego, si exaltatus fuero a terra, omnia trahan ad meipsum. (Ioann., XII, 32) »

 

Pedro Rodríguez suprime la frase que trascribo en negritas con un (...). ¿Por qué? Yo creo que porque no le gustó. Y creo que no le gustó porque revela algo: al fundador se le ocurrían muchas cosas, quizá demasiadas, mientras decía misa. Muchas de ellas —es de suponer— se prestaban a ser consideradas distracciones, aún en el caso de tratarse de ocurrencias de carácter piadoso. Las “distracciones” son un pecado muy socorrido para quien tiene que confesarse semanalmente. Lo de aquel día —nos viene a decir— no podía ser considerado una distracción más. Yo encuentro ese “sin distracción” muy significativo. Pero con las experiencias místicas del fundador tanto él como sus seguidores se sienten con derecho a suprimir, retocar, mutilar, añadir o bailar fechas. El propio fundador quemó bastantes papeles y reescribió sus notas. Don Álvaro llevó a cabo otra purga, suprimiendo también determinados pasajes. Sus seguidores trincan cortan, pinchan, rajan. Se trata de unos textos muy “castigados”, en la acepción de corregir o enmendar una obra o un escrito. ¡Hay tanto que ocultar!

 

En la llamada meditación del 27-X-1963 Sanjosemaría habla de “la entraña de todas las actividades de la tierra”, expresión que parece enlazar la visión de 1931 con la que posteriormente, en 1943, dio lugar al sello de la Obra: la cruz en las entrañas de la tierra. En cambio, el mismo día en que se produce la experiencia mística de 1931 se expresa por escrito así: «Y comprendí que serán los hombres y mujeres de Dios, quienes levantarán la Cruz con las doctrinas de Cristo sobre el pináculo de toda actividad humana... Y vi triunfar al Señor, atrayendo a Sí todas las cosas» ( Apuntes íntimos, n. 217). En esta versión de la experiencia mística la cruz está en lo alto y sobre la tierra. Algo así como la cruz del Valle de los Caídos y no la de El Escorial.

 

La problema grande, la problema de dar crédito a este lenguaje, y la problema de descifrarlo es que no nos encontramos ante un lenguaje místico, sino ante un lenguaje gnóstico. En el lenguaje místico se utiliza un lenguaje abstruso, casi imposible de entender, porque ha de expresar realidades que sobrepasan lo humanamente inteligible. Se habla de realidades inefables. Por eso el lenguaje de los místicos es preferentemente metafórico, como metafórico es también el lenguaje poético. Se acerca a la interjección, al grito. El grito es muy expresivo, aunque no se alcancen las palabras, porque a veces ni palabras hay. Los grandes místicos son, con razón, considerados grandes poetas. Les va el lenguaje metafórico. Pero aquí nos encontramos con que el lenguaje metafórico sirve para idealizar una realidad de la que no se puede hablar, no porque sea sublime, sino porque es ruin y da vergüenza designarla por su propio nombre. El triunfo de Cristo que se encumbra y reina supone ciertamente un lenguaje simbólico y metafórico. Pero a lo que se alude es a las “sociedades auxiliares” de que hablan los artículos treinta y tres siguientes de “Régimen”. Se trata de algo cuya existencia avergüenza y debe ser ocultado. Hay que negar tal realidad, incluso recurriendo a la mentira. EBE ha publicado el esta web un interesante estudio psicológico que da razón de por qué da vergüenza tanto hablar del Opus Dei como de pertenecer o haber pertenecido al Opus Dei.

 

Es propio del lenguaje gnóstico los dobles significados. DYA significa aparentemente “Derecho y Arquitectura”, pero para los iniciados significa “Dios y Audacia”. Así tranquilizaba el fundador la conciencia de sus seguidores: damos liebre por gato. Eso ya no es engañar. Eso es poner a Cristo en la cumbre de las actividades humanas. El lenguaje gnóstico no deja de ser también un peculiar lenguaje metafórico. Una realidad no es lo que aparenta, sino que significa otra. El Pax, in aeternum no es una forma de saludar típica de los miembros del Opus Dei, sino una forma de reconocerse entre ellos manifestando complicidad. No es como el hola, corazones propio de Anne Igartiburu. La complicidad que supone el Pax, in aeternum no puede quedar de manifiesto delante de otros. Debe pasar oculta.

 

Se hace cada vez más necesario distinguir entre la maraña de disposiciones, costumbres, normas, cartas, catalinas, praxis, criterios y principios aquello que debe ser conservado y aquello que debe ser superado. Y uno se encuentra entre Escila y Caribdis. De un lado tenemos a don Álvaro maldiciendo a quien osare desviar la Obra de las características divinas con que nuestro Fundador nos la ha entregado, y de otro resulta evidente que entre tanta normativa y criterio hay que conservar lo fundamental y abandonar lo accesorio, si es que se ha vuelto —o era ya desde el principio— inadecuado. ¿Qué método de discernimiento seguir para identificar esas características divinas de que habla don Álvaro?

 

Resulta improcedente buscar en los fenómenos místicos criterios de Derecho divino. No son fuente de Derecho, ni divino ni humano. No convierten en divinas las instituciones y normas creadas por quienes los experimentan. Traté algo ese tema en El dolo en el Opus Dei y en La voluntad de Dios. Los fenómenos místicos no tienen mayor alcance que el de cualquier otra manifestación de piedad o de oración. Al respecto la teología ascética y mística sienta un criterio decidido. Además, ni siquiera los considera signos de santidad, a diferencia de lo que suele entender el pueblo llano. En las experiencias místicas, como diría Shakespeare, suele haber mucho ruido y pocas nueces, much ado about nothing. Distinto es San Juan de la Cruz, que por lo demás no deducía de su experiencia mística obligaciones de obediencia o veneración hacia su persona, ni aconsejaba pasar por su cabeza y por su corazón para llegar hasta Cristo.

 

Al final, la repercusión más notable de los fenómenos místicos protagonizados por Escrivá, es la de generar fiestas A, como apuntaba Paulino Quevedo. Además de lo de café copa y puro, esas fiestas se viven en el Opus Dei a modo de calendario litúrgico. El día 14 de febrero se procura en la medida de lo posible utilizar como “propio” de la misa el dedicado a la advocación Mater Pulchrae Dilectionis, porque fue el texto utilizado por el fundador durante dos de sus experiencias místicas favoritas. El día 2 de octubre más que celebrarse la festividad de los Ángeles Custodios se celebra el aniversario de un fenómeno místico relativo a su dedicación al sacerdocio. Eugenia de Montijo hizo construir en Biarritz una ostentosa basílica —la de Santa Eugenia— erigida por supuesto en honor de Santa Eugenia; pero que no dejaba de ser un monumento a ella misma. Lo propio cabe decir de San Lorenzo del Escorial. Se construyó en honor a San Lorenzo sin duda, pero también en honor a Felipe II. Lo propio cabe decir del santuario de Torreciudad.

 

Para que el calendario litúrgico del Opus Dei no se centre excesivamente en Sanjosemaría —que ya tiene su fiesta el día de su fallecimiento, y es conmemorado también el día de su nacimiento y ordenación— propongo la adopción del 14 de febrero como fecha de la fundación del Opus Dei, pero conmemorando, más que los fenómenos místicos, la aprobación del Opus Dei por la autoridad eclesiástica en 14-II-1941. Ello contribuirá a dejar claro que la normativa y praxis establecida por Sanjosemaría no puede oponerse a las indicaciones de la competente autoridad eclesiásticas, aunque contradigan criterios propuestos de Sanjosemaría. Si alguna de esas indicaciones entra en colisión con alguna de las características que don Álvaro llama “divinas”, se suprime. Por supuesto se suprime la característica divina; no la indicación. Son “divinas” en un sentido analógico muy impropio, como divinos son Rafael Sanzio y Greta Garbo. Sanjosemaría no es fuente de Derecho divino.

 

Esas experiencias místicas ni siquiera pueden considerarse revelaciones privadas, porque carecen de contenido, ni siquiera de un contenido impreciso. ¿Qué vio el fundador el 2 de octubre? No lo sabía ni él. Oyó campanas. Se sintió movido a poner en marcha su sacerdocio —eso sí haciendo algo muy grande, muy grande, muy grande— y acabó fundando algo. Por poco funda dos cosas diferentes y en cierto modo fundó más de una, un atadijo de cosas. Cuando se promovió el proceso de canonización de Escrivá, me disgusté. No me apetecía verlo ubicado al lado Santa Juana de Arco, de Santa Brígida de Suecia y otras ilustres visionarias. También oían voces. Se las llama loquelas, de latín loquor, hablar. Yo más bien las llamaría escuchélas, porque se escuchan, aunque no se pronuncien. Posteriormente me he dado cuenta de que Sanjosemaría de Barbastro es un santo más. Un santo con experiencias místicas que hay que diferenciar adecuadamente de lo que fundó. Su fundación no tiene otros elementos de Derecho divino que los que se adecuan y dan cauce al Derecho natural y al Derecho divino positivo.

 

Gervasio

 

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Publicado el Friday, 03 February 2012



 
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